Por David Esteller Ortega, 16/05/2015
En la Unión Soviética las cooperativas no pagaban impuestos. Es más,
durante la perestroika, Gorbachov planteó la necesidad de otorgar más
libertades a las cooperativas, a fin de mejorar su propio desarrollo y el
desarrollo de un verdadero socialismo. En la actual Cuba, las cooperativas
tampoco pagan impuestos. En los países que se denominaban comunistas, no se
conoció el impuesto contra las operaciones económicas de las cooperativas.
Por eso no entiendo, si el actual gobierno está construyendo un país
socialista, venga con el Decreto Ley, publicado el 18 de noviembre de 2014 en
la Gaceta Oficial 6.152, dos últimos párrafos del Art 9, en concordancia con
los Arts. 50 y 52 ejusdem, a pechar injustamente a las cooperativas, que son
personas jurídicas sin fines de lucro, que no ejercen actos de comercio ni
civiles, si no actos cooperativos que mejoran los precios, amplían los puestos
de empleo, no tienen asalariados, contribuyen a mejorar la economía, en
general, y en las cuales cada hombre es un voto, no hay explotación de un
hombre por otro.
Ahora que existan cooperativas falsas, creadas para lucrarse unos
cuantos en perjuicio de otros, que no cumplen con los principios cooperativos
aceptados por nuestra Ley Especial de Asociaciones Cooperativas, y algunas llegaron
a estafar hasta el propio Estado, éste debe no sólo pecharlas con los impuestos
sino también, a través de la Superintendencia Nacional de Cooperativas,
solicitar la aplicación del Art. 90 de la susodicha Ley. Además, se les debe
prohibir el uso de la palabra “Cooperativa”.
El Presidente de la República, por ley habilitante, otorgada por la
Asamblea Nacional, decretó la nueva Ley de Impuesto Sobre la Renta, que
establece esta absurda e injusta norma (Art.9, dos últimos párrafos, de la Ley
arriba citada). En vez de proteger y promover las cooperativas, según le ordena
el Art. 118 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, con
aquella norma está, en cierta medida, condenando a la extinción a las
verdaderas cooperativas.
Por eso le pedimos que, por contrario imperio, derogue esa norma. Y es
más, que expresamente establezca la exención del impuesto para cooperativas,
fundaciones y asociaciones sin fines de lucro.
En el caso que por orgullo u otro motivo, no decretase la reforma que
aquí le estamos pidiendo, que entonces, la Asamblea Nacional, representante
soberana directa del pueblo, tome la decisión justa y libremente de reformar,
en el sentido solicitado, el Decreto Ley del Impuesto sobre la Renta.
Según reza un dicho jurídico: “Quien puede lo más, puede lo menos”. Por
eso, la Asamblea Nacional puede tomar la decisión si el Presidente de la
República no la toma. Y así se sentaría un precedente jurídico importante.
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