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domingo, 7 de octubre de 2018

La recuperación del bien común, por @rafluciani




Rafael Luciani 06 de octubre de 2018

El concepto de bien común ocupó un espacio importante en la filosofía de Aristóteles, para quien «el fin de la ciudad era el vivir bien». Tomás de Aquino precisó que no se trata de un valor para el gozo de algunos seres privilegiados, pues «su fin no es otro que el desarrollo del mismo ser humano en cuanto tal». Más recientemente, Paul Ricoeur sostuvo que la finalidad del bien común era la de proveer una «vida buena con y para los otros, pero en medio de instituciones justas».

Con el individualismo moderno esta noción perdió relevancia. Como lo advirtió el sociólogo Ulrich Beck, el fracaso de muchos modelos económicos y políticos llevó a la falacia de querer culpabilizar a los individuos y obligarlos «a buscar soluciones biográficas de las contradicciones sistémicas que los propios estados habían creado».

En la actualidad la reflexión sobre el bien común ha vuelto a ocupar los espacios de la teología política, tratando de discernir los límites de lo público y lo privado, lo colectivo y lo individual, en contextos donde la política y la economía parecen haberse divorciado de la moral y generan situaciones de deshumanización progresiva, como estamos presenciando en tantos países actualmente.

El bien común es una noción que remite a la salvaguarda de los derechos fundamentales de cada persona, estableciendo las condiciones mínimas en el cumplimiento de las funciones del Estado: «el compromiso por la paz, la correcta organización de los poderes del Estado, un sólido ordenamiento jurídico, la salvaguardia del ambiente, la prestación de los servicios esenciales para las personas, algunos de los cuales son: alimentación, habitación, trabajo, educación y acceso a la cultura, transporte, salud, libre circulación de las informaciones» (Compendio de Doctrina Social de la Iglesia 166).

El Papa Francisco usa esta noción en su encíclica Laudato Sii como el criterio ético necesario para garantizar actualmente la paz social, la estabilidad política y la preservación del medio ambiente (LS 178) porque «el bien común presupone el respeto de la persona humana en cuanto tal, con derechos fundamentales e inalienables, ordenados a su desarrollo integral» (LS 157). Se basa en lo que Juan XXIII había proclamado en Pacem in Terris: «el hombre tiene por sí mismo derechos y deberes que son universales e inviolables y no pueden renunciarse por ningún concepto» (PT 9).

La puesta en práctica de esta noción requiere del principio de subsidiariedad que media las relaciones entre la autoridad pública y los ciudadanos, y que consiste en que la autoridad política esté determinada a «examinar y resolver los problemas relacionados con el bien común de una nación» (PT 140). De hecho, la finalidad del Estado no es otra que «hacer accesibles a las personas los bienes necesarios para gozar de una vida auténticamente humana» (CDSI 168).

La sanación de sociedades fracturadas que padecen el terrible azote de la violencia, la corrupción y tantos otros males sociopolíticos y económicos que no permiten a sus ciudadanos contar con una vida mejor y más digna, pasa por la asunción de políticas públicas que estén inspiradas en esta noción del bien común para poder «liberarnos de la miseria, hallar la propia subsistencia, la salud, una ocupación estable, y rechazar las situaciones que niegan a la dignidad humana» (Populorum Progressio 6). Es uno de los grandes retos contemporáneos.


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