domingo, 28 de abril de 2013

Luego de 27 años, sigue vigente la tarea de repensar al municipio.


Carlos Romero Mendoza 27 de abril de 2013
@carome31

En el año 1986, la Comisión Presidencial para la Reforma del Estado -COPRE- envió un documento sobre propuestas de reformas viables que el país requería para ese momento al entonces Presidente Jaime Lusinchi (1983-1988), en ese documento y particularmente sobre el tema del Municipio se señaló:

“El régimen municipal ha llegado a constituir una suerte de pesadilla en el proceso político venezolano.  A la par que la mayoría de los dirigentes políticos ha expresado la disposición de acometer la realización de los cambios necesarios, la opinión pública se siente confundida ante la falta de capacidad que se ha demostrado para instrumentar las reformas convenidas.  Frente a estas de expectativas es de suponer que el logro de las realizaciones concretas en la dirección indicada tendrá importantes efectos sobre la credibilidad de que se debe gozar el sistema político[1]”.

Para ese 1986 los problemas que atentaban contra el municipio era el excesivo centralismo que ejercía una creciente injerencia en los diversos aspectos de la vida local, generándose confusión en materia de su competencia y limitando claramente la autonomía municipal.  Además, la ineficiencia y el clientelismo se habían unido en las gestiones locales causando entonces un importante nivel de desinterés de los ciudadanos sobre los asuntos locales.

Las propuestas que la COPRE planteó en el año 1986 eran: -la creación de un sistema efectivo de transferencia de competencia y de recursos a nivel local; -la separación de poderes a nivel municipal; -la elección del Alcalde; -la incorporación de un sistema de méritos que permitiera una administración sana y eficiente; -la modernización del sistema tributario municipal; -el fortalecimiento del municipio como espacio para la participación ciudadana y preservación del ambiente; -la renovación del mandato a mitad del período Presidencial y por último, -un régimen de revocación del mandato a los concejales.

En 1998 la COPRE presenta su balance de gestión por el período 1994 y 1998, en el mismo cuando se aborda el tema municipal, planteó la necesidad de revisar la Ley Orgánica del Régimen Municipal de 1989, pero no para modificar uno u otro artículo, como entonces se estaba sugiriendo por algunos sectores, sino que por el contrario, planteó una reforma que resultara de la necesaria tarea de “repensar el municipio”.

La tarea de "repensar al municipio" significaba superar el modelo que se implantó en 1978 bajo el cual el municipio era “una entidad territorial aislada de su contorno, que en el mejor de los casos realizan tales o cuales tareas, prestan tales o cuales servicios, recaban tales o cuales impuestos o generan tales o cuales ingresos”; para la COPRE el municipio debía asumirse como un factor dinamizador “del desarrollo político, social y económico de la comunidad, adecuándolos, integrándolos y coordinándolos coherente y definitivamente al proceso de descentralización en el que se ignoró la existencia de los municipios.[2]

Tanto en el escrito de 1986, como en el documento publicado en el año 1998, las propuestas realizadas por la COPRE tenían como finalidad impulsar, promover y desarrollar un Municipio que realmente expresara o concretara su rol como unidad política primaria y autónoma más cercana al ciudadano.  

Han pasado más de 25 años y no cabe duda que sigue vigente la tarea de “repensar al municipio” para hacerlo más protagonista del desarrollo integral de la nación, desde lo local y como actor de la descentralización.

La Constitución de 1999 introduce importantes cambios orientados a resaltar el rol del Municipio en la estructura del Estado Venezolano, desde el punto de vista político empieza a hablarse de Poder Público Municipal; al describir la organización política-territorial del Estado marca una importante diferencia entre los estados, dependencias federales, distrito capital, con los municipios, pues lo distingue como la expresión política territorial como se organiza el territorio nacional; además de ello introduce al Consejo Local de Planificación Pública como instancia para el debate y el diálogo gobierno-ciudadanos en relación a la planificación del desarrollo local.

Es en el año 2005 se reforma la Ley Orgánica del Régimen Municipal de 1989 y se aprueba una Ley Orgánica del Poder Público Municipal que adecua el diseño municipal a la Constitución de 1999.  Se pensó que esas reformas impulsarían el desarrollo del municipio, pero la realidad ha demostrado otra cosa. 

El centralismo y el clientelismo traducido en un diseño de Estado Comunal, ha venido “expropiando” al municipio como la unidad política primaria y autónoma.   

La indiferencia ciudadana por los asuntos locales, identificada ya en el año 1986, y el vacío que dejó el no haber profundizado de la descentralización, más allá de las reformas estrictamente electorales, facilitó el camino para que el diseño de transformación del Estado desde lo local se impulsara bajo los lineamientos que el entonces Presidente Chávez impuso vía el plan conocido como “Un Salto Adelante” del año 2004.

Desde 1986 y hasta el 2013, han pasado 27 años exactamente, hoy está más vigente que nunca la tarea de “repensar al municipio”, pero a diferencia de 1986 y de 1998, la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, nos presenta un diseño de municipio con muchos elementos favorables para esta tarea pendiente.  

La imposibilidad de cumplir la constitución con la convocatoria de elecciones locales, ha sido una clara expresión del desinterés en el municipio y el gran reto de los partidos políticos, dirigentes, candidatos y ciudadanos en general, es precisamente plantearle al país un municipio que recupere su rol protagónico en el desarrollo integral de la Nación y que permita recuperar el diseño constitucional del Estado que se propuso por voluntad popular en la Constitución de 1999.


[1] Comisión Presidencial para la Reforma del Estado.  Propuesta para reformas políticas inmediatas.  En: Reformas para el Cambio Político.  Volumen 3 Caracas 1993.  1986.  Pp 35-47.
[2] Comisión Presidencial para la Reforma del Estado.  Contribuciones a la descenralización.  En:  COPRE 1994-1998 Balance y Legado.  Caracas 1999.  P. 109.


Carlos Romero Mendoza.
@carome31

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