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viernes, 28 de junio de 2013

¿El Poder Popular es inmune a la Corrupción?


Por Carlos Romero M., 27/06/2013

¿Es el Poder Popular inmune a la Corrupción?. No, la corrupción no tiene ideología. En el pasado reciente ya había algunos elementos en los medios de comunicación que daban cuenta de la presencia del fenómeno “corrupción” en el ámbito de las instancias del Poder Popular.

Por ejemplo, en el año 2011 la entonces viceministra de Participación Comunal del Ministerio del Poder Popular para las Comunas, Margaut Godoy, anunciaba la instalación de un primer encuentro con el Ministerio Público a fin de fortalecer la lucha contra la corrupción en los Consejos Comunales, y en tal sentido, se había propuesto la designación de 1500 fiscales especiales para atender las denuncias que entonces formulaban las comunidades y los consejos comunales en relación a la desviación de recursos.

La nota de prensa del Correo del Orinoco del 27 de abril del 2011, añadía que sólo el 2% del total de consejos comunales eran investigados, de un total de 41 mil constituidos en el país, e informaba que alrededor de 76 personas ya habían sido imputadas, otras 58 habían sido acusadas por irregularidades, y que estaban por imputar a 121 ciudadanos.[1]

En este sentido es importante acotar que para el año 2011 el proyecto de reforma a la Ley contra la Corrupción, incorporaba unas normas en las cuales los ciudadanos que manejan recursos públicos a través de los Consejos Comunales y Comunas, también se sometían a las normas previstas en esta Ley especial. Esta medida abrió un debate sobre la condición de “funcionarios públicos” de quienes son responsables de los recursos en éstas instancias del Poder Popular.

La reforma aún espera por su aprobación, y el fenómeno de corrupción ha avanzado poco a poco en las instancias del Poder Popular, así como también en las instancias del gobierno nacional, caso Antonini Wilson, Indepabis, ex funcionaria de Bandes, entre otros casos que podríamos citar.

En el ámbito exclusivo del Poder Popular, algunas noticias recientes ponen de relieve denuncias de corrupción que los propios ciudadanos realizan, por ejemplo en La Nación, de San Cristóbal, el 19 de junio del 2013, una representación de consejos comunales, de movimiento de pobladores y de comités de tierras urbanas, formalizaban una denuncia contra la directora de Fundacomunal de la región por presuntos hechos de corrupción.  En la nota de prensa, uno de los voceros, argumentaba que esperaba una respuesta a esa denuncia cónsona con el llamado a luchar contra la corrupción que hace el gobierno nacional[2].

Otra denuncia se registró -hace unos días- en El Nacional con fecha del 20 de junio del 2013, y señalaba que algunos círculos bolivarianos denunciaban a la Confederación Nacional Bolivariana Socialista de Comunas, Consejos Comunales y Frentes Sociales, por presuntos hechos de corrupción[3].

De manera tal que cuando Nicolás Maduro señala que si no combatimos la corrupción, ésta se tragará al país, debo recordar aquél titular que apareció en varios medios de comunicación social el pasado 15 de noviembre del 2012, en el cual destacaban que 90% de las Comunas registradas en Venezuela habían fracaso por corrupción, y en ese texto informativo, se destacaba la existencia de 500 comunas.   Basándonos en ese titular y asumiendo la veracidad de esa información, no cabe duda que la corrupción lo que se tragó fue a las Comunas, y con ellas, ha golpeado las bases del Estado Comunal, símbolo de ese Socialismo del Siglo XXI[4].

La corrupción no tiene ideología,  no es asunto del capitalismo, no es asunto del socialismo, es un asunto íntimamente ligado con la ausencia de transparencia en el manejo de los fondos públicos, de un grave trastorno en el concepto del valor de lo público y del servicio al bien común, y además es consecuencia de un Estado cuyas instituciones son sólo requisitos formales para cumplir con la Constitución.

La corrupción es un tema de vieja data en Venezuela, no es nueva, lo que sorprende de las declaraciones que sobre la materia se han hecho estas semanas por parte del gobierno nacional, es que el propio Nicolás Maduro, en marzo del 2013, en su condición de presidente encargado y candidato presidencial, en una declaración registrada en medios de comunicación afirmaba que en 180 años, era la primera vez en la historia que en Venezuela no había corrupción[5]. ¿Qué pasó que ahora, unos meses después, reconoce su existencia advirtiendo que es tan grave que puede tragarse a la patria?.



