Héctor Faúndez Ledesma 11 de noviembre de 2023
Faltando
menos de 6 meses para que venza el plazo que tiene Venezuela para presentar su
contramemoria en el caso de la demanda incoada por Guyana ante la Corte
Internacional de Justicia, el Consejo Nacional Electoral aprobó la realización
de un referéndum consultivo, supuestamente “en defensa de la Guayana Esequiba”,
el cual se realizará el 3 de diciembre próximo.
Asimismo,
el CNE aprobó las preguntas que se formularán a los electores en dicho
referéndum. Se trata de cinco preguntas largas y complejas, de naturaleza
eminentemente jurídica, formuladas de manera enmarañada, que siempre nos
remiten al Derecho Internacional, y que no se pueden responder simplemente con
un sí o un no.
Sin
perjuicio de que los sumisos y complacientes de siempre salgan a celebrarlo como
una genialidad, el sentido de la responsabilidad obliga a examinar esas
preguntas con seriedad, y a medir en qué forma contribuyen a salvaguardar el
interés nacional.
Guyana
ve este referéndum como un intento de anexión de una parte de lo que ella
considera su territorio. Los países del Caricom lo han entendido como una
amenaza del uso de la fuerza. Quien escribe estas líneas lo ve de manera
diferente. Veamos esas preguntas, acompañadas de lo que sería mi respuesta, y
de las consecuencias prácticas de un sí o un no respecto
de esta controversia que está en sede judicial.
1. ¿Está usted de acuerdo en rechazar por todos los medios conforme al Derecho, la línea impuesta fraudulentamente por el Laudo Arbitral de París de 1899, que pretende despojarnos de nuestra Guayana Esequiba?
Respuesta: Por
supuesto que sí. Eso es lo que está planteado en este momento en la Corte
Internacional de Justicia, que tendrá que pronunciarse sobre la nulidad o
validez del laudo, y que eventualmente tendrá que fijar la frontera terrestre
definitiva entre Guyana y Venezuela. A diferencia de la lectura del Caricom,
“rechazar por todos los medios” no debe entenderse como una amenaza del uso de
la fuerza, puesto que eso va seguido de la expresión “conforme a Derecho”.
El uso
de la fuerza armada –además de irresponsable– sería contrario al Derecho
Internacional, y sería rechazado por la comunidad internacional en su conjunto.
En la pregunta no hay tal insinuación, y esa aventura está descartada (o
debería de estarlo).
Parece
innecesario subrayar que por todos los medios “conforme al Derecho” incluye,
particularmente, la solución de esta controversia en una instancia judicial que
determine que el laudo es nulo.
Para
ese efecto, Venezuela tiene de plazo hasta el 8 de abril de 2024 para presentar
su contra memoria en el juicio actualmente pendiente en la Corte Internacional
de Justicia. Asumo que los abogados de Venezuela están trabajando en ese
documento, y en los argumentos de Venezuela para sostener que el laudo es nulo.
No haberlo hecho, o no estar trabajando en ello, en espera del resultado de
esta consulta, sería una irresponsabilidad que el país no les podrá perdonar.
La
cuestión es saber cuáles serán las consecuencias que el CNE, o los que mandan
en Venezuela, extraerán de la respuesta que los ciudadanos den a esta pregunta.
¿Cuál será la consecuencia de que gane el sí o el no? Si gana el sí, se estará
propiciando una salida legal, que pasa por lo que determine un Tribunal de
justicia independiente e imparcial. Si gana el no, no es evidente si se está
defendiendo la validez del laudo de París, o si se está sugiriendo el uso de
vías no legales –incluyendo el uso de la fuerza armada– para recuperar el
territorio en disputa.
- ¿Apoya el Acuerdo de Ginebra de 1966
como el único instrumento jurídico válido para alcanzar una solución
práctica y satisfactoria para Venezuela y Guyana, en torno a la
controversia sobre el territorio de la Guayana Esequiba?
Respuesta: Por
supuesto que sí. El Acuerdo de Ginebra marcó la ruta para la solución de esta
controversia. Es el Acuerdo de Ginebra el que, para el evento en que las partes
no se pusieran de acuerdo en un medio de solución, le encomendó al secretario
general de la ONU que “escogiera” uno de los medios de solución pacífica de
controversias indicados en el artículo 33 de la Carta de la ONU.”
