Juan Frommknecht Lizarraga 04 de marzo de 2020
@Juanfrom
Esta
semana hemos podido leer en las páginas de éste diario el caso de una monja a
quien el Gobierno de Navarra negó la renta básica por vivir en un convento y
considerar que tenía, por lo tanto, todas las necesidades cubiertas. Creo que
es de justicia, y he solicitado permiso para ello, aclarar los hechos para que,
sin entrar en valoraciones técnico- jurídicas, el lector pueda decidir si el
Gobierno de Navarra actuó de forma justa o injusta.
En
primer lugar, aclarar que nuestra protagonista es una religiosa, no una monja.
En el lenguaje común se usan indistintamente las dos palabras pero, en
realidad, “monjas” son las que viven en monasterios de clausura, dedicadas a la
vida contemplativa. Las Hermanas hacen una vida gobernada por la misión, visión
y carisma particular de su respectiva orden o congregación. En el presente caso
la malvada hermana ha dedicado su vida a procurar educación a los niños y
niñas.
En
segundo lugar, indicarles que, al no ser monja, no vive en un convento. Vive en
un piso que forma una comunidad, donde las Hermanas, de sus sueldos y
pensiones, aportan las cantidades necesarias para hacer frente a la compra de
la comida, luz, agua, teléfono, impuestos… Repito, de sus sueldos y pensiones.
Les
contaré la historia de esta Hermana. Tan navarra o más que muchos de nosotros,
su vocación le hizo ordenarse religiosa y acudir a Venezuela siendo muy joven.
Allí trabajó cincuenta años, cotizando todos ellos. Venezuela tiene un tratado
bilateral con España. De ésta forma, las personas que trabajan allí los mínimos
estipulados para tener pensión pueden cobrarla en España y viceversa, los
españoles que trabajaron allí tienen derecho a cobrarla en España y a estar
cubiertos, en ambos casos, por la seguridad social del país donde residen.
Nuestra
Hermana, tras una vida absolutamente entregada a los demás, llegó a la edad de
jubilación y decidió volver a España. Al principio todo iba bien y parecía que
iba a percibir con normalidad la pensión justamente ganada. Pero en diciembre
de 2015 Maduro ordenó no pagar una sola pensión más a cotizantes que vivieran
en el extranjero. Imagínense por un momento que esto les pasa a cualquiera de
ustedes o de sus familiares, sean quienes sean y hayan trabajado donde hayan
trabajado.
Aquellos
españoles afectados que habían cotizado anteriormente en España fueron a los
tribunales y, al menos, obtuvieron compensaciones a mínimos, pero quienes no
cumplían esta circunstancia, y hablamos de unos 5000 compatriotas, entre ellos
la Hermana, se quedaron técnicamente en la indigencia tras trabajar y cotizar
toda una vida por un incumplimiento de un Gobierno, presuntamente,
revolucionario. Ante esta situación otras comunidades autónomas reaccionaron
rápido. En Cataluña les asignaron la Renta garantizada de ciudadanía que
asciende a unos 564 euros. Canarias aprobó en 2018 una nueva línea de ayudas de
emergencia para este colectivo, consistente en una prestación de
aproximadamente 533 euros. La Hermana ha sobrevivido gracias a la solidaridad
de sus compañeras de comunidad que, a sus expensas, cubren sus gastos. Porque
la Hermana tiene que pagarse hasta el 100% de la medicación que necesita, a
pesar de tener cero ingresos. Ante esta situación, la Hermana solicitó, de
conformidad a lo previsto en la Ley Foral 15/2016, la renta garantizada para,
al menos, poder contribuir a los gastos generales como el resto de las Hermanas
y pagar sus medicamentos.
El
Gobierno de Navarra accedió. Un año después, al realizarse la renovación, le
fue denegada aduciendo que la hermana vivía en un “recurso asistencial” y no
solo eso, le amenazaban con tener que devolver lo recibido (y sobradamente
gastado en contribuir a los gastos comunes y sus propios gastos).
La
Hermana recurrió esta resolución y transcurrido el tiempo legal, y ante la
falta de contestación, pidió amparo al Defensor del Pueblo, que se lo otorgó,
recordó al Departamento de Derechos Sociales su obligación de resolver y
manifestó que bajo ningún concepto vivir en una comunidad con otras Hermanas
supone vivir en un recurso asistencial.
Paralelamente,
el departamento contestó denegando la petición. La Hermana ha tenido que acudir
al juzgado en defensa de sus derechos.
Ustedes
juzgarán si es justo o no que una persona que ha trabajado toda su vida y que
no tiene nada reciba al menos la renta garantizada, y si esta persona no tiene
derecho, ya me contarán ustedes quién lo tiene. ¿Tal vez cualquiera que no
pertenezca a la Iglesia Católica?
Solo
resta dar las gracias a la Hermana anónima por su ejemplo de vida y su valentía,
buscando con su lucha, y a costa de pasar muy malos ratos, no solo una solución
a su caso si no también a todos los que se encuentren en la misma situación, y
reconocer la solidaridad de sus Hermanas de orden.
Juan
Frommknecht Lizarraga, amigo de la afectada
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