LAS ACADEMIAS NACIONALES SE DIRIGEN A
TODOS LOS VENEZOLANOS CON OCASIÓN DE LAS DECISIONES DICTADAS POR ALGUNOS
TRIBUNALES PENALES Y POR EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (CNE) QUE AFECTAN LA
CONTINUACIÓN DEL PROCESO DEL REFERÉNDUM REVOCATORIO DEL MANDATO DEL PRESIDENTE
DE LA REPÚBLICA
El 20
de octubre de 2016, el CNE hizo del conocimiento público su decisión de acoger
las medidas cautelares dictadas por varios tribunales penales del país, por
medio de las cuales se ordenó posponer cualquier acto que se hubiere generado
como consecuencia de la recolección del 20% de manifestaciones de voluntad
requeridas para cumplir con el trámite de la solicitud del referéndum
revocatorio del mandato del Presidente de la República.
Las
Academias Nacionales consideran su deber pronunciarse en virtud de la grave
desviación de poder, que evidencia que se ha puesto la justicia al servicio de
una posición política para cercenar de esa manera el derecho constitucional a
que se refiere el artículo 72 de la Constitución, que permite la revocatoria
del mandato de los cargos de elección popular, incluido el de Presidente de la
República.
Los
tribunales penales carecen de competencia en materia electoral, tanto más
cuando de conformidad con la Constitución de 1999, lo electoral pasó a ser
competencia exclusiva de un poder autónomo e independiente y el juzgamiento de
sus decisiones también competencia exclusiva de una Sala especial del Tribunal
Supremo de Justicia, su Sala Electoral (artículo 297 de la Constitución).
En
este sentido, es pertinente destacar la ruptura del orden constitucional que se
ha producido al inmiscuirse la justicia penal en el tema electoral, para por la
vía de medidas cautelares imponer el objetivo político y no jurídico de evitar
la realización del referido referéndum revocatorio. Asimismo, consideran las
Academias que es de extrema gravedad la posición asumida por el órgano
electoral que abstracción hecha de su rango constitucional, procedió a acoger
de forma automática e inmediata decisiones judiciales de la justicia penal
ordinaria de primera instancia, en lugar de impugnarlas y cuestionarlas, a
pesar de su evidente incompetencia y de la ruptura de la unidad electoral que
se garantiza con la justicia contencioso electoral de igual rango constitucional.
Como
parte de las acciones tomadas por órganos del Poder Judicial, ocho ciudadanos
entre quienes se encuentra el académico Arnoldo José Gabaldón Berti, han sido
objeto de una prohibición de salida del país, sin que se expongan razones para
esa medida que afecta la libertad de movimiento garantizada en el artículo 50
de la Constitución.
La
intromisión de tribunales penales en las funciones constitucionales del poder
electoral y la conducta del CNE al admitir la interrupción de su
funcionamiento, conducen a la suspensión misma del Estado democrático de
derecho, al negarse con ello la posibilidad de la decisión soberana de los
millones de venezolanos que integran el registro electoral y tienen derecho a decidir
su destino común, comprometiéndose con esta arbitraria suspensión la existencia
misma de la República.
No
pueden dejar de señalar estas Academias la circunstancia de que las referidas
decisiones judiciales de tribunales penales de primera instancia se hayan
producido de forma coincidente tanto en el tiempo como en el contenido y
alcance, en distintos estados del país, fijando el claro objetivo de
interrumpir el procedimiento electoral en curso, proceder que confirma las reiteradas
denuncias del uso de la justicia con fines políticos y de allí la inexistencia
de un Estado sometido a derecho, antes bien, la realidad de un Estado que usa
el poder público para la concreción de los intereses políticos de un grupo.
Las
Academias Nacionales denuncian la ruptura del orden constitucional producido y
reclaman de todas las autoridades el más celoso acatamiento de la Constitución,
a fin de que se restablezca a la brevedad el ejercicio de los derechos
políticos de los venezolanos.
Las
Academias Nacionales, en virtud de la gravedad de los hechos que se denuncian a
través del presente Acuerdo, han decidido remitir copia de éste a todas las
Embajadas acreditadas en el país, para que por su conducto, sean informadas de
su contenido, las respectivas Academias de estos países.
En
Caracas, a los veintiún días del mes de octubre de 2016.
Horacio
Biord Castillo
Presidente
Academia
Venezolana de la Lengua
Inés
Quintero
Directora
Academia
Nacional de la Historia
Alfredo
Díaz Bruzual
Presidente
Academia
Nacional de Medicina
Eugenio
Hernández Bretón
Presidente
Academia
de Ciencias Políticas y Sociales
Gioconda
Cunto de San Blas
Presidenta
Academia de Ciencias Físicas,
Matemáticas
y Naturales
Humberto García Larralde
Presidente
Academia Nacional de Ciencias Económicas
Gonzalo Morales
Presidente
Academia Nacional de la Ingeniería y el
Hábitat
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