Páginas

martes, 3 de mayo de 2016

¿Se respetará la intención del pueblo de revocar en 2016 al Presidente?, @jesusalexisgon



Por Jesús Alexis González, 02/05/2016

Revocatorio (del latín revocatio) significa remover o cambiar, no siendo un producto de la arbitrariedadya que es consecuencia de la pérdida de confianza del pueblo sobre los elegidos popularmente ante un desempeño de sus funciones de forma contraria a los intereses populares o del Estado en general. A tenor de ello, y siendo la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) el instrumentojurídico regulador de la organización del Estado y límite del Poder Público, resulta pertinente hacer referencia a los artículos vinculados con el referendo revocatorio (RR): Art. 72: Transcurrido la mitad del periodo para el cual fue elegido el funcionario o funcionaria, un número no menor al 20% de los electores inscritos en el Registro Electoral de cada circunscripción podrá solicitar ante el Consejo Nacional Electoral (CNE), a quien compete la organización, administración, dirección y vigilancia ( Art. 293 constitucional), la convocatoria a un RR (instrumento político de participación directa del pueblo) luego de satisfecho los requisitos; siendo por tanto una obligación del CNE convocarlo sin discrecionalidad en cuanto a su oportunidad y conveniencia y en un lapso brevísimo fijando la fecha de su celebración al tiempo de organizar, dirigir y supervisar el comicio correspondiente, en el entendido que no puede dictar normas para fijar condiciones distintas a las contempladas en la CRBV. En el caso de la revocatoria del mandato presidencial, cuando igual o mayor número de electores que lo eligieron voten a favor de su revocatoria habiendo participado no menos del 25% de los electores inscritos, se produce una falta absoluta que es cubierta según lo dispuesto en el Art. 233 constitucional que en caso de producirse durante los primeros cuatro años del periodo constitucional se procede a una nueva elección universal y directa dentro de los treinta días consecutivos siguientes; y si  se produce durante los dos últimos años del periodo constitucional, el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva asumirá la Presidencia de la Republica hasta completar el periodo.

Tan transparente tejido constitucional, fue objeto de un ¡golpe!(¿golpe contra la constitución?)en la oportunidad del RR del 15/08/2004cuando votaron a favor de revocar el mandato de Hugo Chávez 3.989.008 electores, cifra superior en 231.234 votos (6,2%) a los  obtenidos por HCh al momento de su elección (3.757.774), hecho que debió traducirse en la revocatoria de su mandato de acuerdo con lo previsto en la CRBV. Es de resaltar, que elmandato no se le revocóya que el Gobierno, en armonía con otros órganos del poder público, aplicóResoluciones del CNE (contrariando lo previsto en la CRBV) para impulsar un ¡referendo ratificatorio! (¿?) a todas luces “diseñado” para mantenerse en el poder violentando el ordenamiento legal (obviamente), configurando un ¡fraude electoral! habida cuenta de haber desconocido la CRBV y confiscado la voluntad del pueblo y el derecho de los electores; en razón a que el resultado oficial que presentó el CNE y publicó en la Gaceta Electoral del 30/08/2004 fue una victoria (¿?) de la opción ratificadorano prevista en la CRBV (¿golpe contra el pueblo?). Dicho referendo ratificatorio, evidentemente se perfiló como una estrategia de salvamento ya que la permanencia en un cargo de elección popular es un hecho estructural y de continuidad a menos que emanen  circunstancias para revocar; siendo que en el RR del 2004 se soslayó que la cantidad de votos obtenidos a favor de revocar el mandato fueron suficientes al superar, como ya citamos, en 231.234 los votos requeridos a la luz de lo establecido en la CRBV;independientemente que un estrato mayor de  electores no deseara revocar a HCha quienes bastaba manifestarlo con solo no concurrir a votar.