Entre
esos medios de solución estaba el arreglo judicial, que fue el escogido por el
secretario general de la ONU. Es por el Acuerdo de Ginebra que este caso está
en la Corte Internacional de Justicia. Además, el arreglo judicial, que pondrá
fin a esta controversia, es el arreglo práctico y satisfactorio para Venezuela
y Guyana.
Una
vez que la Corte dicte su sentencia, que será obligatoria para las partes,
habrá una solución definitiva, acordada por una instancia judicial
independiente e imparcial. Esa es una solución práctica, que debería ser
satisfactoria para ambas partes. Eso es, también, lo serio y lo civilizado.
Pero
sería interesante saber qué consecuencias se pretenden inferir de un sí o un no
a esta pregunta, que de ninguna manera debe interpretarse como una licencia
para que los abogados de Venezuela no hagan su trabajo y no preparen los
argumentos que hay que presentar a la Corte Internacional de Justicia.
Si la
respuesta es afirmativa, debemos seguir trabajando para presentar nuestros
argumentos en el proceso que está en curso en la CIJ. Si la respuesta es
negativa, se estará sugiriendo que, además de la ruta trazada por el Acuerdo de
Ginebra, hay otras opciones a las que puede recurrir Venezuela, que no excluyen
el arreglo judicial, como podría ser una negociación o una mediación paralela
al juicio.
- ¿Está usted de acuerdo con la
posición histórica de Venezuela de no reconocer la jurisdicción de la
Corte Internacional de Justicia para resolver la controversia territorial
sobre la Guayana Esequiba?
Respuesta: Mi
respuesta es no, por las razones que paso a exponer. La pregunta da por sentado
que históricamente Venezuela no ha reconocido la jurisdicción de la Corte
Internacional de Justicia “para resolver la controversia territorial sobre
la Guayana Esequiba”. Eso no corresponde a la verdad.
En
1965, durante las negociaciones en Londres, previas a la firma del Acuerdo de
Ginebra, Venezuela propuso el recurso a la Corte Internacional de Justicia, el
cual no fue aceptado por Inglaterra. Sin embargo, esta última
convino en una fórmula que no mencionara expresamente ese recurso, optando por
una redacción que se refiere a “los medios de solución pacífica previstos en el
artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas”, en el cual está expresamente
previsto “el arreglo judicial”.
Este
es un asunto que no pasó inadvertido para nuestros negociadores y, de hecho, el
entonces ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela, Ignacio Iribarren
Borges, cuando presentó al Congreso Nacional el Acuerdo de Ginebra para su
ratificación, advirtió que este asunto podría terminar en la Corte
Internacional de Justicia.
Si
había una “posición histórica” en cuanto al no reconocimiento de la competencia
de la CIJ como instancia encargada de resolver las controversias en que
Venezuela fuera parte, esta se rompió con el Acuerdo de Ginebra que, por
voluntad común de las partes, expresamente convinieron en que –respecto de esta
controversia– el secretario general de las Naciones Unidas podría escoger el
recurso a la Corte Internacional de Justicia, como en efecto lo hizo.
Ahora,
si la pregunta es si, como venezolano, estoy contento con que este asunto haya
llegado a la CIJ, la respuesta es sí. El que la determinación de la nulidad o
validez del laudo, así como la determinación de la frontera definitiva entre
Guyana y Venezuela, haya llegado a una instancia judicial independiente e
imparcial no lo veo como una amenaza para los derechos o intereses de
Venezuela, sino como una tremenda oportunidad para que Venezuela demuestre que
el laudo es nulo y que el territorio situado al oeste del río Esequibo es de
Venezuela.
Esa es
la oportunidad que Venezuela había estado esperando, y quisiera creer que
quienes tienen la responsabilidad de defender los derechos e intereses de
Venezuela en el Esequibo no la dejarán pasar.
Por
otra parte, que se pregunte a los venezolanos si estamos de acuerdo con lo que,
supuestamente, habría sido la posición histórica de Venezuela en relación con
la competencia de la CIJ, es una pregunta ociosa, pues este asunto ya fue
resuelto, con carácter definitivo, por la sentencia sobre jurisdicción dictada
por la propia Corte.
Que
nosotros estemos o no de acuerdo con esa sentencia no cambia la naturaleza de
las cosas, pues éste es un asunto ya zanjado, de manera vinculante para
Venezuela. Debo recordar que, como miembro de las Naciones Unidas, Venezuela es
parte en el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, que forma parte de
la Carta de las Naciones Unidas.
