miércoles, 20 de abril de 2022

La carta de los 25 firmantes, por @lhartmannr


Luis Hartmann 19 de abril de 2022

@lhartmannr

El documento que circula por las redes sociales en el que unos venezolanos se dirigen al presidente de Los Estados Unidos ha suscitado muchas interpretaciones, apoyos y rechazos.

Yo me incluyo entre quienes no suscribe su contenido, y no me siento representado por quienes se auto atribuyen cualidades que nadie les otorga, aunque conceda aprobación a ciertos aspectos y motivaciones expresadas en la carta.

Mucho se ha opinado sobre el tema de las sanciones. Notablemente cómo se hace en el texto. Cito:

«Las sanciones económicas y la política de máxima presión no lograron sus objetivos».

Un viejo amigo norteamericano del servicio consular me comenta que se trata de una muy gruesa afirmación para tragársela sin masticar.

Y resulta cierto. Habría primero que preguntarse cuales son los objetivos que no se cumplieron . Y porque se dá por sentado que no están sirviendo a los propósitos. Por lo menos desde la óptica de quienes concibieron las sanciones.

Veamos someramente el alcance y amplitud de las sanciones al gobierno de Venezuela y a ciertas personalidades, tal como se refieren en el reporte Venezuela: Overview of U.S Sanctions , publicado por el Congresional Research Service (CRS) del Congreso de Los Estados Unidos de Norteamerica, (https://sgp.fas.org/crs/row/IF10715.pdf), del que seguidamente extraemos algunas citas. Pero por favor póngase atención a los objetivos, para juzgar si se están cumpliendo, se cumplieron o cómo se afirma en la carta, no se cumplieron.

Se lee que “ …Las primeras sanciones impuestas a Venezuela se relacionan a la falta de cooperación en los esfuerzos de lucha antidrogas y antiterrorismo… ”; La Administración Obama impuso sanciones enfocadas hacia individuos involucrados en violaciones a los recursos humanos, corrupción, y acciones antidemocráticas. Y la Administración Trump expandió las sanciones económicas

SANCIONES RELACIONADAS AL TERRORISMO

Desde el año 2006 La Secretaría de Estado ha determinado que Venezuela “no está cooperando con USA en los esfuerzos antiterrorismo, conforme a la Section 40A of the Arms Export Control Act (22U.S.C.2781)” . Como consecuencia se ha prohibido la comercialización o transferencia de cualquier tipo de armas a Venezuela. Posteriormente, sanciones financieras han sido impuestas conforme a la Executive Order (O.E.) 13224, por continuas actuaciones de Venezuela apoyando monetariamente a grupos terroristas del Hezbollah.

SANCIONES RELACIONADAS AL TRAFICO DE DROGAS

Desde al año 2005, conforme a procedimientos establecidos en el Foreign Relations Authorization Act, FY2003 (Ley Pública 107-28, §706; 22 U.S.C. 2291j), La Presidencia de Los Estados Unidos ha determinado anualmente que Venezuela ha fallado flagrantemente en adherirse a las obligaciones contraídas en los acuerdos internacionales antinarcóticos. Como consecuencia, La Tesorería del Los Estados Unidos impuso sanciones económicas conforme al denominado acto administrativo : Specially Designated Narcotics Traffickers pursuant to the Foreign Narcotics Kingpin Designation Act (Ley Pública 106-120, Title VIII; 21 U.S.C. 1901 etseq.)

SANCIONES ENFOCADAS A LAS ACCIONES ANTIDEMOCRÁTICAS, VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS Y CORRUPCIÓN

Como respuesta al desmesurado incremento de la represión en Venezuela, El Congreso promulgó el Venezuela Defense of Human Rights and Civil Society Act of 2014 (Ley Pública 113-278; 50 U.S.C. 1701 note). Entre sus provisiones, esta Ley Pública ordenó al presidente la imposición de sanciones a todas las personas y organizaciones que se identifiquen como responsables de estos delitos. La vigencia de esta ley ha sido extendida hasta el 2023. En Marzo de 2015, el Presidente Obama emitió la Orden Ejecutiva (O.E.)13692 para obedecer al mandato de la P.L 113-278, y La Tesorería emitió regulaciones en Julio 2015 bajo el acto 31 C.F.R. Part 591 . La O.E. se enfocó en el bloqueo de activos y propiedades de personas jurídicas y naturales identificadas con los delitos en cuestión. Ademas se aplicó la revocatoria de visas. Posteriormente, el 19 de enero 2021, y conforme a la O.E. 13692, la Tesorería impuso sanciones a 113 personalidades, que incluyen a Nicolás Maduro, ministros, oficiales militares, magistrados del Tribunal Supremo y rectores del Consejo Nacional Electoral.

SANCIONES FINANCIERAS ADICIONALES

El presidente Trump impuso sanciones financieras adicionales a Venezuela debido a las violaciones de derechos humanos y acciones antidemocráticas. En Agosto 2017 Trump emitió la O.E. 13808 con la que se prohibió el acceso del gobierno de Venezuela a los mercados financieros de Los Estados Unidos. Esta prohibición incluyó a PDVSA con ciertas excepciones para mitigar el impacto a la población de Venezuela y sobre los intereses de Los Estados Unidos. Posteriormente, en Marzo 2018 Trump emitió la O.E. 13827, que prohibió las transacciones con criptoctivos emitidos por el gobierno venezolano. Luego, en Mayo 2018 Trump emite la O.E. 13835 prohibiendo transacciones relativas a la compraventa de Bonos de Deuda Venezolana, incluyendo cuentas por cobrar.

