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jueves, 31 de diciembre de 2015

Fin a la dictadura comunicacional (¡abajo las cadenas!) por @graumariamparo


Por María Amparo Grau


El recientemente electo presidente de Argentina ha ordenado la suspensión del canal Senado TV. En el mismo sentido, el presidente ha decidido revisar la participación de este país en Telesur. El ministro de Medios y Contenidos Públicos, Hernán Lombardi, ha indicado que “se hará un nuevo manual de estilo de los medios públicos, para recuperar sus objetivos, que estuvieron adormecidos detrás de la propaganda”.


Es en efecto una grave desviación del poder el uso de los medios de comunicación social como instrumento de propaganda, bien de una ideología, bien de supuestas ejecutorias, maquillando logros y promoviendo la imagen, aun a costa de distorsionar la realidad, practicar la censura e impedir la comunicación plural, que es un derecho de los usuarios del servicio. Eso ocurre en Venezuela no solo mediante la proliferación de los medios públicos, la persecución y presión a los privados y el uso abusivo de los espacios de radio y televisión a través de las cadenas, instrumento proscrito en el Estado de derecho.

Esta suerte de dictadura comunicacional que se ha instalado en Venezuela es consecuencia de una práctica autoritaria. La propaganda en dictadura se caracteriza por el uso de los elementos técnicos –TV, radio, Internet, prensa escrita, etc.– para gobernar las mentes ajenas, imponiendo la percepción de la realidad de la voluntad de quienes manejan los hilos del poder, e impidiendo el libre pensamiento al sólo permitir el conocimiento del  modelo totalitario.

La televisión pública en democracia se entiende de forma totalmente contraria, es un servicio de interés general prestado en régimen de concurrencia y ese interés general viene dado por el rol del Estado como garante de una comunicación plural y por ende con objetivos programáticos de interés general (cultural, informativo, deportivo, etc). Los medios de comunicación pública deben ser independientes del poder político, por eso se estructuran en base a organizaciones autónomas, para evitar la distorsión de la información y de los contenidos programáticos, que son controlados de forma directa por el público usuario.

En Venezuela existen aproximadamente 100 canales de televisión a nivel regional y nacional, pero en el ámbito nacional sólo cuatro de ellos son privados: Venevisión, Televen, Meridiano TV y Globovisión. Destacan en este período ocho canales públicos: VTV, Vive,  Telesur, ANTV, Tves, Vale TV, TV FANB y Pdvsa TV. En el año 2007, a Radio Caracas Televisión (RCTV), uno de los operadores de televisión nacional privada más importantes en Venezuela, no le fue renovada la concesión por motivos estrictamente políticos, lo que determinó el cierre del canal, que ahora es transmitido por señal abierta como RCTV Internacional.

A esta disparidad numérica se une la circunstancia de que el Estado venezolano ha implementado una serie de restricciones a los operadores de radio y televisión nacional o regional, así como extranjeros privados (caso de los operadores de señal abierta y por suscripción como DirecTV). Estas medidas se concretan principalmente a través de la Ley de Responsabilidad Social de Radio y Televisión, la cual obliga a los operadores a transmitir material con supuesto contenido de interés público social, que en verdad es pura propaganda oficial, limitando la publicidad que podrán transmitir a las condiciones expresadas en la Ley y en la providencia sobre las normas técnicas y condiciones de prestación de los servicios de radio y televisión.

Adicionalmente, y respecto de los contenidos y pluralidad y libre competencia debe destacarse que se imponen a la televisión privada la obligación de realizar transmisiones oficiales en cadena. El uso abusivo de las cadenas y la proliferación de programas por autoridades y miembros activos del partido de gobierno, muchos de ellos ni siquiera con formación en el área de la comunicación social, así como la creación de canales de información controlados por la autoridad en materia parlamentaria y otros temas gubernamentales, todo ello en detrimento de la información real y plural, violándose un derecho humano que en la modernidad tiene una importancia fundamental.

Entre este régimen de distorsión de los medios públicos, no como instrumentos de información sino medios de propaganda y el control y disminución de la iniciativa privada en las telecomunicaciones, , la aplicación de medidas administrativas y judiciales respecto de los medios, sus propietarios y funcionarios, editores y periodistas, por el hecho de la posición que en ellos ocupan o de sus opiniones, no deja duda de la existencia de una dictadura comunicacional en Venezuela.

El artículo 58 de la Constitución contempla el derecho a la información oportuna, veraz e imparcial y sin censura. El artículo 57, por su parte, establece la libertad de expresión de los pensamientos, ideas u opiniones, de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecerse censura.

Se prohíbe la censura y la intolerancia religiosa. Aunque  no se mencione, también la intolerancia está proscrita en lo político, cultural, social y económico, es decir, en todos los ámbitos del actuar humano. El artículo 22 de la Constitución dispone que la enunciación de los derechos y garantías contenidos en la Constitución e instrumentos internacionales no debe entenderse como negación de otros que, siendo inherentes a la persona, no figuren expresamente en ellos.  El derecho humano a la tolerancia de ideas, opiniones, expresiones distintas es parte de esa gama de derechos inherentes a la persona, y que como tal debe ser garantizado por el Estado.

El Estado en Venezuela, por el contrario practica, promueve y enfatiza la intolerancia, y el uso de los medios de comunicación social ha sido un mecanismo para ello. Una de las labores esenciales de una Asamblea plural es devolver la pluralidad a la comunicación social en Venezuela, desde poner fin a la exclusiva oficial de las transmisiones parlamentarias, como ya se ha anunciado, hasta la reforma de las leyes de la materia para garantizar la iniciativa privada en materia de comunicaciones, la menor incidencia del poder en los contenidos comunicacionales, y una empresa pública en el ámbito de las comunicaciones la que sea esencial, y que cuente con una absoluta independencia frente al poder político, a manera de garantizar la información real y plural en beneficio del derecho de todos los usuarios y del control social de las instancias de poder.

30-12-15




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