[1] Correo del Orinoco. Fiscalía y Ministerio de las Comunas se unen para fortalecer la lucha contra la corrupción.27 de abril 2011. Online en: http://www.correodelorinoco.gob.ve/poder-popular/fiscalia-y-ministerio-comuna-se-unen-para-fortalecer-lucha-contra-corrupcion/

[2] La Nación. Piden Pobladores destitución de directora de Fundacomunal. 19 de junio de 2013. Online en:http://www.lanacion.com.ve/infogeneral/piden-pobladores-destitucion-de-directora-de-fundacomunal/

[3] EL Nacional. Circulos Bolivarianos denuncia corrupción en colectivo. 20 de junio de 2013. Online en:http://www.el-nacional.com/politica/CirculosBolivarianos-corrupcion-Estafa_0_211779096.html


[5] Noticias24.com Yo garantizo que no hay corrupción por primera vez en la historia de Venezuela en 180 años. 24 de marzo de 2013. Online en: http://www.noticias24.com/venezuela/noticia/158085/


Carlos Romero M.
@carome31

viernes, 15 de marzo de 2013

La clave, vivir como vecinos



Editorial Revista SIC 752, 14/03/2013

En Venezuela queda mucho camino por andar para la constitución real del poder popular. La marcha hacia la democracia en su más elemental significado pasa por la efectiva construcción de éste. Los desvíos del camino democrático sufridos desde hace tiempo se deben principalmente a que, de forma expresa, se pretendió construir un sistema político democrático sin sujeto popular con poder de decisión. El poder que se constituyó, el aparato burocrático cuyos fundamentos se encuentran en los dispositivos legales, dejó de responder a las necesidades populares.
El punto de partida es el poder popular entendido como la articulación histórica organizada en formas diversas de una pluralidad de identidades sociales que, en ejercicio pleno de soberanía, toma decisiones en todos los ámbitos (político, económico, social, ambiental, organizativo, internacional, entre otros). Es necesario reconocer que el pueblo (todos los sectores sociales subalternizados), es el agente de su propia experiencia en la que identifica un horizonte deseable y lo construye de modo colectivo.

Es por ello que el planteamiento de una nueva comunidad política, como expresión de un proyecto socio-político alternativo planteada desde lo popular, exige de suyo contribuir al proceso de organización y politización de las múltiples identidades sociales sometidas a diferentes formas de dominación, en tanto expresión de ruptura con el orden constituido. Como tal, el poder popular no existe sin más. Puede aparecer en la historia así como desaparecer. Ello es producto de un conjunto de factores históricos y coyunturales que posibilitan su existencia: la experiencia de cada identidad social en autoposesión de sí misma; el proceso de constitución en sujeto político, en articulación con otras identidades sociales.
En ese sentido, el poder popular no puede ser “secuestrado” o cooptado por la institucionalidad y la forma Estado, pues en esencia está en ser un poder constituyente y no constituido. La pretensión de cosificarlo institucionalizándolo lo desvirtúa. Pero para que no quede en una mera posibilidad inexistente debe formalizarse para poder cumplir las funciones de lo político. En este sentido son importantes las mediaciones.
Se trata, en cierta manera, de un ejercicio delegado del poder, pero de un poder que debe ser constantemente remitido a las bases populares. Los que mandan deben mandar escuchando y respondiendo a la gente popular. Retomar esa condición como fundamento de todo poder político, y como criterio último de legitimación, es necesario porque permite separar las posibilidades reales del ejercicio del poder y oponer al poder como dominación una noción positiva.
Esta separación es ineludible porque cabe siempre la posibilidad de que el ejercicio representativo (de aquel poder primero que radica en las bases populares) se convierta en un fetiche, es decir que se vuelva sobre sí mismo y se autoafirme como la última instancia del poder. Así ha ocurrido con las élites o la clase política cuando han dejado de responder a las mayorías populares y, en consecuencia, han transformado el poder político en antidemocrático, ya que el poder fetichizado se autofundamenta en su propia voluntad despótica.
Retos para una autentica participación
Existe un discurso codificado como un paquete cerrado sobre el poder popular de marcado sesgo ideológico, en el sentido marxista de conceptualización encubridora. La contradicción está en que se invoca el término, incluso con convicción y entusiasmo, cuando se profesa que el pueblo no da sino para las revueltas de la desesperación y que el partido es su única conciencia posible. Desde esa ideología el pueblo no es más que el coro que aplaude a su líder y que vocifera contra “los enemigos del pueblo”, señalados por el partido. En este horizonte el poder del pueblo consiste en que amplifica lo del partido y en cierto modo lo impone por la contundencia de su número y de sus movilizaciones.
Frente a esto, nosotros asumimos el poder popular referido más bien como experiencias tangibles de señalamiento de problemas y de prioridades en su propio ámbito y en su propia cotidianidad, demandando una gerencia mancomunada frente a tales problemas. Aquí, la entidad concreta del pueblo sería la de vecinos, ya que la gestión de poder popular, en este caso, haría referencia a la calidad de la vida concreta, compartida, que afecta a todos. Las preferencias político-partidistas no pueden dar el tono; han de ser respetadas en todo caso, pero en este ámbito sólo hay auténtico poder cuando todos actúan en su condición de vecinos.