SANCIONES SECTORIALES AMPLIADAS

El 1 Nov 2018 Trump emite la O.E. 13850 que establece el marco regulatorio para el bloqueo activos y de transacciones de alguna manera conectadas con operaciones fraudulentas por el gobierno de Maduro, tal como determinase el Departamento del Tesoro. Típicamente personas y entidades involucradas en esquemas de manipulación de transferencias de efectivo para enmascarar operaciones ficticias como emergencias de compras de alimentos. 26 personas-entidades sancionadas. En Enero 28 de 2019 y en base a esta misma OE 13850 se determina que PDVSA está de lleno incursa en estos esquemas de manipulación fraudulentos, o en sectores económicos sujetos a sanciones, por lo que el Secretario del Tesoro ordena el bloqueo de todos los intereses y activos de la empresa que se encuentren en la jurisdicción norteamericana, y se prohibe a todas las personas y empresas norteamericanas realizar transacciones con PDVSA.

La OFAC (la oficina de control de activos extranjeros, adscrita al Departamento del Tesoro) ha emitido algunas licencias para permitir ciertas transacciones con PDVSA y sus filiales. Estas abarcaron a CITGO, PDV Holding, y otras empresas norteamericanas para permitirles la compra de crudo venezolano. Otras licencias fueron otorgadas a la norteamericana CHEVRON y estuvieron vigentes hasta el 3 de junio 2021.

En el 2019 la Tesorería sanciona un banco basado en Moscú por triangular fondos de PDVSA provenientes de operaciones sancionadas. También se sanciona a la empresa minera Minerven por operaciones ilegales con oro venezolano. entre Junio de 2020 y enero 2021 se sancionan otras empresas rusas y navieras empleadas para transportar petroleo en un intento de esquivar las sanciones.

SANCIONES DIRIGIDAS AL GOBIERNO DE MADURO

La O.E. 13884 emitida por Trump en Agosto 2019 congeló los activos e intereses del gobierno de Maduro en los Estados Unidos. Lo orden ademas prohibe a personas y empresas transar negociaciones con el gobierno de Maduro, salvo que estas sean autorizadas por la OFAC. Para permitir la asistencia humanitaria al pueblo venezolano, la OFAC emitió licencias autorizando transacciones que involucran la entrega de comida, materias y equipos de uso agrícola y medico, remesas de y a organizaciones humanitarias. En Abril 2020 la OFAC emite una guía dirigida a organizaciones de ayuda humanitaria que prestan asistencia a Venezuela para que reporten cualquier barrera que emerja a consecuencia de las sanciones a fin de analizarlas y resolverlas en beneficio de la población.

Este resumen nos indica una serie de objetivos claramente identificados que involucra la actuación de: el presidente de los Estados Unidos, El congreso de ese país, el Departamento de Estado, la Tesorería, La OFAC y muchas otras agencias, es decir algo muy complejo que los 25 firmantes pretenden despachar con una sobre simplificada y mas bien desconsiderada afirmación.

Coincido con algunos analistas en que nadie puede estar en desacuerdo con aliviar las penurias de la gente. Además está el hecho de que las sanciones generan efectos colaterales adversos a la población pero el régimen y sus capitostes disponen de abundantes medios para evadir esos efectos. Por otra parte el regimen se aprovecha para justificar su fracaso debido a las sanciones mientras que reprime a la oposición.

Aún así el levantamiento unilateral de sanciones o flexibilizaciones interesadas para favorecer ciertos actores como se pretende, no puede ser la precipitada forma de acción en favor de resolver las crisis de Venezuela sin que antes medie la actuación del régimen en favor de mejorar la situación de los venezolanos.

Me explico: el régimen y Venezuela no necesitan del levantamiento de sanciones para cosas tan beneficiosas como:

  • Eliminar las alcabalas y cientos de puestos de control que continuamente matraquean a los transportistas desde las areas rurales donde abnegados productores agrícolas, verdaderos patriotas, se juegan la vida para darnos de comer en las ciudades.
  • Hacerle frente a la ocupación de guerrilleros y demás grupos irregulares que cobran vacunas y extorsionan desde la frontera y en interior de Venezuela.
  • Ejercer soberanía y resguardo del arco minero donde se comenten ecocidios, asesinatos y robo de nuestras riquezas naturales
  • Sincerar el gasto público para equilibrar el presupuesto que sometido a control de gestión genere efectivo uso de nuestros recursos.
  • crear las condiciones de seguridad jurídica y personal para que el empresariado venezolano disponga de herramientas y garantías de respeto a la propiedad privada, y pueda regresar al país esa inmensa riqueza que ahora favorece economías de otros países, no precisamente por falta de patriotismo.
  • Liberar los presos políticos
  • Devolver las empresas y bienes expropiados a sus legítimos propietarios indemnizando o brindando opciones para la recuperación de la operatividad productiva
  • Un larguísimo etcétera.

Estimados señores 25 firmantes: no puede ir la carreta delante de los burros. Es obvio que el muy activo e intenso lobby petrolero no lo vé así.

Cuando yo vea que se rectifica el orden de precedencia, seré entonces quien entusiastamente les busque para pedirles me permitan suscribir ese texto, con algunas observaciones como lo amerita el muy complejo tema del progresivo desmontaje de las sanciones, pues corresponde a una intrincada red de agencias gubernamentales a las que ninguno de nosotros pertenece.

Luis Hartmann

@lhartmannr 

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