Miguel González Marregot 05 de diciembre de 2022
@migonzalezm
En
días recientes Nicolas Maduro planteó a los miembros de su partido y a sus
aliados en la Asamblea Nacional (2020), la urgente necesidad de reformar las leyes
que otorgan soporte al Estado comunal (hasta ahora fallido). La reforma legal
planteada comprendería la modificación parcial de hasta catorce leyes[i] con el propósito de
recuperar el terreno perdido. Como es sabido, el Estado comunal comprende la
sustitución la estructura del Estado democrático federal y descentralizado por
un modelo territorialmente estatizado, de planificación centralizada y con
participación tutelada.
En
esta oportunidad, el oficialista Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV)
promueve la sustitución marco estatal constitucional bajo el sofisma que
presume la democratización del poder político enfrentando a consejos comunales,
comunas y distritos motores contra las juntas parroquiales (ya eliminadas; por
cierto), los municipios y los estados.
La aspiración de implantar el aparato comunal o socialista tiene variados precedentes, incluso exitosos. El caso más claro y categórico lo representan los consejos comunales creados en el año 2006[ii]. Estas instancias se han consolidado como el mecanismo territorial hegemónico para la organización vecinal en Venezuela, que incluso fueron adoptados también por sectores comunitarios de la oposición democrática, impidiendo de esta manera un control absoluto por parte del PSUV sobre esas figuras.
Otro
precedente fue la creación de Ciudad Caribia (2006), que se constituye en un
urbanismo socialista que aún se mantiene en el estado La Guaira[iii]. Un antecedente
importante fue la propuesta de los Cinco Motores[iv] presentados por Chávez en
enero de 2007, luego de ser reelecto en los comicios del año anterior. Pero fue
la reforma constitucional[v] de 2007 la que constituyó
el núcleo central por sustituir la estructura estatal de 1999. Sin embargo, la
propuesta de reforma fue derrotada electoralmente ese mismo año, recibiendo un
duro revés el proyecto comunal del chavismo.
A
pesar de la derrota sufrida, el chavismo no ha cedido en sus propósitos. Por
una parte, comenzó desde la primera magistratura una campaña en favor del
modelo comunal promocionando las comunas y las ciudades comunales (o
socialistas)[vi]
y por la otra, hacia finales de 2010 se aprobó un paquete de leyes del Poder
Popular[vii] y, por ende, del Estado
comunal. Otro ataque directo desde la Asamblea Nacional contra la Constitución
de 1999 y el municipio se perpetró en 2010 mediante la reforma de la Ley del
Poder Público Municipal.
Con
esa reforma: i) se supeditó la gestión municipal a una planificación central,
ii) se incorporó a las comunas como un nuevo componente territorial del
municipio, pero sin subordinación alguna al ordenamiento jurídico municipal y,
iii) se eliminó de manera inconstitucional el derecho a elegir mediante el voto
popular (directo, universal y secreto) a los miembros de las Juntas
Parroquiales[viii].
Cabe
agregar que, con el mismo propósito el chavismo en el año 2015 pretendió
infructuosamente sustituir a la propia Asamblea Nacional por un Parlamento
Comunal[ix] luego de sufrir una
significativa y aparatosa derrota en esas elecciones parlamentarias de ese año.
Dicho Parlamento Comunal se diluyó, sin trascendencia alguna. En 2017, hubo una
nueva aventura mediante la elección de una Asamblea Constituyente[x] para redactar una nueva
constitución.
¿Pero
cuál podría ser la causa para que el chavismo quiera desmantelar el Estado
democrático, federal y descentralizado de la CRBV?
En
realidad, el imaginario chavista es de naturaleza totalitaria que se justifica bajo
la idea de la construcción del socialismo. Un socialismo fundamentado en forma
clara en el control hegemónico del Estado sobre las distintas esferas de actividad
de la sociedad. En la propuesta socialista el consejo comunal, la comuna, la
ciudad comunal, el distrito motor o el eje territorial son espacios con un fin
ideológico: la construcción del socialismo del siglo XXI. En tal sentido,
cualquier otro modo de pensar termina siendo segregado por antagónico. Lo que
constituye un verdadero drama.