Y debo
recordar que, de acuerdo con el artículo 36, párrafo 6, del Estatuto de la Corte,
“en caso de disputa en cuanto a si la Corte tiene o no jurisdicción, la Corte
decidirá”. Esta regla obedece a un principio clásico del Derecho Internacional,
según el cual los tribunales internacionales tienen la competencia para decidir
sobre su propia competencia; de lo contrario, los conflictos internacionales
serían interminables.
Por
otra parte, si el Acuerdo de Ginebra no lo hubiera dicho en forma
suficientemente clara y explícita, mediante su conducta Venezuela ha aceptado
la competencia de la Corte. Eso es lo que técnicamente se llama forum
prorrogatum.
En
este proceso, Venezuela designó un juez ad hoc, nombró a su agente
y a sus agentes alternos para que la representen ante la Corte, interpuso una
excepción preliminar de inadmisibilidad de la demanda, asistió a las audiencias
para conocer de dicha excepción preliminar, y participó en el procedimiento.
Todo eso supone un reconocimiento tácito de la competencia de la Corte,
lo cual no va a cambiar con lo que piensen los venezolanos sobre esta materia.
Pero
una vez más debo preguntar sobre las consecuencias prácticas que el CNE, o los
que mandan en Venezuela, querrán atribuir a una respuesta afirmativa o negativa
a esta pregunta. Lo cierto es que, cuando se presentó la demanda de Guyana en
la CIJ, Venezuela alegó que no reconocía la competencia de la Corte para
conocer de este caso, y la Corte, motu proprio, decidió examinar si
tenía o no jurisdicción para conocer de esta controversia, para lo cual invitó
a las partes a presentar alegatos y las convocó a una audiencia pública.
Aunque
Venezuela hizo llegar un memorándum, decidió no presentar alegatos en la fase
escrita, tampoco compareció en la audiencia convocada para ese efecto, y
perdimos. Debido a esa estrategia equivocada, no se escuchó nuestra voz, y no
tuvimos la oportunidad de responder a los argumentos de Guyana. Por eso estamos
en este punto.
Pero
lo cierto es que la Corte ya se pronunció sobre su competencia, y poco importa
si nosotros estamos o no de acuerdo con lo que históricamente haya sido la
posición de nuestra Cancillería. A menos que queramos retirarnos de la cancha
en la mitad del partido, porque tenemos la sensación de que, como vamos, vamos
a perder. Pero eso no sería inteligente.
Cualquiera
que sea la respuesta de los venezolanos a esta pregunta, el proceso seguirá
adelante, hasta culminar con una sentencia que será obligatoria. Otra cosa es
que, en medio de su ignorancia y desconcierto para abordar este asunto, los que
mandan quieran dejarle la cancha libre a Guyana, renunciando a presentar
nuestros argumentos y a que se escuche nuestra voz.
- ¿Está usted de acuerdo en oponerse,
por todos los medios conforme a Derecho, a la pretensión de Guyana de
disponer unilateralmente de un mar pendiente por delimitar, de manera
ilegal y en violación del Derecho Internacional?
Respuesta: La
respuesta es un rotundo sí. Y, de nuevo, discrepo de la interpretación del
Caricom, que pone énfasis en “por todos los medios”, dando por sentado que eso
incluye el uso de la fuerza armada. No creo que sea así. En realidad, tal
interpretación no corresponde con el sentido de la pregunta, que está
calificada por la expresión “conforme a Derecho”.
Y la
forma de defender –conforme a Derecho– los derechos de Venezuela en la
proyección marítima del territorio en disputa es pidiendo medidas provisionales
a la Corte Internacional de Justicia, para que, a fin de preservar los derechos
de las partes mientras se decide esta controversia, se disponga el cese de
todas las operaciones de exploración y explotación de los recursos naturales
que hay en la zona en disputa y en su proyección marítima.
Eso es
lo que habría que hacer si –haciendo uso del Derecho Internacional– realmente
pretendiéramos oponernos a las medidas unilaterales de Guyana en una zona de
mar sin delimitar.
No estoy
de acuerdo con la forma como Venezuela ha manejado este asunto. El gobierno
considera que basta con protestar por el llamado a
licitaciones; pero no siempre lo ha hecho, y más bien llegó a celebrar el que
Guyana llamara a licitaciones.