 Vale mencionar, que  los “acomodaticios”requisitos no constitucionales (otra vez) establecidos en dichas Resoluciones del CNE: tales como(i) que las firmas deben estamparse en un formato preestablecido en papel diseñado por el CNE; y (ii) que la inscripción de los datos de los solicitantes deben ser escritos de puño y letra de cada uno de ellos, propiciaron un conveniente retraso en la celebración del RR 2004 hasta tanto surtieran efecto positivo las misiones y el aumento del gasto público en momentos que HCh mostraba un rechazo del ¡67,5%! (Datanálisis). De igual modo, el alargamiento del “brevísimo tiempo” se perfeccionó con la verificación de las 3.467.050  firmas recabadas el 02/02/2003 durante el “Firmazo” de las cuales el CNE “sentenció” como no validas mediante “reparos” el 25,3%,obligando a un “Reafirmazo” el 28/11/2003 ¡once meses después!, a efectos de recoger con inmediatez 2.400.000 firmas como número mínimo para poner en marcha la consulta revocatoria; las cuales pasaron previamente por la penuria de superar la condición de “firmas planas” por parte del CNE (obviamente) referidas a aquellas firmas (i) cuyos datos hubiesen sido llenados por la misma letra aun cuando la firma fuese distinta y (ii) donde 3 o más renglones reflejaran la misma letra. Tal proceder, no solo facilitó alargar el tiempo para celebrar el RR sino que envió a reparo más de 800.000 firmas dejando como válidas apenas 1.872.493 siendo insuficientes para convocar el RR; hasta que por fin (luego de muchos disturbios y conversaciones) se validó el número de firmas necesarias y se llevó a cabo el RR unos 12 meses después de haber transcurrido la mitad del periodo presidencial y ¡18 meses! luego de haberse recogido originalmente las firmas.

El desenvolvimiento descrito, que bien pudiéramos denominar de intencional retraso, pareciera ser la orientación que procura reeditar el movimiento chavista y su gobierno para “enfrentar” el venidero RR 2016 (con la debilidad de no contar con los ingresos petroleros), cuya expresión más evidente fue el reciente anuncio del Presidente de la República en cadena nacional (29/04/2016) de designar “un equipo especial del Congreso de la Patria, del Polo Patriótico y del Partido Socialista Unido de Venezuela para revisar una por una, toda la lista de todas (sic) las firmas que sean entregadas por parte de estos sectores de la oligarquía”. Es de perogrullo suponer, que están planificando alargar el “brevísimo” tiempo requerido para que tal comisión presidencial “revise” las 1.500.000 planillas (o más) que  serán entregadas al CNE en los próximos días (a nuestro parecer innecesarias en tal cantidad),siendo que el requisito es de apenas ¡197.978 planillas! ; con el agravante que en un plazo de 15 días es cuando darán inicio a la verificación de dichas firmas para luego declarar la procedencia o no de la solicitud del RR, con el añadido que en caso de activarse el mecanismo revocatorio (nunca ratificatorio) el elector deberá registrar su huella (captahuellas) y estampar su firma “como manifestación de voluntad” (¿?). Tan rebuscado procedimiento, supone una intimidación electoral con ancla en la Lista Tascón tanto para contraer la intención de votar  como para ellos soñar con mejorar (sin divisas) el entorno gubernamental donde el 63% de los venezolanos estima que hace falta cambiar de gobierno este  año para solucionar los problemas del país, un 79% rechaza la gestión del Presidente, un 70% desea revocar al Presidente y más del 60% aspira que el RR se realice este año.

Finalmente, a la luz del dilema de no apartarnos del marco constitucional electoralal contrario del movimiento chavista y su gobierno que apela a la CRBV para debilitarla en conjunto con la democracia, estimamos de suma importancia el ejercicio de la soberanía del pueblo en el marco de la participación ciudadana (Artículos 5, 62,70 y 350 constitucional) para exigir el respeto de la CRBV, so pena de continuar repitiendo la desgastada expresión¡eso es inconstitucional! (pero lo siguen haciendo); con especial énfasis (en la actualidad) en el RR 2016 cuando, con previo esfuerzo y dedicación, se alcanzarán los votos necesarios para REVOCAR el mandato presidencial; siempre y cuando se impida  que dicho evento comicial lo desvíen hacia un torcido referendo  ratificatorio o lo trasladen al 2017 en aras de continuar ejerciendo su ineficiente gobierno con otro Presidente o ¡Presidenta!


Economista Jesús Alexis González
@jesusalexisgon

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Para comentar usted debe colocar una dirección de correo electrónico