Para el ejercicio de este poder auténticamente como vecino se tienen que enfrentar y superar una serie de problemas enquistados en el vecindario. Uno de ellos es la existencia de caciques que subordinan a una parte de éste e imponen sus intereses en nombre de todos. La época más reciente de la modernidad y la movilización de masas dio lugar a la aparición de intermediarios (líderes de partidos o de otras organizaciones); su misión consiste en bajar la línea al barrio de manera que los vecinos acepten como dádiva lo que se les debe en justicia. De la época del populismo quedó la malformación en una serie de vecinos de considerarse como receptores de bienes y servicios de los amos de turno a cambio de estar en su línea.

Para superar esas malformaciones, nosotros nos planteamos la necesidad de estimular la participación en condición de sujetos conscientes y libres. El problema de la participación choca con la malformación leninista de los grupos de presión en el sistema asambleario, que deciden, no permitiendo que se exprese el genuino sentir de cada uno. Por eso insistimos en la necesidad de establecer para todas las decisiones el voto secreto tras la deliberación pública.

La concepción de la democracia como la dictadura de la mayoría sobre la minoría es otro de los problemas que hay que afrontar. Frente a esta malformación, asentamos que en el espacio abarcable de lo vecinal es donde se puede ejercer mejor un manejo de lo público, siguiendo el parecer de la mayoría, pero teniendo en cuenta, en cuanto sea componible, el parecer y los intereses de las minorías.
El tema de los recursos es otra de las dificultades que hay que asumir. En el organigrama institucional no se contempla de modo específico el poder popular de los vecinos, por eso ellos no tienen recursos. Es imprescindible encontrar figuras jurídicas en las que se prevea la actuación mancomunada del municipio, el ministerio correspondiente y los vecinos organizados. Los consorcios que se establecieron durante el primer año del gobierno de Chávez nos parecen un modelo a seguir.

Hemos expuesto cada uno de estos problemas específicos porque sólo señalándolos, enfrentándolos y superándolos podrá tener un sentido concreto la expresión de poder popular, tan manida y que, sin embargo, ha tenido en nuestra democracia una historia tan esforzada, digna de que dé todos sus frutos.
Como se puede ver, nosotros estamos convencidos de que la democracia no tiene viabilidad en nuestro país si no se supera la democracia de meros ciudadanos para instaurar otra que discrimine positivamente a los discriminados de toda la vida. Este es el sentido profundo de la propuesta de poder popular que acá hemos esbozado.
Tomado de:

sábado, 1 de diciembre de 2012

Poder Popular sin Derecho al Voto


http://youtu.be/YLcX9Z6l9sI

Micro institucional. Ciudadanía Activa. Sobre la historia del voto en Venezuela y su eliminación en el pretendido Poder Popular contenido en la mal llamada Reforma 2007, propuesta por el Presidente Hugo Chávez.

http://www.ciudadaniaactiva.org
http://twitter.com/ciudadaniactiva
http://www.youtube.com/user/CiudadaniaActiva

lunes, 19 de noviembre de 2012

Dos toletes del poder popular

Por Mario Villegas, 18/11/2012
Columna de Puño y Letra


Cuando los voceros oficialistas se regodean hablando del poder popular, en realidad se están refiriendo a una parte de éste.

El poder popular no es otra cosa que la fuerza del pueblo, expresada no solo a través de su organización comunitaria y vecinal, sino también de sus diversas manifestaciones sindicales, gremiales, campesinas, culturales, indígenas, deportivas, de género, entre otras, así como a través de su organización política y de su participación electoral. De modo que ese poder popular alberga y expresa los más disímiles intereses y expectativas de las fuerzas sociales que lo componen, que perfectamente pueden converger en determinadas circunstancias y respecto a temas de común afinidad conceptual o de pragmática conveniencia, pero muchas veces divergir en otras.

Si nos atenemos, por ejemplo, al resultado electoral del 7 de octubre, habría que concluir que ese poder popular se expresó a través de dos grandes toletes, cada uno de ellos con su intrínseca heterogeneidad de componentes e intereses sociales y políticos, pero ambos confrontados en sus respectivas visiones de país y en sus formas de concebir la realidad nacional y la orientación de la gestión pública.

