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domingo, 22 de abril de 2012

El 32,25% y la seguridad social


Por Msg. Levy Benshimol, 16/04/2012
Boletín 85, AIPOP

 Con bombas y platillos, antes del Primero de Mayo, el Presidente de la República, Hugo Chávez Frías, anunció en una acostumbrada cadena nacional de radio y televisión, el aumento del 32.25% en el salario mínimo para los trabajadores públicos y privados y para los jubilados, en dos partes una en mayo y la otra en septiembre.

La reacciones del aumento no se hicieron esperar, los sindicalistas y partidarios del régimen, lo recibieron con la euforia de fanáticos, sin mira las consecuencia que el 32.25% traerá a la economía y los trabajadores,
 por otra parte la mayoría de trabajadores no partidarios del aumento mostraron su sorpresa y admiración, por tan repentino anuncio del aumento en el salario mínimo, ya que éste sin un análisis previo de la economía del país, en la era de la inflación, fue decretado.

El aumento del 32.25% en el salario minino, aunque este aumento de hecho y de derecho forma parte de la seguridad social de los trabajadores, no les alcanzará, ni siquiera para cubrir las necedades primeras de la población que vive de un salario minino, ya que el costo, por ejemplo de las medicinas, para un jubilado, que a partir del Primero de Mayo, va recibir en su liberta 1.750 BsF, no les alcanzarán sino para adquirir una o dos medicamentos, de los que suele consumir, por el alto valor que esos productos hoy tienen. Los otros trabajadores, que recibirán ese tan esperado aumento, solo podrán ir al mercado una sola vez y comprar los productos de mayor necesidad en el hogar, ya que el costo de canasta básica hoy es tres veces mayor a lo que se recibirá. Es decir que ese aumento del 32.25%, se les volverá como dice el refrán, “sal y agua”, sin ningún valor agregado a lo que representa la seguridad social en el buen vivir del ciudadano.

Ese aumento en el salario minino, que debe corresponder a los planes de la seguridad social, que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, prevé para todos y cada uno de los ciudadanos que en esta tierra de gracia habitamos, ya que no solo nos garantiza un justo salario mínimo, sino que debe ser una garantía verdadera y real de seguridad social, este pírico aumento de 32.25% no se corresponde, con las entradas actuales que el precio del petróleo le produce a las arcas públicas.

Cuando, se habla de seguridad social, este concepto, no solo se puede llevar a la parte material de un salario, sino que debe verse y sentirse con mayor profundidad, es decir, la seguridad social, abarca mayor cobertura humana, es la seguridad física y de los bienes de los ciudadanos, es el derecho a tener mejores servicios públicos de salud, de educación y el compromiso del Estado a brindarle al ciudadano la satisfacción de poseer un vida de alta calidad, por tanto pensar que solo con aumentar el 32.25% del salario minino el Estado ha cumplido con la seguridad social del ciudadano, es ser irreflexivo y contradictorio con lo que es la seguridad social, en un país, con tantas riquezas que el país posee.

Los aumentos en los salarios a los trabajadores, no se pueden ver como  una concepción graciosa y de sacrificio del Gobierno, sino como una responsabilidad constitucional que el Estado Venezolano, tiene con quienes con su esfuerzo, dedicación y amor le ofrecen su trabajo al desarrollo, al progreso y al bienestar de la nación y ser una de las tantas formas de cumplir con la seguridad social.
 
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