En
febrero de 2004, siendo presidente de la República, Hugo Chávez señaló que
Venezuela no se opondría a ninguna medida que se adoptara en beneficio del
pueblo de Guyana. Ahora, haciendo honor a ese compromiso, sus herederos
políticos no hacen uso de los recursos procesales que podrían poner fin a eso
que hoy se denuncia de la boca para afuera y que, en su momento, Hugo Chávez
permitió: las concesiones otorgadas por Guyana para explorar y explotar los
recursos naturales de la zona en reclamación y de la proyección marítima de la
misma.
Cuesta
entender por qué, quienes tienen la representación del Estado, no piden medidas
provisionales; ¿porque no lo saben hacer? ¿O porque hay razones para que no lo
quieran hacer?
De
nuevo, no es evidente cuál es la consecuencia práctica de una respuesta
afirmativa o negativa a esta pregunta. Oponernos retóricamente a las
licitaciones recientes de Guyana en la llamada fachada atlántica, como se ha
hecho con sendos comunicados oficiales, no va a cambiar nada.
Con
una respuesta afirmativa a esta pregunta, concretamente, ¿qué es lo que propone
hacer el gobierno? Por el momento, los que mandan no están haciendo lo único
que podría tener un efecto práctico: pedir a la CIJ la adopción de medidas
provisionales.
La
pregunta es inútil y nuestra respuesta –afirmativa o negativa– no tendrá
ninguna consecuencia, pues éste es un asunto que depende de quienes tienen la
responsabilidad de gobernar.
- ¿Está usted de acuerdo con la
creación del estado Guayana Esequiba y se desarrolle un plan acelerado
para la atención integral de la población actual y futura de ese
territorio que incluya, entre otros, el otorgamiento de la ciudadanía y
cédula de identidad venezolana, conforme al Acuerdo de Ginebra y el
Derecho Internacional, incorporando en consecuencia dicho estado en el
mapa del territorio venezolano?
Respuesta: Son
varios asuntos los que se mezclan en esta muy larga pregunta, y que inquietan a
Guyana y el Caricom, pues entienden que ella supone la intención de anexarse el
territorio en disputa.
En
primer lugar, ningún país pregunta a sus ciudadanos cuál es el territorio que
debe incluir como suyo en los mapas. A la inversa, es el gobierno el que le
informa a sus ciudadanos cuál es el territorio del Estado.
En el
caso del territorio situado al oeste del río Esequibo, éste figura en los mapas
de Agustín Codazzi, figura en varios de los mapas que, en 1896, Venezuela
presentó a la Comisión Cleveland, y también figura en varios de los mapas que,
en 1899, Venezuela presentó ante el Tribunal arbitral. Después del Laudo de
París, en 1965, la zona en reclamación se incorporó en el mapa oficial de
Venezuela, acompañada de unas rayas verticales.
En
2012 eso se eliminó, para volver a retomarlo en 2018. Que ahora se nos pregunte
esto es como si se nos preguntara si el estado Apure –o el estado Bolívar–, hoy
controlados por la guerrilla colombiana, debieran seguir figurando en los mapas
oficiales como territorio venezolano, o si habría que quitarlos.
De
acuerdo con la Constitución, corresponde a las autoridades del Estado defender
la soberanía nacional, sin perder el tiempo en preguntar obviedades. Ese es su
deber.
En
segundo lugar, también es el deber de las autoridades nacionales desarrollar
planes para atender a toda la población venezolana, y
proporcionarle documentos de identidad a todos sus nacionales,
hayan nacido en el estado Miranda, en Tucupita, o en cualquier parte del
territorio nacional.
Según
la Constitución, quienes hayan nacido en el territorio venezolano son
venezolanos por nacimiento, a quienes no hay que “otorgarles” la ciudadanía
venezolana, sino que, simplemente, reconocérsela. El Acuerdo de Ginebra no dice
nada sobre este particular; pero, si Venezuela considera que el territorio
Esequibo es parte del territorio de Venezuela, la consecuencia lógica es que
los nacidos en ese territorio son venezolanos y que deben ser tratados como
tales.
