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miércoles, 8 de agosto de 2012

EL MERCOSUR COMO ARMA POLÍTICA


Escrito por EMILIO CÁRDENAS el Aug 2nd, 2012

La ilegal suspensión de Paraguay como Estado Parte del Mercosur ha dejado claramente a la vista lo que un eventual ingreso de Venezuela a esa organización significará: su desnaturalización. Así lo entiende -con razón- uno de los hombres más destacados y respetados de la diplomacia brasileña: Luiz Felipe Lampreia. Con él coinciden también el vicepresidente de Uruguay, Danilo Astori, y hasta el canciller, Luis Almagro, desairado por su presidente, José Mujica.

Coincido plenamente con Luiz Felipe Lampreia en el sentido de que, en Paraguay, la remoción legislativa del ex presidente Fernando Lugo fue “compatible con la Constitución” de ese país. También por eso el comunicado oficial de la Cancillería de Brasil aclara que ese país votó a favor de suspender a Paraguay sólo porque se había lastimado el derecho de defensa de Lugo, esto es, porque hubo una violación del “debido proceso legal”. De golpe de Estado, ni una palabra. Para Brasil, no lo hubo. Es oficial. La posición de Brasil es, no obstante, hipócrita, atento a que es público y notorio que Argentina -que ni cumple los laudos arbitrales de los tribunales del Mercosur ni acata siquiera los fallos de su propia Suprema Corte- no puede tirar ninguna primera piedra a nadie. Pese a lo cual, no ha recibido hasta ahora ni las más mínima advertencia de sus pares por su desafiante posición incumplidora.

La decisión de suspender a Paraguay (tanto la del Mercosur, como la de Unasur) es ilegal. En el caso del Mercosur, porque sencillamente su Tratado Constitutivo, en su artículo 20, aclara expresamente que la aprobación de las solicitudes de ingreso de terceros Estados debe ser objeto de “decisión unánime de los Estados Partes”. De todos y cada uno de ellos. La cuestión de la pertenencia a la organización, por su naturaleza, que podría definirse como intuitu personae, supone que no se puede excluir mañosamente a ningún Estado de ese derecho esencial, nada menos que el de elegir a sus socios. Además, un Estado suspendido sigue siendo Estado Parte del Mercosur, pese a la suspensión. En el caso de Unasur, peor: porque increíblemente se utilizó contra Paraguay un instrumento (el llamado Protocolo de Ushuaia) que para ese país simplemente no era vinculante, desde que no lo había ratificado.

Por esto Lampreia tiene razón cuando, con amargura que compartimos, concluye: “El Mercosur ya no funciona como mecanismo de integración sino que, por el contrario, se ha transformado en un mecanismo político orientado sólo por razones ideológicas dictadas por los presidentes de Venezuela y Argentina, básicamente, y hasta cierto punto por Brasil”. Lo que es gravísimo.

Hay, sin embargo, hay razones adicionales que permiten calificar lo sucedido en Mendoza de ilegal. Para empezar, no se escuchó a Paraguay, país que entonces no se pudo defender. La arrogancia cínica de ese proceder es inexcusable.

Cabe asimismo puntualizar que la suspensión dispuesta de los derechos y obligaciones de Paraguay en el Mercosur se limita sólo a -según el artículo 72 (a) de la Convención de Viena de 1969- los derechos y obligaciones que tienen que ver “con las relaciones mutuas” entre los Estados Parte, no respecto de terceros, como es el caso de Venezuela. Así lo confirma -con enorme autoridad- Paul Reuter, en su Introduction au Droit des Traités, (1995). Hay que agregar que el procedimiento utilizado en el Mercosur violó asimismo el artículo 65 de esa convención, que dispone que la parte contra la que se pretende suspender los derechos y obligaciones bajo un tratado debe disponer de, por lo menos, tres meses para dar sus razones y hacer sus observaciones.

Para defenderse, entonces.

Sin embargo, lo más grave de lo sucedido es que la acción conjunta de Venezuela y Argentina presionando a Uruguay -sumada a la lamentable actitud complaciente de todos los demás socios de Mercosur y Unasur- pudo hasta haber puesto en riesgo cierto la paz y seguridad de nuestra región.

A esto hay que sumar el pisoteo del principio tradicional de nuestra región de “no intervención en los asuntos internos de otros Estados”, que ha comenzado a ser reemplazado por una suerte de “derecho a la injerencia”. Así lo confirma la inaceptable actuación personal del canciller venezolano en Asunción, mientras se sustanciaba el juicio político, en procura de obtener la intervención de las Fuerzas Armadas paraguayas que no ha sido reprobada, salvo por el propio Paraguay.

En una obra reciente, el socialista francés Hubert Védrine (Dans la Mêlée Mondiale, 2012) recuerda que ese pretendido derecho nació en su momento como un instrumento colonialista francés.

En nuestro caso no se trataba de proteger a poblaciones en riesgo de genocidio, ni de crímenes de guerra, ni de un caso de limpieza étnica ni de crímenes contra la humanidad. Se estaba frente a un juicio político -criticable ciertamente- contra un presidente del mismo sesgo ideológico que Hugo Chávez y Cristina Fernández. Por esto es grave el nivel de desprecio al derecho internacional con el que se posibilitó la suspensión de Paraguay.

La conducta de Argentina y Venezuela en esta instancia, teniendo en cuenta los conocidos parámetros de sus respectivas políticas exteriores, no es sorpresiva. Pero que Brasil, con sus crecientes ambiciones de ser considerado como una potencia mundial, los haya acompañado en esto es sorpresivo por las profundas implicaciones jurídicas que lo sucedido proyecta sobre las pautas de su conducta exterior.

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