El mayor de los toletes, que alcanzó a 8 millones 191 mil 132 votos, se erigió como la mayoría con el 55 por ciento de los sufragios emitidos y le renovó el mandato al presidente Hugo Chávez por seis años más. El otro tolete sumó 6 millones 591 mil 304 votos y con el 44,31 por ciento se consolidó como una importantísima fuerza popular muy cercana a la mitad del país.

Más allá del claro ventajismo gubernamental y del ilegal uso abusivo y masivo de los recursos públicos en la campaña, lo cierto es que Chávez conquistó (¡mejor término imposible!) una considerable mayoría que la oposición no ha tenido complejo en reconocer. Pero es un craso error suponer que sólo en esa mayoría está expresado el poder popular y que, por tanto, el oficialismo tiene toda la justificación para imponerle a la sociedad desde el aparato del estado todo cuanto le venga en gana. El gobierno tiene que admitir, tal vez no en su retórica pero sí en los hechos, que esa nada despreciable minoría de seis millones y medio de venezolanos constituye, gústele o no, otra legítima expresión del poder popular.

Si hace seis años Fidel Castro tuvo que venir a explicarle al presidente Chávez que quienes en 2006 votaron por Manuel Rosales no eran cuatro millones y medio de oligarcas, es de suponer que ya no será necesario explicarle que tampoco ahora en Venezuela hay seis millones y medio de oligarcas.

Sabio sería amalgamar en uno solo a esos dos grandes toletes del poder popular y hermanarlos, con todo el apoyo del poder público nacional, regional y municipal, en la construcción compartida de soluciones a problemas que les son comunes.

La fortaleza moral de un gobernante reside no en su capacidad de imponer a troche y moche sus particulares conceptos sino en escuchar, respetar e interpretar los sentimientos democráticos y las legítimas aspiraciones de justicia social que albergan los más diversos componentes de la sociedad.


BREVES


- José Vicente Rangel ha estado muy activo en la sistemática descalificación y menosprecio de Henrique Capriles Radonski, de quien lo único menudo que ha dicho es que como candidato presidencial fue un buen atleta. En su estreno el 7 de octubre, Capriles obtuvo seis millones y medio de votos (44,31 %), mientras en sus tres candidaturas presidenciales José Vicente alcanzó cifras irrisorias. En 1973, obtuvo 186.255 (4,26%), en 1978 logró 276.082 (5,18%) y en 1983 sumó 221.918 votos (3,34%). Si a ver vamos, al menos en votos no le llega ni por los tobillos.

- Dirigentes de diversos sindicatos municipales le piden al alcalde Carlos Ocariz sentarse en una mesa de diálogo para evaluar y mejorar las condiciones laborales del personal del municipio Sucre, compuesto por unos 5 mil trabajadores, cuyos contratos colectivos llevan más de diez años vencidos. Elías Blanco, del Sindicato de Trabajadores Municipales, Fernando Fernández, del Sindicato de la Salud, y René Villegas, del Sindicato de Motorizados, afirman haberse enfrentado al anterior alcalde, José Vicente Rangel Avalos, y ahora se encuentran con que Ocariz tampoco tiene consideración por las organizaciones sindicales.

Publicado en la Edición Impresa del Diario 2001

mariovillegas100@gmail.com
Twitter: @mario_villegas

miércoles, 8 de diciembre de 2010

Los cinco proyectos


Por Carlos Romero

En la web de la Asamblea Nacional aparecen los proyectos para la segunda discusión, leyéndolos encuentro lo siguiente:

1.-Aspectos generales y coincidentes en los 5 proyectos de ley:

1.1.- Todos los proyectos de ley se inspiran en la doctrina del libertador Simón Bolívar y definen como principios y valores socialistas: la participación democrática y protagónica, interés colectivo, complementariedad, diversidad cultural, defensa de los derechos humanos, solidaridad, transparencia, honestidad, eficacia, eficiencia, efectividad, universalidad, rendición de cuentas, etc.….

1.2- Los 5 proyectos se orientan al desarrollo y fortalecimiento del Poder Popular, este Poder Popular busca expresamente la formación de las formas de autogobierno a través de la participación ciudadana; y con el sistema de planificación pública se persigue transformar el país a través de la distribución justa de riquezas, edificando un nuevo estado a través de las Comunas, bajo un sistema económico particular.

1.3- Los 5 proyectos se desarrollan y alimentan la organización territorial en consejos comunales y comunas, centrando en los Consejos Comunales la participación directa en sus asambleas para la elección de representantes a las otras instancias del poder popular y aparecen como actores las organizaciones socio productivas, que tendrán siempre una representación elegida de sus propias organizaciones en las instancias del poder popular.