En tal
caso, es la Constitución nacional la que manda que se les otorgue documentos de
identidad. Por supuesto, el cumplimiento de ese mandato depende de los que
tienen el poder, y de que tengan ganas de cumplir con la Constitución. Menos
realista es que quienes hoy están registrados como nacionales de Guyana –un
país con la economía que crece al ritmo más acelerado en el mundo– tengan
interés en ser venezolanos. El flujo migratorio es a la inversa y, de hecho, ya
más de treinta mil venezolanos han emigrado a Guyana.
En
tercer lugar, si el territorio situado al oeste del río Esequibo es un
territorio en conflicto, que reclaman como suyo tanto Venezuela como Guyana,
¿qué efecto tendría el que se cree un estado que comprenda el territorio en
disputa? ¿Acaso, por ese hecho, se va a acabar la controversia?
¿Se
está sugiriendo que esta controversia se puede resolver con una simple reforma
constitucional? Esa sugerencia, ¿puede ser tomada en serio? ¿Alguien cree que
podría servir de precedente para resolver otros problemas territoriales de
Venezuela? Que Argentina incluya en sus mapas a Las Malvinas no ha cambiado la
circunstancia de que estén bajo el dominio británico. Que Venezuela incluya en
sus mapas, como territorio venezolano, un territorio que está en disputa, no
elimina la disputa.
Por
supuesto, no puedo dejar de preguntar cuál será el efecto práctico de la
respuesta afirmativa o negativa a esta pregunta. La estructura del Estado, o
los cambios constitucionales que podamos experimentar, pasarán inadvertidos
para la Corte Internacional de Justicia, y no tendrán ningún efecto en un
proceso judicial que está en marcha, y que no se detendrá.
Para
los tribunales internacionales, el Derecho interno es un hecho, y no es parte
de las reglas del Derecho Internacional aplicables en esta controversia.
Además, en términos prácticos, ¿cuál sería el efecto de crear un nuevo estado,
con un territorio que está en poder de otra nación? ¿A quién queremos engañar
con esa fantasía? Lo sensato es luchar para que, judicialmente, se determine
que ese territorio es de Venezuela, y no inventar artificios inútiles.
El
referéndum en sí no tendrá ningún valor en el Derecho Internacional, y no interferirá
de ninguna manera con el proceso que está en marcha en la Corte Internacional
de Justicia. Más que una ayuda, en realidad, alguna de sus preguntas podría
tener un efecto pernicioso para los derechos de Venezuela respecto de otras
controversias internacionales pendientes.
En lo
interno, esas cinco preguntas son lo que son, y valen lo que el sentido común y
la racionalidad política indican; las respuestas se las llevará el viento,
porque no le interesan a los que mandan, excepto para distraer la atención de
la población de problemas internos que le resultan más apremiantes.
Cualquiera
que sea el resultado del referéndum, se interpretará a conveniencia de quienes
tienen la tarea de defender la soberanía nacional. Lo que no está claro es cómo
es que esas preguntas –o sus respuestas– podrían fortalecer la defensa de los
derechos de Venezuela en el Esequibo.
Mientras
tanto, quienes se devanaron los sesos formulando estas asombrosas y
desconcertantes preguntas han contribuido a que perdamos dos meses preciosos
para la preparación de una contramemoria que debe contener los argumentos
jurídicos de Venezuela en esta controversia.
No nos
distraigamos con fuegos artificiales ni tratando de averiguar el sexo de los
ángeles. Lo que está por delante es explicar por qué el laudo de París es nulo,
y por qué el territorio situado al oeste del río Esequibo es de Venezuela. Eso
no es una tarea difícil de realizar; pero requiere un compromiso genuino con
Venezuela y capacidad profesional para hacerlo.
Este
referéndum es la consecuencia de que los abogados de Venezuela no hayan hecho
su tarea, y de la necesidad que tienen de contar con un chivo expiatorio en
caso de que las cosas salgan mal, como ocurrirá si persistimos en esa
estrategia equivocada. Así, si perdemos, la culpa será de los venezolanos. No
de unos abogados y burócratas incompetentes.
La
Sala Constitucional del TSJ tiene la oportunidad de parar esta insensatez, y
evitar que liquidemos la última oportunidad de lograr que se haga justicia en
lo que ha sido una reclamación histórica. Aunque pueda sonar ingenuo, es de esa
instancia que depende el futuro de la reclamación venezolana del Esequibo. Como
dicen los venezolanos, ¡Amanecerá y veremos!
Héctor
Faúndez Ledesma
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