Ismael Pérez Vigil 21 de enero de 2023
@Ismael_Perez
Entre
los temas controversiales que maneja la Comisión Nacional de Primaria (CP) está
el de la participación del CNE y el alcance de esa participación en el proceso
de la primaria opositora para elegir el candidato unitario de la oposición.
Sobre ese tema, al que me referí en mi artículo de la semana pasada, aún no se
ha tomado ninguna decisión, salvo la ya anunciada de reunirse con ese
organismo, en la cual se le solicitó la utilización de los centros electorales,
la actualización del registro y la conformación de una comisión técnica.
De manera que lo expresado en el artículo referido son mis opiniones y no reflejan la posición de la CP, que como he dicho, aún no ha tomado una posición al respecto. Por otra parte, como se deduce de la lectura del artículo, mis opiniones tampoco son definitivas, pues estoy abierto a la discusión que se pueda dar, y se dé, en la Comisión; y desde luego aceptaré sin ambages la decisión que se adopte en dicha Comisión.
Otro
de los problemas con los que tiene que lidiar la CP de la oposición
democrática, es el de la votación de los venezolanos en el exterior, que por
varias razones, es el más complejo, delicado y difícil de ver con la reposada
calma y objetividad que se merece. Votar, es un derecho político y, por lo
tanto, un derecho humano fundamental. La CP así lo ha declarado en varias
oportunidades: Todo venezolano, mayor de 18 años, que esté en el registro que
en su momento definirá la CP, en Venezuela o el exterior, tiene derecho a votar
y es deber, misión y objetivo de la Comisión, procurar y hacer lo necesario
para que eso sea posible.
Sobre
todo, porque entre los principios que guían la actuación de la CP está el de
“rescatar
el valor del voto como instrumento para la democratización… (y el) … Perfilamiento
de la Primaria como un proceso abierto de participación y despertar
democrático…”
Por
ello, en el primer informe de balance de la Comisión, el 12 de diciembre de
2022, la CP afirmó:
“Se
elaborará e implementará un Plan de promoción de la participación electoral de
los venezolanos que se encuentran en el exterior, para incorporarlos a la
Primaria y luego al RE con su dirección actual.”
Con
respecto a ese Registro, en el mismo informe del 12 de diciembre último, la CP
afirmó:
“Con
base en propuestas recibidas, se están definiendo las características y
alcances de un registro auditable para el ejercicio del
derecho al voto de venezolanos que se encuentran en el exterior, que les
permita votar presencialmente en la primaria y marque un camino para su
participación en la futura elección presidencial.” (Subrayado
mío)
Incluso
la CP, en su declaración de diciembre, ha ido más allá de lo que establecen las
normas que se han empleado en procesos electorales recientes, que se consideran
restrictivas y violatorias de los derechos políticos establecidos en la
Constitución y en el propio artículo 124 de la Ley Orgánica de Procesos
Electorales (LOPRE); a tal efecto la CP ha declarado:
“Se
tendrán en cuenta los criterios que, de acuerdo con la Constitución y el Derecho
Internacional, deben ser considerados para superar la ilegal restricción del
derecho al voto que ha sido impuesta en procesos electorales anteriores.”
El
problema no es sencillo de resolver y espero haber ilustrado suficientemente su
complejidad; pero, sobre todo, espero haber dejado claro −y lo enfatizo− que la
CP no ha tomado ninguna decisión con respecto al alcance y modalidades de la
participación de los venezolanos en el exterior y seguirá buscando la
alternativa para que todos los venezolanos, donde quiera que estén, se
incorporen, de manera efectiva y real, a la reconstrucción de la democracia en
el país.
Ismael
Pérez Vigil
@Ismael_Perez
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