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domingo, 10 de abril de 2011
Institucionalización y corresponsabilidad en la participación ciudadana
Por Carlos Romero
El documento aprobado en la XIX Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, titulado Carta Iberoamericana de Participación Ciudadana en la Gestión Pública, es un extraordinario aporte político de los Gobiernos Iberoamericanos en el reconocimiento expreso de la importancia que en la actualidad tiene la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos y como consecuencia en la Democracia
Se reconoce en el contenido del documento que la participación ciudadana en la gestión pública refuerza la posición activa de los ciudadanos como miembros de sus comunidades, permite la expresión y defensa de sus intereses, el aprovechamiento de sus experiencias y la potenciación de sus capacidades, contribuyendo de esta manera a mejorar la calidad de vida de la población, con lo cual se fomenta una nueva cultura, a través de la cual el ciudadano sienta mayor disposición a informarse sobre los asuntos públicos, a cooperar, a comprender y a respetar la diversidad en la que se desenvuelve cotidianamente.
Para los Gobiernos Iberoamericanos la participación ciudadana constituye un derecho activo exigible a los poderes públicos, en el sentido que éstos garanticen su ejercicio; pero también advierten que es simultáneamente una responsabilidad cívica que resulta de la condición natural de cada ciudadano de ser miembros de una comunidad.
Esa responsabilidad ciudadana se traduce según el documento aprobado de la XIX Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estados y de Gobierno en:
a. Conocer y hacer un uso adecuado de los mecanismos de participación.
b. Informarse sobre los aspectos de interés público así como sobre las competencias asignadas a la entidad pública a la cual se dirija.
c. Escuchar las razones presentadas por los representantes de la Administración Pública y, en los casos de ser necesaria la contra argumentación, hacerlo de acuerdo a razones que obedezcan a la mayor objetividad posible y mediante una actitud de diálogo.
d. Respetar y propiciar decisiones públicas que prioricen el interés general de la sociedad.
e. Intervenir en los procesos de evaluación de la participación ciudadana, así como de sus actuaciones, de manera que permita aprendizajes para su mejora.
La declaración destaca que para que esa responsabilidad ciudadana tenga sentido útil y contribuya positiva y efectivamente con el sistema de gobierno, se hace necesario institucionalizar la participación lo cual no se limita a garantizar un espacio en la organización pública respectiva para esta finalidad, sino que va más allá, implica diseñar toda una estrategia procedimental que la haga permanente.
Para garantizar esa permanencia o ese mantenimiento de la participación ciudadana, que se traduce en su institucionalización en la gestión pública, tanto desde el punto de vista de la organización como el procedimental, es necesario:
1.-El acceso a información de interés general, su difusión activa y la posibilidad de consulta a través de medios físicos, audiovisuales y electrónicos.
2.-La difusión pública de los canales de comunicación abierta y permanente con cada área de la Administración.
3.-La invitación pública a la ciudadanía a vincularse con la Administración sin otro requisito que su condición de ciudadano y ciudadana.
4.-La respuesta en tiempo y forma adecuada a toda consulta, solicitud o propuesta presentada. 5.-La provisión de mecanismos participativos especiales para incluir a todo ciudadano y ciudadana que por su lengua, condición social y cultural, discapacidad, ubicación geográfica u otras causas tenga dificultades para comunicarse con la Administración, o limitaciones para acceder a los mecanismos de participación ordinarios.
5.-Instrumentar mecanismos de colaboración adecuados para que los pueblos indígenas, las comunidades o colectivos de ciudadanos, se estructuren y definan sus propias fórmulas de representación interna a fin de hacer viable el diálogo con las Administraciones Públicas.
6.-La gestión transparente de intereses a instancias de colectivos ciudadanos para manifestar reclamos, propuestas o consultas en el marco de las políticas y normas vigentes.
Dos son los requisitos que los Jefes de Estados y de Gobiernos a través de su declaratoria destacan como esenciales para poder garantizar la efectiva participación ciudadana:
a.-Que los entes y órganos públicos y aquellos particulares a quienes se han transferido competencias públicas sean receptivos a las opiniones y propuestas de la sociedad.
b.-Que los ciudadanos y las ciudadanas, las comunidades, los pueblos indígenas y los colectivos sociales que integren conozcan, dialoguen, deliberen e incidan sobre las competencias de las instituciones estatales.
En conclusión el éxito de la participación ciudadana en una primera instancia pareciera decirnos la Carta Iberoamericana de Participación Ciudadana en la Gestión Pública, recae en el principio de la corresponsabilidad y de la institucionalización. Pudiera decir usted que ya esto se sabe, lo cual es muy bueno, pero entonces avancemos a otro nivel que se inicia con respondernos en nuestra condición de ciudadanos ¿qué hacemos con esta información?.
Publicado por:
http://estado-ley-democracia.blogspot.com/2011/04/institucionalizacion-y.html
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