El
llamado de Maduro a la reforma de las leyes comunales significa un
reconocimiento al fracaso. Al día de hoy, no hay un Estado comunal, el poder
popular sigue siendo una ficción y todavía el PSUV no logró cooptar a todos los
consejos comunales, mientras las comunas apenas inciden de manera precaria en
la vida social y comunitaria del país. Lo que es cierto es que la Constitución Bolivariana,
sí esa de 1999 y que fuera ratificada en el año 2007 sigue siendo el mayor
obstáculo para el avance del totalitarismo en Venezuela. Y ese elemento no debe
ser olvidado (jamás) tanto por los partidos políticos como por todos aquellos
sectores sociales y comunitarios de naturaleza democrática, si en realidad
aspiran a ganar la lucha por la libertad y la democracia, que sigue sobre la
mesa. Esto aún no termina.
Miguel González Marregot
@migonzalezm
[i] Ley Orgánica del Poder Popular, Ley
Orgánica de Planificación Pública y Popular, Ley Orgánica de Contraloría
Social, Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal, Ley Orgánica de las
Comunas, Ley Orgánica de los Consejos Comunales, Ley de Contrataciones
Públicas, Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, Ley de Jurisdicción de
la Justicia de Paz, Ley de Transferencias de Competencias y otras Atribuciones
del Poder Popular, Ley de Comunicación Alternativa y Popular, Ley Orgánica del
Parlamento Comunal Nacional, Ley de Producción Social para Vivienda y Hábitat,
Ley de Cooperativas.
[ii] Los consejos comunales fueron creados
como la parte micro comunitaria de los Consejos Locales de Planificación
Pública (CLPP) y adscritos al municipio según ley de 2002. Esa disposición fue
ratificada por la Ley Orgánica del Poder Público Municipal de 2005. En el año 2006,
según la Ley de los Consejos Comunales (Gaceta Oficial Extraordinaria 5.806 del
10-04-2006) fueron separados del CLPP y del contexto municipal y adscritos a
una Comisión Presidencial del Poder Popular. De esta forma, el asalto a la
constitución había comenzado.
[iii] Ciudad Caribia, fue fundada por Hugo
Chávez en 2006, como un futuro ejemplo de una ciudad socialista capaz de
alcanzar su propia sustentabilidad y autogobierno. En el año 2014 fue
reconvertida en un Distrito Motor de Desarrollo, otra forma organizativa del
Estado comunal, según Decreto 304, Gaceta Oficial 40.227, año 2014.
[iv] Los Cinco Motores fue una propuesta
político-programática enunciada por Chávez para avanzar hacia el socialismo del
siglo XXI y que comprendía: el motor Moral y Luces referido a la formación
ideológica de la población; el motor Habilitante que contenía un conjunto de
leyes a ser dictadas por el mismo presidente y que facilitarían el tránsito
hacia el socialismo; el motor Constituyente que implicaría los cambios en la
constitución de 1999; la Nueva Geometría del Poder que anunciaba justamente una
división político-territorial en la República y, por último, la Explosión del
Poder Comunal referido a la incorporación de toda la estructura comunal a la
estructura del Estado Venezolano.
[v] De la propuesta reforma constitucional
quedó muy claro su orientación centralista y concentradora del poder y de la
toma decisiones. Una nueva geometría del poder donde el presidente tendría la
potestad de eliminar y crear nuevos entidades, regiones y territorios de
acuerdo a su discrecionalidad. Y cuyas autoridades serían designadas también
por dedo presidencial.
[vi] Al respecto, es muy recomendable
escuchar o leer (los resúmenes) del Programa Aló Presidente N°1 de 2009 en el
que Chávez explica con claridad las comunas, como bases del futuro Estado
socialista.
[vii] En efecto, una saliente Asamblea
Nacional (con su período cumplido) aprobó la Ley Orgánica de Contraloría
Social, la Ley Orgánica del Poder Popular; la Ley Orgánica de Planificación
Pública y Popular, la Ley Orgánica de la Comunas y la Ley Orgánica del Sistema
Económico Comunal, todas publicadas en la Gaceta Oficial Extraordinaria N°
6.011 del 21-12-2010.
[viii] Reforma a la Ley Orgánica del Poder
Público Municipal publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.015 de
fecha 8 de diciembre de 2010.
[ix] El parlamento comunal promocionado por
el PSUV en 2015 carecía legalidad y legitimidad. Al no estar contemplado en la
Constitución de la República de Venezuela no tuvo personalidad jurídica ni para
legislar ni recibir recursos.
[x] La Asamblea Constituyente electa por el
PSUV en 2017 funcionó hasta 2020 sin cumplir su cometido fundamental como era
el de redactar un nuevo proyecto de constitución.
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