1.4- Cuando el proyecto de ley del poder popular me habla de comunidad organizada, es el mismo concepto restrictivo que existe en la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno y su reglamento, por lo tanto todos los demás proyectos que se desarrollan en el marco de este Poder tienen una orientación excluyente y muy selectiva de participación ciudadana.

2.- SOBRE EL PROYECTO DE LEY DEL PODER POPULAR:

El proyecto de ley del Poder Popular viene a ser el instrumento legal que quiere ser el acta de nacimiento del 6 poder en la división de los Poderes Públicos. El artículo 2 del proyecto nos indica que el Poder Popular es el ejercicio pleno de la soberanía por parte de los ciudadanos en todos los ámbitos de la vida en sociedad.

Pareciera que eliminan del título la Participación Ciudadana, pero igual, establecen que este Poder será el responsable de impulsar la organización del pueblo para promover la participación a través de: iniciativa popular, ejercicio de la gestión social, asumiendo atribuciones y competencias de administración, prestación de servicios y ejecución de obras a través de la transferencia y mediante los autogobiernos, todo ello actuando coordinadamente con el Plan de Desarrollo Económico y Social, que al final se convierte en la “norma suprema” de todo el sistema del Estado Comunal.

La organización del poder popular es decir, el pueblo organizado en sus diversas formas, tiene a la luz del proyecto la finalidad de consolidar la democracia participativa y protagónica, impulsar el sistema económico comunal, ejercer la contraloría social y promover la supremacía de los intereses colectivos sobre los individuales.

¿Cuáles son sus instancias?

El Consejo Comunal, las Comunas y algo que se denomina los Sistemas de Agregación Comunal, regulados en el proyecto de ley de comunas.

Hay un capitulo que vincula este proyecto con los demás, y lo presenta como el esqueleto del Estado Comunal, ese capítulo se identifica como en el número III y se denomina Ámbitos del Poder Popular, e indican los autores del proyecto que son 5:

-Planificación de Políticas Públicas: En este ámbito el Poder Popular se asegura el cumplimiento del Plan de Desarrollo Económico y social de la Nación, el empleo de los recursos públicos en la coordinación y armonización de los planes, programas y proyectos orientados a transformar el país. Artículo 16 que se vincula con el Consejo Federal de Gobierno y su baremo y con el proyecto de ley de planificación pública.

-Economía Comunal: En este ámbito le permite a las Comunidades organizadas del Poder Popular constituir entidades económicas financieras, medios de producción, distribución, intercambio y consumo de bienes y servicios; saberes y conocimientos, desarrollados bajo formas de propiedad social comunal. Pareciera que me habla en este aspecto del derecho de propiedad intelectual colectivo, proyecto que en el SAPI promovió Samán. Este artículo tiene que ver con el proyecto de ley de economía comunal.

-Contraloría Social: Permite este ámbito la actuación del Poder Popular el ejercicio de la supervisión, vigilancia, acompañamiento y control sobre la gestión del Poder Público.

-Ordenación y Gestión del Territorio: Permite la participación a través de voceros (participación indirecta) de cada comunidad en distintas actividades del proceso de ordenación y gestión del territorio.

-Justicia Comunal: Es la actuación del Poder Popular a través de medios alternativos de justicia. Y prevé una Jurisdicción Especial Comunal regulada por ley futura. Esta Justicia Comunal está prevista en la Ley de Comunas.

Como se puede apreciar, si hablamos de un rompecabezas el proyecto de ley del Poder Popular es el marco de ese rompecabezas y las leyes por ser aprobadas son sus piezas. En conclusión lo que se aprobó en primera instancia en diciembre 2009 como Ley de Participación Ciudadana y Poder Popular, se modificó sólo se titula Poder Popular pero mantiene normas que buscan regular la participación ciudadana.

3.- SOBRE EL PROYECTO DE LEY DE COMUNAS

Esta ley plantea varios cambios:

3.1- El parlamento comunal aparece con integrantes, antes era una instancia que se expresaba con la activación de las distintas asambleas de ciudadanos, ahora se plantea como la instancia en la cual representantes de los Consejos Comunales, Organizaciones Socio productivas y del propio Banco de la Comuna tendrán la competencia de legislar y aprobar el Plan Comunal de Desarrollo.

Forma de elección un vocero por cada Consejo Comunal, otro por las organizaciones de socio productivas y otro vocero por el Banco de la Comuna. La elección queda en manos de la Asamblea de Ciudadanos del Consejo Comunal.

