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viernes, 22 de septiembre de 2017

¿Podría “legitimarse” a la “ANC”? por @ignandez


Por José Ignacio Hernández G.


Luego de la reunión exploratoria para iniciar el proceso de negociación entre el Gobierno y la oposición democrática venezolana, se generó un debate en torno a la posibilidad de que tal negociación “legitime” a la Asamblea Nacional Constituyente. Muy en especial luego de que el expresidente de República Dominicana, Leonel Fernández, afirmó que “la reconciliación en Venezuela puede avanzar si la coalición de partidos opositores, Mesa de la Unidad Democrática (MUD), reconoce a la ilegítima Asamblea Nacional Constituyente”.

¿Es posible legitimar o reconocer a la “ANC”? ¿Pueden las negociaciones políticas o las elecciones regionales legitimar la “ANC”?
1. Precisando conceptos

 Lo primero que debo hacer es tratar de aclarar los verbos “legitimar” y “reconocer”.

Ambas expresiones pueden ser tenidas como sinónimos. Así, la “legitimación” se refiere al origen democrático y constitucional de determinada institución. Ese origen pasa por que la institución sea reconocida como una institución legítima, lo que implica —entre otras muchas consecuencias— que sus decisiones son vinculantes. Nótese entonces que el “reconocimiento” es una característica de las instituciones legítimas: se reconocen las instituciones en tanto son legítimas, y se desconocen en tanto son ilegítimas.
¿Quién puede entonces reconocer o declarar que las instituciones son legítimas? En una democracia constitucional, solo el pueblo en el marco de la Constitución puede darle legitimidad a las instituciones. Esto último es muy importante. Hoy en día hay consenso en entender que la democracia no es solo la expresión de la voluntad del pueblo, pues es necesario además que esa expresión se realice en el marco de la Constitución. En definitiva, ningún poder es ilimitado, ni siquiera el poder de la soberanía popular.

2. ¿Quién puede reconocer a la “ANC” como una institución legítima?

De acuerdo con lo anterior, solo el pueblo de Venezuela —titular de la soberanía— podría reconocer a la “ANC” como una institución legítima, siempre y cuando la “ANC” actúe en el marco de la Constitución.
Sin embargo, la “ANC” es consecuencia de un fraude a la Constitución, a través del cual se usurpó la soberanía popular a través de un régimen dictatorial. Este vicio es tan grave que nada ni nadie podría acomodarlo: la autoridad que surge de una usurpación siempre será autoridad usurpada.
¿Podría el pueblo de Venezuela, en un referendo, legitimar la “ANC”? La respuesta a esta pregunta es compleja. Alguien podrá decir que sí podría, pues el pueblo, como soberano, puede legitimar a cualquier institución. Otros dirán que no, pues el pueblo solo puede expresarse sobre materias que son constitucionales.
Me inclino por la segunda interpretación. Ni siquiera el pueblo podría legitimar a la “ANC”, pues ésta nació de una usurpación a la Constitución. Incluso, ya el pueblo ha expresado su desconocimiento a la “ANC”: lo hizo por medio de la Asamblea Nacional y lo hizo de manera directa en la consulta del 16 de julio.
4. ¿Un matrimonio imposible?

 Lo anterior permite explicar por qué, desde un punto de vista constitucional, la “ANC” no puede “convivir” con la Asamblea Nacional, y por qué ésta no puede “reconocer” a la “ANC”.

En efecto, la “ANC” carece de legitimidad de origen, algo que ni siquiera la Asamblea Nacional podría remediar. Además, la “ANC” fue creada como un poder absoluto e ilimitado, que según sus propios Decretos Constituyentes, controla a todos los Poderes, incluyendo a la Asamblea Nacional.
Esto quiere decir que, en realidad, ha sido la “ANC” quien ha desconocido a la Asamblea Nacional.
Como alternativa, podría plantearse la convivencia entre la “ANC” y la Asamblea Nacional bajo dos condiciones: (i) que la “ANC” se limite a aprobar una nueva Constitución que debe ser aprobada en referendo, renunciando por ello a ejercer sus “súper-poderes”, y que (ii) la Asamblea Nacional sea rehabilitada en su condición de legítimo representante de los venezolanos, para que sea ella quien lidere el proceso de transición hacia la democracia.

