Páginas

sábado, 7 de junio de 2014

¿Cómo identificar una Dictadura?, Carlos J. Sarmiento



Por Carlos J. Sarmiento Sosa, 18/05/2014
Boletín 182 AIPOP

Probablemente, desde el final del absolutismo europeo y la imposición constitucional que emergieron de la Constitución de los Estados Unidos y de los principios de la Revolución Francesa, todo gobierno se esfuerza por afirmar que democrático, es decir, que es un estado de derecho.

Hasta las duras dictaduras europeas, asiáticas y americanas se han auto tutelado como democráticas, aunque Franco y Pinochet no hacían mayor énfasis en ello porque, al contrario, se vanagloriaban de su autoritarismo por considerar que España y Chile, en sus respectivos momentos, no estaban preparadas para el ejercicio de la democracia; pero hoy son los que actualmente, como Korea del Norte o Biolorrusia o Cuba, les importa poco mostrar su cara dictatorial: todos quieren ser considerados como gobiernos democráticos aunque violen las normativas constitucionales y los derechos humanos.

Por esa circunstancia, académicos del derecho han identificado objetivamente conductas que definen una actitud que deslinda de la democracia para ubicarse en la acera de enfrente, la dictadura:

1. La utilización del poder público para silenciar, acosar o interrumpir la libre asociación y las actividades de la oposición política, de los sindicatos, de las minorías y de la sociedad civil.

2. La utilización del poder público para silenciar, acosar o interrumpir la libre asociación y las actividades de la prensa.

3. La utilización del poder público para implementar políticas que restringen los derechos humanos.

4. La utilización del poder público para implementar un partido único.

5. La violación de la integridad de las instituciones centrales de la democracia, desequilibrando los frenos y contrapesos propios de la separación e independencia de los poderes públicos.

6. El nombramiento o destitución arbitraria, inconstitucional o ilegal de miembros del Poder Judicial u órganos electorales; o la gradual toma del Poder Judicial y otros órganos de control del ejercicio del poder público, con la finalidad de que éstos validen las acciones inconstitucionales.

7. La terminación arbitraria, inconstitucional o ilegal del mandato de cualquier funcionario democráticamente electo, perpetrada por otro funcionario electo o no electo de alguna agencia gubernamental.

8. La interferencia en las deliberaciones del Poder Judicial u órganos electorales.

9. El abuso de poderes constitucionales para reformar la Constitución a través de medios no previstos en ella, o con la finalidad de extender esos poderes de manera temporal o sustancial.

10. La omisión de llevar a cabo elecciones periódicas, el irrespeto a los resultados electorales o la realización de elecciones incumpliendo los estándares internacionales.

11. El uso injustificado de los estados de emergencia.

12. La interferencia por parte de funcionarios no electos, como oficiales militares, en la jurisdicción de funcionarios electos.

13. Una crisis civil-militar para simular la amenaza potencial de un golpe de estado.

Con este elenco, ningún gobierno, aun contando con el mejor equipo publicitario y promocional, podrá calificarse como democrático ante sus propios ciudadanos o ante la comunidad internacional si está incurso en algunos de estos supuestos, pues seguirá siendo una dictadura; y ello da derecho a los nacionales de ese país para ejercer los mecanismos constitucionales para la restauración del estado derecho, mientras que los demás países están en la obligación de cumplir con los convenios internacionales y tratados que los comprometen en la defensa de la democracia.



No hay comentarios:

Publicar un comentario

Para comentar usted debe colocar una dirección de correo electrónico