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viernes, 14 de agosto de 2020

Amnistía Internacional rechazó actitud xenofóbica de Trinidad y Tobago contra los venezolanos, por @AmnistiaOnline




Amnistía Internacional 13 de agosto de 2020
@AmnistiaOnline

TRINIDAD Y TOBAGO 2019

Las autoridades inscribieron en el registro a más de 16.500 personas venezolanas a las que proporcionaron visados temporales. No obstante, tras el proceso de inscripción, el gobierno continuó penalizando la entrada irregular de personas migrantes y refugiadas, en contravención de las normas internacionales; además, no promulgó legislación nacional sobre personas refugiadas, y continuó expulsando a personas venezolanas en circunstancias que podían constituir devolución (refoulement). Seguía sin haber ningún tipo de protección jurídica frente a la discriminación basada en la orientación sexual y la identidad de género. Trinidad y Tobago conservaba la pena de muerte preceptiva para los casos de asesinato.

Información general

Entre abril y mayo, dos embarcaciones con personas venezolanas que buscaban seguridad naufragaron de camino a Trinidad; al menos 50 personas desaparecieron y 10 sobrevivieron, según la información aparecida en los medios de comunicación.

En octubre se halló a decenas de personas encadenadas y enjauladas en un “centro de rehabilitación”, presuntamente dirigido por un grupo religioso, para expresos y personas que consumían drogas, según los medios de comunicación.

Personas refugiadas y solicitantes de asilo

Hasta finales de octubre, casi 14.000 personas venezolanas habían presentado solicitudes de asilo, según el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), órgano encargado de tramitarlas. A pesar de ello, las autoridades de Trinidad y Tobago se negaron a reconocer la gravedad de las violaciones de derechos humanos que estaban teniendo lugar en la vecina Venezuela. Las autoridades del Estado siguieron refiriéndose a quienes huían como “migrantes económicos”, pese a que el ACNUR señalaba que “la mayoría” de las personas que huían de Venezuela necesitaban protección internacional.

El caso de Trinidad y Tobago era una anomalía en la región, ya que seguía siendo uno de los pocos países de América Latina y el Caribe —que también hacían frente a la situación de personas venezolanas que huían de violaciones de derechos humanos— que no disponía de legislación nacional sobre personas refugiadas, lo que en la práctica implicaba que quienes solicitaban asilo o recibían la condición de refugiado no tenían acceso a muchos de los derechos consagrados en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados (1951) y su Protocolo (1967), en los que Trinidad y Tobago era parte.[1]

En mayo y junio, durante un periodo de dos semanas, el gobierno abrió un proceso denominado de “amnistía” para que las personas venezolanas pudieran solicitar un permiso de residencia legal. Según datos del gobierno, durante ese periodo se inscribió a aproximadamente 16.500 personas venezolanas a las que posteriormente se les concedieron visados y se les reconoció el derecho a trabajar.

Sin embargo, tras el cierre del proceso, las autoridades continuaron aplicando legislación sobre inmigración que penalizaba la entrada irregular en el país, en contravención de las normas internacionales; cerraron los puertos de entrada por mar para las personas venezolanas, e impusieron a esta población nuevos requisitos para la obtención de visados.

Con todo, había personas venezolanas que seguían asumiendo graves riesgos para llegar por mar.

Según los medios de comunicación, en octubre las autoridades expulsaron al menos a 17 personas venezolanas que habían llegado en barco, lo que podía constituir devolución (refoulement).

Durante el año, las personas cubanas presentaron la segunda mayor cifra de solicitudes de asilo.

Había niñas y niños refugiados y solicitantes de asilo que no tenían acceso a la educación pública, a pesar de que el país había ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño y era Estado Parte en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, que, en su artículo 22, exige que los Estados proporcionen a las personas refugiadas “el mismo trato que a los nacionales en lo que respecta a la enseñanza elemental”.

Durante el año, y sobre todo durante el proceso de inscripción, organizaciones de carácter religioso de todo el país proporcionaron alimentos, agua y cobijo a las personas migrantes y refugiadas procedentes de Venezuela.

Derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgénero e intersexuales (LGBTI)

Una sentencia histórica dictada en 2018 por un Tribunal Superior despenalizaba las relaciones sexuales consentidas entre personas adultas del mismo sexo. No obstante, el gobierno apeló contra la sentencia, y declaró su intención de que fuera el tribunal de última instancia del país, el Comité Judicial del Consejo Privado de la Corona, con sede en Reino Unido, quien conociera de la causa.

Seguía sin haber ningún tipo de protección jurídica frente a la discriminación basada en la orientación sexual o la identidad de género. La ONG Coalición en Favor de la Inclusión de la Orientación Sexual-Trinidad y Tobago recibió denuncias de algunos incidentes de discriminación y violencia contra personas LGBTI.

Pena de muerte

Trinidad y Tobago continuó siendo el único país de la región de las Américas que mantenía la pena capital preceptiva para los casos de asesinato. Durante el año se impusieron penas de muerte por este delito, pero desde 1999 no se había llevado a cabo ninguna ejecución.


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