3.2.- Crea un Consejo Ejecutivo, que en el proyecto original era el Comité de Coordinación, pero mantiene en ese Consejo Ejecutivo 3 voceros como representantes legales de las Comunas, elegidos 2 por el Parlamento Comunal y 2 por las organizaciones socios productivos ante el Parlamento Comunal. Una especie de sistema de gobierno parlamentario pero en el ámbito comunal.

3.3- Crea el consejo de economía comunal, como instancia para el desarrollo económico de la Comuna y con integrantes que serán electos por los Comités de Economía Comunal de los Consejos Comunales, figuras éstas que además están definidas en el proyecto de ley del sistema económico comunal.

3.4- Crea un consejo de contraloría comunal. 5 voceros lo integrarán y serán elegidos por las unidades de contraloría social de los Consejos Comunales.

3.5- Crea una figura que denominan Sistema de Agregación Comunal, que el proyecto de ley del poder popular identifica como una instancia de este Poder. Y que son sistemas comunales de agregación entre sí, con el propósito de articularse en el ejercicio del autogobierno para fortalecer la capacidad de acción sobre aspectos territoriales, políticos, económicos, sociales, etc… ¿Cuáles son estos sistemas?: Ciudad Comunal, Comuna, Consejo Comunal, Federación y Confederación Comunal.

3.6- No me exige el certificado del Ministerio con competencia comunal, pero si me habla ahora de un órgano facilitador y de una Comuna con personalidad jurídica, pero entonces me obvia quién le otorga tal personalidad. En el proyecto de primera discusión decía que era el Ministerio quien otorgaba un certificado, eso se obvió en este segundo, quedando en manos de los lineamientos que debe dictar el Ministerio al final la definición de quién es el órgano facilitador que menciona los artículos 10 y 11 del proyecto

4.- SOBRE EL PROYECTO SISTEMA ECONOMICO COMUNAL:

4.1- Realmente mantiene las figuras de la Moneda Comunal, Trueques, distintas modalidades de empresas (propiedad social directa, propiedad social indirecta, productiva familiar), mantiene el Sistema de Intercambio Solidario, figuras que ya estaban creadas en el Decreto Ley de Promoción de la Economía Popular.

4.2.- Crea entre sus definiciones las figuras de los Consejos de Economía Comunal y del Comité de Economía Comunal, que aparecen en la ley de Comunas.

4.3.- Incorpora capítulos que no existían en el Decreto Ley

Capítulo VI Del régimen socio productivos de grupos vulnerables y pueblos indígenas.

Capítulo VII De la Red de Comercio Justo y Suministro Socialista. Crea Unidades de Suministro Socialista del Estado.

Capítulo VIII Del intercambio comercial internacional, que promueve el acceso a las organizaciones socio productivas a intercambio en el ALBA en el Caribe.

4.4- Crea una sección II del capítulo III, que regula la autoría intelectual en la producción comunal, su registro y aprovechamiento.

5.- SOBRE EL PROYECTO DE LEY DE PLANIFICACIÓN PÚBLICA Y POPULAR:

5.1.- Crea el Sistema Nacional de Planificación integrado por: Consejo Federal de Gobierno; Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas; Consejos Locales de Planificación Pública; Consejos de Planificación Comunal y Consejos Comunales.

5.2.- Crea los distintos Planes según los niveles políticos territoriales: Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social de la Nación; Plan de Desarrollo Regional; Plan de Desarrollo Estadal; Plan Municipal de Desarrollo; Plan Comunal de Desarrollo; Plan Comunitario; Planes estratégicos de los órganos del Poder Público; Planes sectoriales y otros planes que sean necesarios.

5.3.- Crea los planes operativos: Nacional, Estadal, Municipal, Comunal y de los Órganos y Entes del Poder Público, no habla de planes operativos regionales.

5.4.- Otorga a la Comisión Central de Planificación en su artículo 16 la coordinación con las distintas instancias del Sistema Nacional de Panificación del seguimiento y evolución de lineamientos estratégicos, políticas y planes según el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación. Precisamente el Sistema Nacional tiene como finalidad buscar el logro de los objetivos estratégicos del desarrollo económico y social de la Nación, según el artículo 4 por lo tanto vincula a cada entidad político territorial al Plan Nacional a través de estas estructuras que integran el Plan.

6.- SOBRE EL PROYECTO DE LEY CONTRALORIA SOCIAL:

Es el proyecto que menos impacto tiene entre los 5 que están en la lista para su aprobación, llama la atención varias cosas:

6.1- Existiendo un Sistema Nacional de Control Fiscal, en el que el ciudadano es Parte del mismo, no hay relación entre ese Sistema y este mecanismo de participación ciudadana.

