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martes, 8 de agosto de 2017

Rencor económico: líder de la resistencia, @JesusAlexisGo10



Por Jesús Alexis González, 07/08/2017

Iniciamos con una “nostálgica” referencia: A la Asamblea Nacional le corresponde establecer las líneas rectoras del  régimen económico, consagrar los derechos económicos de los ciudadanos y delimitar el ámbito de participación del Estado en la vida económica a tenor de los aspectos regulados en la denominada Constitución Económica; habida cuenta que la CRBV (hoy “cuestionada” por sus promotores) en aras de evitar dogmatismos ideológicos consagra una neutralidad política y por tanto no establece modelo económico o una orientación política-económica. Es así, que previo a la entrada en vigencia de la CRBV (1999), el otrora máximo tribunal de la República en sentencia del 15/Dic/1998 sostuvo: “La Constitución Económica, entendida como el conjunto de normas constitucionales destinadas a proporcionar el marco jurídico fundamental para la estructura y funcionamiento de la actividad económica, no está destinada—salvo el caso de las constituciones socialistas de modelo soviético—a garantizar la existencia de un determinado orden económico…”; principio acogido en la Exposición de Motivos de dicha CRBV al hacer referencia a un equilibrio entre Estado y Mercado (libre accionar de la oferta y la demanda) a la luz de una armonía entre eficiencia y justicia económica, en el marco del principio de subsidiariedad que hace énfasis en que el Estado no puede acaparar las iniciativas individuales y colectivas.


La violación constante de la CRBV (especialmente de la Constitución Económica) por parte del descontextualizado “gobierno nacional”, ha venido arrastrando hacia el precipicio a la economía venezolana al punto que según estimaciones del Fondo Monetario Internacional tendrá para el año 2017 una disminución superior al 32% (entiéndase como reducción de su tamaño) en comparación con finales del 2013, es decir en 4 años a un promedio anual del –8%, en un escenario de desaceleración que ha inducido un paro de la actividad económica que afecta negativamente la renta per cápita al extremo de configurar una recesión con elevada inflación queabriólaspuertasala estanflación (estancamiento económico con inflación) que facilitó la aparición de una terrible depresión materializada en una profunda caída de la actividad económica ante una fuerte disminución del PIB y una pronunciada contracción de la demanda por ¡13 trimestres consecutivos! (más de 3 T se considera una crisis) desde finales del 2013 al II T 2017, o lo que es lo mismo ¡¡durante 3 años y medio!!, luego de un máximo histórico de crecimiento de 17,9% en 2004 y de un 5,5% en 2012 siendo este el último año de crecimiento positivo que ha experimentado Venezuela durante esta “pesadilla revolucionaria”; la cual  se tornó más tenebrosaa partir del 2013 cuando se instala en el poder la mayor calamidad de nuestra vida republicana que da inicio a un indetenible crecimiento negativoque partió con un--3,9% en 2014, un –7,15 en 2015, un 13,8% en 2016, y un estimado de –15% para 2017 que ya muestra elevada tasa de inflación, escasez y desabastecimiento de alimentos y medicinas al igual que de otros productos esenciales; aparte de un desastroso comportamiento de la mayoría de las variables macro y microeconómicas.

Sea propicio referenciar, que el 5/Mar/2016 la Asamblea Nacionalpor intermedio de la Comisión de Finanzas y Desarrollo Económico, presentó un Informe contentivo de “10 propuestas para superar la crisis” de acuerdo a: Primera: Respetar el derecho de propiedad y el Estado de derecho;Segunda: Disminuir la inflación y mejorar el ingreso de la población; Tercera: Apoyar la producción nacional; Cuarta: Incentivar la diversificación de la economía; Quinta: Unificar gradualmente los tipos de cambio; Sexta: Flexibilizar el control de precios; Séptima: Diseñar una nueva política petrolera; Octava: Aplicar una política social eficiente para reducir la pobreza; Novena: Refinanciar de forma voluntaria la deuda externa; Décima:Ejecutar una política de transparencia, rendición de cuentas y combate a la corrupción.

Ante la indeseable instalación de la doblemente fraudulenta asamblea nacionalconstituyente(minúscula y tamaño intencionales), supuestamente por ¡dos años!, se infiere con obviedad manifiesta que intentaran cambiar o eliminar aquellos artículos de la CRBV de fundamento económico (nos limitamos a ellos en razón del presente Artículo) que les resultan “incomodos” para sus pretensiones de instaurar “formalmente” un régimen cubano-venezolano-farc, tales como: Artículo 150 “La celebración de los contratos de interés público nacional requerirá la aprobación de la de la Asamblea Nacional en los casos que determine la Ley”; Artículo 187 Le corresponde a la Asamblea Nacional: ejercer funciones de control sobre el Gobierno y la Administración Pública Nacional, discutir y aprobar el presupuesto nacional, autorizar los créditos adicionales al presupuesto, aprobar las líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la Nación, autorizar al Ejecutivo Nacional para celebrar contratos de interés nacional; Artículo 318 “Las competencias monetarias del Poder Nacional serán ejercidas de manera exclusiva y obligatoria por el Banco Central de Venezuela”; y muy especialmente el Artículo 320 “El Estado debe promover y defender la estabilidad económica, evitar la vulnerabilidad de la economía y velar por la estabilidad monetaria y de precios para asegurar el bienestar social”. Todo ello, sin dejar de “imaginarnos” que esa asamblea nacional constituyente puede tomar un “atajo” y simplemente ¡eliminar la Asamblea Nacional! o mantenerla en “desacato”.

Reflexión final: Impedir la consolidación de la dictadura, que sin duda alguna continuaríahipotecando el futuro del país (y lamentablemente de nuestra heroica juventud) pasa por deslastrarnos de egoísmos subalternos (en especial las organizaciones con fines políticos al igual que los revolucionarios de conveniencia), y salir de nuevo unidos a mantener caliente la calle como una estrategia de “sobrevivencia” a la luz de continuar presionando por una salida ¡constitucional! de NMM y su pequeño “grupo de compañía” todos bajo la protección de la cúpula militar; en el entendido que en caso contrario una mayoría morirá de hambre en la casa  y otros tantos presos.


Econ. Jesús Alexis González

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