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sábado, 5 de noviembre de 2022

La Comisión de Primarias y los principios Nolan, por Gioconda Cunto de San Blas de @davinci1412


por Gioconda Cunto de San Blas|@davinci1412

En medio del marasmo y la desesperanza que ha marcado en tiempos recientes el devenir político nacional, la sordera de la clase política sobre los graves problemas de una ciudadanía exhausta, y las rencillas parroquiales entre líderes de ocasión, uno quiere saludar cualquier iniciativa opositora que apunte a buscar salida honrosa al atolladero en que nos encontramos, al respecto de las elecciones presidenciales pautadas constitucionalmente para el último trimestre de 2024.

Uno quiere soñar con que esas elecciones representarán un parteaguas hacia un mejor futuro para el pueblo venezolano, donde prevalezca el espíritu de convivencia, de pensar y actuar en función de nuestra casa grande y sus habitantes, y así labrar con esperanza un futuro personal y ciudadano en esta patria herida. Uno aspira a propiciar cualquier encuentro, aunque tímido, entre las partes en discordia, sobre la base de un acuerdo mínimo tejido alrededor del punto común: su fundamental oposición al régimen que nos oprime. Construir sobre esa realidad es lo que debe unirnos.

Dicho esto, la aparición de un reglamento sobre elecciones primarias para la escogencia de un candidato único opositor para las elecciones de 2024 es un paso en ese sentido. La llamada Plataforma Unitaria Democrática (que no es tan unitaria, por ahora, y que deberá probar su espíritu democrático aceptando en su seno diversas agrupaciones hoy ausentes de ella) hizo público su reglamento marco de primarias, con el propósito de seleccionar un candidato presidencial único de la oposición para dichos comicios.

Dicho reglamento, aprobado el 6 de octubre pasado, consta de 54 artículos, con una redacción que ha sido tildada de ambigua y discrecional. El reglamento contiene dos artículos relevantes: el 8, relativo a las características del candidato a postularse como eventual abanderado de la oposición en la carrera presidencial; y el 10, que describe las características de los miembros de la Comisión de Primarias. Para el primero, se exige entre otras credenciales, una declaración de principios democráticos. Para el segundo, los integrantes de dicha Comisión deben tener reconocida solvencia moral e independencia partidista.

Más allá de palabras bonitas ¿cómo precisar una declaración de principios democráticos? ¿Cómo definir solvencia moral? En este punto vienen a cuento los Principios Nolan o Standards in Public Life, redactados en 1994 en el Reino Unido por la comisión presidida por Lord Michael Nolan, bajo el patrocinio del entonces Primer Ministro John Major, con el objeto de fijar normas indeclinables de conducta de los funcionarios.

Tales principios han sido adoptados por numerosos países como norma obligatoria de conducta en la gestión pública y los propongo no solo a la Plataforma Unitaria Democrática y a su Comisión de Primarias sino a cualquier grupo político, como compromiso irrenunciable de los candidatos. Son los siguientes:
  1. Altruismo: quienes ostentan un cargo público (ergo, los funcionarios) deben actuar solamente en términos del interés público.
  2. Integridad: los funcionarios no deben ponerse al servicio de personas u organizaciones que tratan inapropiadamente de influenciarlos en sus funciones. No deben actuar o tomar decisiones que induzcan a beneficios financieros o materiales para ellos, sus familias o sus amigos.
  3. Objetividad: los funcionarios deben tomar decisiones imparciales, basadas en el principio de méritos, usando la mejor evidencia y sin discriminación o sesgo.
  4. Responsabilidad (Accountability): El funcionario es responsable por las decisiones y actos que afecten a la sociedad y debe someterse a cualquier tipo de escrutinio que se considere necesario.
  5. Transparencia: El funcionario debe tomar decisiones de manera abierta y transparente. La información no debe ser escondida del público, salvo que haya razones legales para hacerlo.
  6. Honestidad: El funcionario tiene el deber de declarar cualquier interés privado que pueda guardar relación con sus actividades públicas y adoptar cuantas medidas sean necesarias para resolver cualquier conflicto, para salvaguardar el interés público.
  7. Liderazgo: El funcionario deberá promover y respetar estos principios como modelo en la toma de decisiones. Debe promover y apoyar estos principios y contrarrestar una conducta inapropiada donde quiera que ocurra.
Son principios sensatos, aunque a juzgar por nuestra atropellada historia, nada fáciles de ejecutar. Exijamos a los miembros de la Comisión de Primarias y a los precandidatos a postularse, la garantía del cumplimiento de principios como los Nolan en pro de construir un país mejor, un país decente.

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