6.2- Cuando habla de la formación ciudadana, exhorta al Ministerio de Educación crear programas basados en la doctrina de Simón Bolívar, valores y principios socialistas relativos al control social. Entre los fines previstos en el artículo 5 está también el impulso de programas y políticas educativas a niños, niñas y adolescentes de la ética socialista y de la doctrina de Bolívar.

lunes, 15 de noviembre de 2010

Voto directo y secreto corre riesgo de ser eliminado


Rumbo al comunismo
Yohana Marra / ymarra@diariolavoz.net / Twitter: @yohanamarra

La abogada tributarista y experta en Descentralización Fiscal, Adriana Vigilanza, asegura que la Ley de Comunas, analizada junto a la Ley de Consejos Comunales y la Ley Federal de Gobierno, revelan que el chavismo pretende conducir a Venezuela a vivir en un sistema comunista. “El trabajo será voluntario y no remunerado”, sostiene la experta

Los ciudadanos vamos a estar cien por ciento dedicados a la entidad pública sin sueldo, porque ellos dicen que el trabajo comunitario es voluntario. Por eso es que la Ley de Comunas nos llevará al comunismo, porque al final vas a trabajar por tú bienestar y para el del Estado, sin asignación de sueldo, pero te compensarán con la libreta de racionamiento para que vayas a buscar tus alimentos al Mercal, o lo que según el Gobierno sea el ‘consumo necesario’ o lo que uno merezca”.

Así lo aseguró la abogada tributarista Adriana Vigilanza, al analizar el contenido de la Ley de Consejos Comunales y el de la Ley de Comunas, siendo esta última la que Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), pretende sancionar en la Asamblea Nacional -si gana la mayoría absoluta en las venideras elecciones del 26 de septiembre-, en el próximo período constitucional, según lo han dejado saber dirigentes de esa tolda oficialista.

“Para el análisis de la Ley de Comunas, es necesario conocer la Ley de Consejos Comunales”, asegura Vigilanza, quien explica que ambas están profundamente relacionadas dado que las comunas se forman por tantos Consejos Comunales como quieran unirse.

El artículo 13 de la Ley de Consejos Comunales, reza que “El ejercicio de las funciones de los voceros y voceras del consejo comunal tendrá carácter voluntario y se desarrollará con espíritu unitario y compromiso con los intereses de la comunidad y de la Patria”.

Analiza la experta que “el artículo no dice ‘no remunerado’ pero cuando se refiere a que es de ‘carácter voluntario’ y ‘con espíritu unitario y compromisos con la comunidad’, se traduce así”.

El voto perderá valor
Otra de las razones que expone la abogada Vigilanza para explicar los “peligros que presentan para el país”, las leyes que pretende implementar el chavismo, es que se estaría atentando contra el derecho al voto universal, directo y secreto de los ciudadanos.

Para profundizar esta hipótesis, Vigilanza recordó el artículo 136 de la Propuesta de Reforma Constitucional hecha por el presidente, que fue derrotada electoralmente en el año 2007, el cual rezaba: “(…) el pueblo es el depositario de la soberanía y la ejerce directamente a través del Poder Popular. Este no nace del sufragio ni de elección alguna (…). El poder popular se expresa constituyendo las comunidades, las comunas y el autogobierno de las ciudades, a través de los consejos comunales (…) y otros entes que señale la ley”.

Para Vigilanza, “esto es una copia mala del artículo tres de la Constitución cubana, según el cual la soberanía reside en el pueblo, pero se ejerce por medio de las Asambleas del Poder Popular”, explicó la abogada.

Asimismo, citó un fragmento del artículo tres de la carta magna de la isla antillana, en el que se dice que “en la República de Cuba la soberanía reside en el pueblo, del cual emana todo el poder del Estado. Ese poder es ejercido directamente o por medio de las Asambleas del Poder Popular (…)".

Y es en este punto en el que la experta hace la conexión entre los distintos instrumentos legales: “Llama la atención que la expresión Poder Popular es utilizada 81 veces en la Constitución cubana y ninguna en la venezolana, pero sí se establece esa instancia en la Ley de Comunas y en la Ley de Consejos Comunales (…) que no nace del sufragio de todos, sino de unas Asambleas del Poder Popular, donde momentáneamente se votará por proyectos y leyes en las que únicamente podrán participar las personas que estén inscritas en el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV).

Para Vigilanza, esa estructura es idéntica a la que existe en Cuba, donde votan sólo los que están inscritos en el Partido Comunista, el único que permite la constitución de ese país.

Fidel: “socialismo es comunismo”
El ex presidente cubano, Fidel Castro, en declaraciones a los periodistas venezolanos Vanessa Davies, Walter Martínez y Andrés Izarra, dijo recientemente que a su juicio “el socialismo es comunismo, tal como lo definió el propio Marx, como comunista”.