Políticamente esto supondría un avance importante, pues la “ANC” dejaría de actuar como un gobierno de facto. Pero queda el problema de la ilegitimidad de la “ANC”, incluso, para discutir una nueva Constitución.
5. ¿Y las regionales?

 Participar— o no participar— en las regionales nada tiene que ver con la “legitimidad” de la “ANC”. Por el contrario, las regionales son unas elecciones que deben realizarse en el marco de la Constitución, cuya protección y rescate fue uno de los puntos aprobados en la consulta popular del 16 de julio.

Por ello, si algo puede legitimarse con la participación popular en las elecciones regionales es precisamente la Constitución. Ello, a pesar de que no existen condiciones que garantices que esas elecciones serán libres y transparentes.
6. ¿Puede la negociación política reconocer a la “ANC”?

 El solo anuncio de reuniones exploratorias para una negociación entre el gobierno, la “ANC” y la oposición democrática, ha sido considerado por algunos como un reconocimiento de la “ANC”.
¿Negociar con la “ANC” no implica reconocer su existencia?
Vayamos por partes. La “ANC” no existe como una institución jurídica democrática, pero sí existe como un órgano de facto. Desconocer la “ANC” no puede llevarse al extremo de negar su existencia, lo que es un hecho real. La “ANC” existe, sin duda. Como un poderde facto, pero poder al fin.

Por ello, negociar con la “ANC” las condiciones para el restablecimiento de la Constitución no implica reconocer jurídicamente a ese órgano. Por el contrario —como aclaró la MUD— toda negociación con la “ANC” parte de desconocer a ese órgano como una institución legítima. Ni en el comunicado de la MUD, ni en las declaraciones del Presidente de la Asamblea Nacional, se ha asomado que la oposición democrática podría reconocer a la “ANC”. Se insiste, más bien, en lo contrario, esto es, en defender el restablecimiento de la Constitución, cuya vigencia ha sido afectada, precisamente, por la “ANC”.

Con lo cual, negociar con la “ANC” no legitima a ese órgano. Todo lo contrario: la negociación podría justificarse por cuanto ese órgano es ilegítimo.
7. ¿Y por qué negociar?

 Quedaría una última pregunta: ¿por qué hay que negociar la normalización constitucional del país? Hay varias razones que podrían justificar tal negociación, desde un punto de vista constitucional.

Lo primero, es que la comunidad internacional —que ejerce, hoy día, un rol fundamental en la crisis venezolana— ha insistido en una solución negociada. Emmanuel Macron, por ejemplo, ha insistido en promover negociaciones. Una estrategia acertada de la oposición democrática debe ser plantear condiciones mínimas para la negociación —orientadas a la normalización constitucional del país— para que sea el gobierno, o más bien, el régimen de la “ANC”, quien rechace esas condiciones. Esto evidenciaría frente a la comunidad internacional que no hay voluntad política del régimen para contribuir al restablecimiento de la Constitución, lo que podría justificar nuevas medidas orientadas a crear incentivos para promover ese restablecimiento.

Lo segundo, rechazar toda negociación, es apoyar una salida exclusiva por la fuerza. Esto es, derrocar al gobierno y al régimen dictatorial de la “ANC” solamente con el uso de la fuerza, lo que difícilmente conduciría al restablecimiento de la Constitución.
En tercer lugar, la negociación luce como el mejor camino para promover la normalización constitucional hacia la consolidación de un gobierno democrático estable, o como se dijo en la consulta del 16 de julio, un gobierno de unidad nacional. Debo aquí recordar, por cierto, que en ninguno de los puntos de esa consulta se prohibió promover negociaciones políticas, en el entendido de que el cumplimiento de esos puntos puede ser consecuencia, precisamente, de tales negociaciones.
En cuarto y último lugar, la experiencia demuestra que los procesos de transición democrática pasan siempre por negociaciones. A veces esos procesos inician con negociaciones. En otros casos la negociación aparece al final de la crisis política de los regímenes dictatoriales. No está de más recordar que, entre sus muchos significados, la Constitución puede ser entendida como un pacto político, producto precisamente, de negociaciones.
En el caso venezolano hay además una particularidad que puede ser una ventaja: la oposición democrática controla a la Asamblea Nacional, que carece de poder jurídico pero tiene sobrada legitimación democrática para ordenar —y liderar— el proceso de transición en Venezuela hacia una democracia constitucional, tal y como es reconocida por la comunidad internacional.
21-09-17




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