Por Jesús Alexis González, 24/10/2016
No constituye un golpe de estado el que alguien haga
uso de los derechos Constitucionales para sacar a un Gobierno, expresó
recientemente el Presidente de la AN; mientras que el “preso de la dictadura” Leopoldo López reiteró (23/10/16) que no es
posible un diálogo luego de haberse suspendido el referéndum revocatorio y
robarle al pueblo su derecho a expresarse. Ambas opiniones no admiten
referencia en contrario, sin embargo somos de la opinión que deben complementarse
con lo sostenido mediante el grito
popular que ante las reiteradas violaciones de la Constitución de la
República de Venezuelapor parte del movimiento
chavista a través de su nefasto “gobierno” en complicidad con el binomio Tribunal Supremo de Justicia-cúpula
militar en una Venezuela que se encuentra en la crisis más profunda de su
historia (en condiciones alentadoras de un sacudón),
debemos de abandonar el papel de
pendejos (persona cobarde que muestra poco ánimo y falta de valor para
emprender acciones en pro a enfrentarse a peligros y dificultades) para
participar con vehemencia (apasionamiento
y compromiso en la defensa de una determinada postura, idea o situación)pacífica para exigir el cumplimiento de
nuestros derechos, abandonando el estéril “postulado” de estar continuamente solo expresando la inconstitucionalidad en muchas “decisiones” del gobierno y en
numerosas “sentencias” del tsj (minúsculas totalmente intencionales); que en
nada ha evitado se continúe labrando el terreno hacia una dictadura.
A tenor de lo expresado, estamos en la obligación de
profundizar el activismo sociopolítico
de calleasumido como un método de
protestas organizadas planificadamente teniendo como objetivo fundamental
el hacer visible la indignación y
descontento como condición para impulsar (por temor gubernamental) la reversión de desacertadas medidas, con
la bondad adicional de evitar (en lo posible) que el pueblo se vea obligado a
participar en acciones violentas o de
choque. En tal escenario, cobra relevancia la implementación de paros (interrupción de una acción de
forma planificada) como un derecho
social a protestar cuando alguna condición constitucional no se cumple, hasta configurar formas
diversas de duración variable realizadas de ¡manera colectiva! como requisito para obtener mejores resultados
eligiendo días con horario determinado pudiendo ser cortos o largos, pacíficas
o muy intensas.
Un paro cívico
nacional, estructurado con acciones ejercidas por la población venezolana
en apego a la Constitución y en defensa de su derecho de hacer cumplir las
obligaciones en favor de la Patria,
tal como por ejemplo un cese general de
actividades por 24 horas continuas como forma de reclamo político por parte del pueblo al no estar dispuesto a soportar “pacientemente” la “decisión”
del cne (otra minúscula intencional) de posponer
hasta nuevo aviso (¿?) la recolección del 20% de las firmas del Registro
Electoral para formalizar la activación del RRP en 2016, haciendo uso de unas descabelladas medidas cautelares salidas de un tribunal municipal
de control sin competencia en materia
electoral para impedir la expresión de la Soberanía Popular en cuanto al Derecho Político de revocación
lesionando una abrumadora aspiración nacional alimentada por el enorme malestar
generado por una “quebrada” economía que ha impuesto un “mandato de hambre”; se convierte en la respuesta necesaria más aún
cuando la resonancia de dicha suspensión solo beneficia el continuismo del gobierno chavista como estrategia marcadamente
evidente para mantener a Venezuela como suúnico
refugio para intentar evitar el cumplimiento de potenciales sanciones a que
hubiere lugar vinculadas con actividades
criminales,tanto en materia de corrupción
donde se destaca un Informe de la
Comisión de Contraloría de la AN que evidencia una malversación de unos $ 11.000 millones por parte de PDVSA a través
de contrataciones irregulares llevadas a cabo en el periodo 2004-2014, al
extremo de no existir forma de saber dónde están ni en qué se “utilizaron”; así
como con acciones integradas al narcotráfico
(más allá del denominado caso de los “narcosobrinos”) que incluso indujo
que la administración del Presidente B. Obama afirmara que el gobierno
venezolano “ha fallado de forma
demostrable” en cumplir con acuerdos
internacionales antinarcóticos.
En intima sintonía con la delicada situación nacional,
la Asamblea Nacional aprobó (23/10/16)
en “Defensa de la Constitución, la Democracia y los Derechos Humanos” unAcuerdo para la Restitución del Orden
Constitucional en Venezuelaa la luz del desarrollo de hechos indeseables
tal como que el 20/10/16 el cne “decidió” arrebatarle
al pueblo el derecho a revocar a un “presidente” que ha participado
activamente en la ruptura del orden
constitucional, al tiempo de existir fundadas razones para sostener que
también ha abandonado las funciones
constitucionales de la Presidencia de la República. En dicho Acuerdo, se
sostiene que se interrumpió el orden
constitucional ante la presencia de un golpe
de estado cometido por el régimen de Nicolás Maduro; en simultaneo y en
virtud del artículo 333 de la CRBV donde se establece que todos los ciudadanos
estamos en el deber y derecho a restablecer
la efectiva vigencia de la Constitución, acordó igualmente convocar al
pueblo a la defensa activa, constante y
valiente de nuestra Carta Magna, de la democracia y el Estado de Derecho hasta lograr la restitución del Orden
Constitucional.
A título de reflexión
final, vale afirmar que el triunfo
ante la opresión de la tiranía pasa necesariamente por mantener la unidad de lucha del pueblo evitando la
división y dispersión de la energía
oposicionista que es en esencia la fuerza para rescatar a Venezuela. El venidero 26 de octubre, en la denominada TOMA DE VENEZUELA hemos de rechazar
rotundamente esta naciente dictadura
concebida por el “madurazo” similar al “fujimorazo”
que abordamos en nuestro últimoartículo Visión de Venezuela con “foco” peruano ( http://www.pedagogiaeconomica.com/?p=309
)
Economista Jesús Alexis González
@jesusalexisgon
www.pedagogiaeconomica.com
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