En esta afirmación del líder cubano se basa la abogada Adriana Vigilanza para citar un fragmento del artículo cinco, del proyecto de Ley de Comunas y “convencerse aún más” de que este proyecto “está llevando al país a vivir en comunismo”. “Artículo 5: La Comuna es una entidad local socialista, constituida por iniciativa soberana del pueblo organizado, donde y a partir de la cual se edifica la sociedad socialista…”

Para Vigilanza, “estamos viendo claramente que las finalidades de la comuna es construir una sociedad socialista y que si no eres socialista no puedes elegir. También nos damos cuenta que este artículo nos dice que Venezuela ya no podría ser una sociedad demócrata cristiana o social demócrata, sino socialista y basándome en las declaraciones de Fidel me doy cuenta que vamos camino al comunismo”.

Del mismo modo, la experta alega que la “patria socialista”, no está dentro del marco de la Constitución Nacional “y por lo tanto es otra razón para catalogar este proyecto de ley como inconstitucional y comunista”.

Publicado por:
http://pdccopeicabimas.blogspot.com/2010/09/rumbo-al-comunismo-voto-directo-y.html

domingo, 7 de noviembre de 2010

El paquetazo de las leyes del Poder Popular


Editorial del Equipo Productor

La deslegitimada Asamblea Nacional comenzó la consulta popular del paquete de leyes orgánicas del Poder Popular, la orden presidencial es que a trocha y mocha este paquetazo de leyes debe ser aprobado antes del 4 de enero de 2011.

Ahora después de las elecciones del 26S, con una importante participación del 66% del padrón electoral, convocadas tres meses antes que inicien su mandato los nuevos Diputados electos, a sabiendas que a partir del 5 de enero las leyes orgánicas no podrán ser aprobadas por la nueva Asamblea Nacional, pues necesitarían del consenso entre oposición y oficialismo, el Presidente ha girado instrucciones muy precisas que se aprueben con carácter orgánico el paquete de leyes del Poder Popular.

Los proyectos de leyes que en este momento están en consulta pública (http://www.mpcomunas.gob.ve/#), ya aprobadas en primera discusión son:
• Ley Orgánica de Las Comunas
• Ley Orgánica del Poder Popular
• Ley Orgánica de Contraloría Social
• Ley Orgánica de la Economía Comunal
• Ley Orgánica de Planificación Pública

Reconocemos que de ellas únicamente hemos estudiado en profundidad la Ley Orgánica de Las Comunas, las siguientes tres leyes del Poder Popular, de Contraloría Social y de Economía Comunal, solo le hemos echado un vistazo por encima y de la de Planificación Pública no la hemos leído. Basado en el conocimiento que tenemos podemos afirmar sin lugar a dudas lo siguiente:

1. Todos los proyectos están destinados a la construcción del socialismo del siglo XXI.
2. Todos los proyectos son excluyentes a la mitad de los ciudadanos del país que no estamos de acuerdo con la construcción del socialismo del Siglo XXI.
3. Todos los proyectos de ley implican la profundización del centralismo como forma de gobierno.
4. Todos los proyectos de ley establecen una nueva manera de ejercer la soberanía popular a través del voto en segunda ó tercera instancia de representación de manera asamblearia, tendiendo a la eliminación del voto universal, directo y secreto.
5. Todos los proyectos de ley van orientados a la consolidación del nuevo modelo de geometría del poder e implican un reordenamiento de la nación desde el punto de vista político territorial, por cuanto le quitan atribuciones y recursos a gobernaciones y alcaldías.

Estas leyes en conjunto con la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno y su reglamento, sentarán las bases para la consolidación del modelo comunista impulsado por el oficialismo, afianzarán en el poder el concepto del pensamiento único y del líder fundamental de la revolución que no es otro que “Micomandante Presidente” y ahogarán por falta de recursos a las gobernaciones y alcaldías opositoras e independientes, convirtiéndolas poco a poco en perfectos y bonitos jarrones chinos para ser expuestos a la comunidad internacional y vender la idea de un país plural y democrático.

Advertimos a la opinión pública que definitivamente es imposible paralizar el proceso de aprobación de este paquetazo de leyes, pero que es absolutamente necesario pronunciarnos en contra de ellas, manifestar su carácter inconstitucional, levantar los expedientes de la manera como fueron aprobadas y sustentar toda la información necesaria para la denuncia a nivel nacional e internacional.

Organización, protesta y denuncia debe ser la consigna, basta de atropellos, basta de imposición y autoritarismo… No te quedes callado!!!

Rumbo a la elecciones Municipales y al 2012!!!