Centro de Comunicación Nacional 12 de noviembre de 2022
@Presidencia_VE
El
Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria, del Consejo de Derechos Humanos de
la Organización de las Naciones Unidas (ONU) consideró como
“arbitraria” la detención del periodista y activista Roland Carreño.
El
Grupo de Trabajo alertó que el encarcelamiento es una práctica sistemática en
Venezuela.
En este aspecto, señalaron que se ha violado la presunción de inocencia en el caso de Roland Carreño, un derecho protegido por la Declaración Universal y en el Pacto, además del Principio 32 del Conjunto de Principios para la Protección de personas sometidas a prisión.
Asimismo,
evidenciaron la violación al debido proceso por parte de la dictadura de Maduro
con el el video de la supuesta confesión, transmitido en televisión
nacional. “Aumentó el riesgo de causar la impresión de que el acusado es un
criminal, sin haber antes valorado los méritos del caso a través de un juicio”
Por
todo esto, concluyeron en que la detención de Carreño resulta del ejercicio de
sus derechos fundamentales, como la libertad de asociación y participación
política, protegidos por la Declaración Universal en sus artículos 20 y 21 y
por el Pacto en sus artículos 22 y 25.
Además
de negarle la la presunción de inocencia, indicaron que a Carreño le
negaron el derecho a ser juzgado por un tribunal independiente. “El juez que lo
procesa no tiene nombramiento definitivo, estable y garantizado”.
Sobre
el motivo de su detención, indicaron que se debe a su pertenencia y
liderazgo en un partido político de oposición.
Para
finalizar, instaron a los organismos de seguridad venezolanos a poner a
Roland Carreño inmediatamente en libertad y concederle el derecho a obtener una
indemnización y otros tipos de reparación, de conformidad con el derecho internacional.
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