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miércoles, 25 de junio de 2014

El recurso de nulidad contra la Ley Orgánica de Las Comunas fue declarado cerrado por “Pérdida del interés procesal”, @kiko2004


Mensaje directo a @GerardoBlyde

Por José Sierra, 25/06/2014

La Ley Orgánica de Las Comunas fue aprobada por la Asamblea Nacional en Diciembre de 2010 y publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria 6.011 el 21 de Diciembre de ese mismo año. En esa oportunidad en la Asamblea Nacional el Oficialismo tenía muchos mas de los 110 votos necesarios para aprobar Leyes Orgánicas. Recuerdo perfectamente todo el trabajo que realizamos muchos vecinos para dar a conocer el contenido y lo peligroso de esta Ley Orgánica.

En nuestro caso y en conjunto con un grupo de abogados, todos de manera voluntaria, logramos realizar mas de 18 Asambleas en la Gran Caracas, con asistencia de miles de personas que escucharon de primera mano las consecuencias de esta Ley y sus implicaciones para la República, enmarcada dentro de los lineamientos de las Leyes del Poder Popular y el establecimiento del Estado Comunal.

Recuerdo perfectamente que el Alcalde Gerardo Blyde asumió las banderas de la Defensa de la Democracia (entre otros) y realizo una extensa campaña contra la Ley Orgánica de Las Comunas que culmino con la introducción de un Recurso de Nulidad ante el TSJ el 20 de Julio de 2011. Incluso hace apenas tres semanas en fecha 4 de Junio de 2014, en una Asamblea realizada en Parque Morichal con la Red de Consejos Comunales de Baruta (en formación), con presencia del Alcalde, nos increpó y reclamó que muy pocas personas se habían adherido a este recurso de nulidad.

Pues bien resulta que el recurso de nulidad fue declarado improcedente, una vez admitido por la Sala Constitucional, por “PERDIDA DE INTERES PROCESAL Y ABANDONO DEL TRAMITE” esta decisión la pueden leer en el siguiente enlace:

¿Qué significa “pérdida de interés procesal y abandono del trámite”? pues significa que los autores del Recurso de Nulidad no interpusieron ninguna diligencia por mas de un año ante el TSJ y en consecuencia nuestra afable Ex Presidenta de la Sala Constitucional Luisa Estela Morales Lamuño (ponente designado del caso) cerró la causa.

Importante aclarar que no esperábamos una decisión favorable al Recurso de Nulidad, pero hubiera sido muy importante que la Sala Constitucional (que debería llamarse Sala Inconstitucional) hubiera decidido en contra del Recurso alegando cualquier barbaridad que se le hubiese ocurrido a Luisa Estela, pues sentaba otro precedente en contra de los poderes constituidos y su parcialidad a favor del régimen rojo.

Quisiéramos que el Alcalde Blyde nos explicara por qué la falta de interés procesal y abandono del trámite de su equipo, en especial de la Sindico Municipal de Baruta Ery Marcano Valero y de la Abogada Michelle King Aldrey que demuestran una absoluta falta de responsabilidad en este caso.

Menos mal que fueron muy pocos ciudadanos los que se adhirieron a esta causa, no por falta de interés sino por falta de organización y motivación, pues no es suficiente con llamar a adherirse, sino que hace falta generar la coordinación y los recursos de movilización para que se logre.


¿Será que el Alcalde Blyde no está informado de esta decisión de fecha 29 de Octubre de 2013?, dejamos a nuestros lectores sacar sus propias conclusiones, en especial a los electores de Baruta…

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