Embajador Freddy Alvarez Yànez 18 de diciembre de 2022
Alex
Saab no es un Agente Diplomático? porque la Convenciòn de Viena
señala, en su Art 1 literal e), que por agente diplomático se entiende el
Jefe de la Misión o un miembro del personal diplomático de la misión, vale
decir, Ministro Consejero, Consejero, 1o, 2do o 3er Secretario. A su vez debió
haber precedido la solicitud de Placet ante el la Cancillerìa de Iran, y una
vez concedido este, la Asamblea Nacional de Venezuela, después de
entrevistar al embajador postulado, debiò autorizar al Presidente de la
Repùblica para su nombramiento. . El trámite de la Asamblea debe ser publicado
en la Gaceta.
La informaciòn la suministra el embajador Freddy Alvarez Yànez, profesorTitular de la Universidad Central de Venezuela en Derecho Diplomático y Consular, Teoría y Práctica Diplomática y Solución pacífica de controversias Internacionales (Negociaciones) Internacionales). Ha sido en 4 oportunidades presidente del Colegio de Internacionalistas, diplomàtico de carrera, ex embajador en Israel, Irak, encargado de negocios en Etiopìa, y otras misiones de de Venezuela. Es autor del trabajo acadèmico «Relaciones Internacionales, Derecho Diplomático y Consular, Teoría y Práctica Diplomática». Fue Viceministro de Energìa.
Recientemente
el canciller de Venezuela, Carlos Rafael Faría Tortosa, girò
instreucciones al personal dip0lomàtico para librar una campaña por la
liberaciòn del empresario colombiano Alex Saab, actualmente preso en Estados
Unidos a la espera de un juicio por delitos financieros como agente del
gobierno de Nicolàs Maduro..
Los
fiscales del caso en Estados Unidos dicen que Saab, un empresario colombiano y
principal negociador del gobierno de Maduro, desvió alrededor de US$350
millones de Venezuela a través de Estados Unidos como parte de una trama de
sobornos vinculada al tipo de cambio controlado por el gobierno de Venezuela.
El
gobierno venezolano ha alegado que Saab goza de inmunidad diplomàtica, caso que
actualmente se ventila en una Corte en Florida, EEUU.
El
embajador Alvarez Yànez apunta que el Canciller de Venezuela, Farìa Tortosa
(ex.embajador en Rusia) es de profesión ingeniero, que desconoce las mas
elementales normas de como elaborar correspondencia en notas personales o
circulares. mucho màs en derecho internacional.
Anàlisis
del embajador Freddy Alvarez
«Vamos
a la defensa de su propuesta dirigida a todas las Embajadas y Consulados con el
fin de comenzar una campaña orientada a demostrar que Saab es Diplomático. Para
ella, contrató o trabajaba para el, a la Abogada Laila Tajeldine Celular. La
abogada defiende, por supuesto, que Saab es diplomatico. Comienza por decir que
fue «extraído» a Miami, no extraditado. Luego la perla. Admite que al momento
de viajar tenía pasaporte personal en el cual tenía visa para ingresar a Irán.
Alli comienza el problema. Alega que como consecuencia de la pandemia, no tuvo
tiempo de renovar su pasaporte diplomático en la DIEX. Una barbaridad. Todos
los ´pasaportes diplomáticos tienen varias paginas que permiten su renovación
por 2 años. muchas veces. (te mando foto confidencial del mio) que permite
hasta 4 renovaciones una cada dos años.»
Agrega
el embajador Alvarez que la abogada cita luego el art 14 literal b) de la
Convención Diplomática. Ese Art hace referencia: Los Jefes de Mision se dividen
en tres clases:
a)
Embajadores o Nuncios acreditados ante los Jefes de Estado etc
b)
Enviados, ministros o internuncios (ACREDITADOS ANTE JEFES DE ESTADO)
Saab no estaba acreditado ante Iran
c)
Encargados de Negocios ante la cancillerías. La Convenciòn de Viena no lo dice,
pero estos son Interinos o Ad Hoc que son permanentes
1. Dice
la abogada que no existe ningun impedimento legal para que su nombramiento sea
publicado en la Gaceta Oficial. Respuesta porque aquí hay dos contradicciones.
Si es Embajador ante Irán, debió haber precedido la solicitud de Placet ante
ese país, y una vez concedido este, la Asamblea Nacional, después de
entrevistar al embajador postulado, AUTORIZA AL PRESIDENTE A NOMBRAR AL
EMBAJADOR. El trámite de la Asamblea siempre es publicado en la Gaceta.
Se mandan a elaborar las Cartas Credenciales y las Cartas de Retiro del
Embajador precedente. Luego el Presidente nombra y juramenta al Embajador, Ese
trámite también es obligatorio publicarlo en la Gaceta oficial.
2. Y en
el supuesto, como alega la abogada, que Saab fuera, de acuerdo al citado art 14
C d V literal b) un ENVIADO ESPECIAL, también tenia que estar acreditado ante
el Jefe de Estado iraní.
3. ¿Porque
no es Saab un Agente Diplomático? porque la Convenciòn de Viena señala Art 1
literal e), Por agente diplomático se entiende el Jefe de la Misión o un
miembro del personal diplomático de la misión, vale decir, Ministro Consejero,
Consejero, 1o, 2do o 3er Secretario
Porque
Saab no tiene Inmunidad diplomática. Aquí cabe una observación que he hecho muchas
veces con respecto al concepto de Inmunidades y Privilegios. Ambos responden al
criterio de prerrogativas o facilidades que concede el Estado receptor para que
el agente diplomático o consular pueda desempeñarse en ejercicio de sus
funciones, libremente y sin problemas de ninguna naturaleza. El privilegio esta
respaldado por el derecho interno de cada pais, en tanto la Inmunidad esta
reconocida por el Derecho Internacional. El pasaporte diplomatico es en
consecuencia, un privilegio, que garantiza faailidades y un reconocimiento
especial a quien lo tiene, una cortesia, pero nada mas. La Inmunidad la otorga
el Estado receptor asi como tambien es reconocida por los paises por donde pasa
el portador del mismo. Es el caso de los famosos sobrinos, detentaban un
pasaporte diplomatico pero no tenia acreditacion en ningun pais y por eso los
detuvieron porque mostraron el pasaporte que tenian pero al no tener cargo de
acreditacion en ningun pais, por supuesto que no era procedente la inmunidad
que alegaban. Lo mismo es totalmente valido para el caso de Alex Saab
Tomado
de: http://www.analisislibre.org/por-que-alex-saab-no-es-ni-ha-sido-diplomatico/
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