Treasury Department 16 de abril
de 2020
@USTreasury
El programa de sanciones de Venezuela está diseñado para
limitar al ilegítimo ex régimen de Maduro fuentes de ingresos y responsabilizar
a quienes obstaculizan la restauración de la democracia en Venezuela, al tiempo
que garantiza el flujo de bienes y servicios humanitarios al venezolano
personas. Las personas estadounidenses no tienen prohibido realizar
transacciones que involucren al país o pueblo de Venezuela, siempre que el
Gobierno de Venezuela, otras personas bloqueadas, o conducta prohibida no están
involucrados. Para garantizar que los bienes humanitarios puedan llegar a las
personas de Venezuela a pesar de un nexo con el Gobierno de Venezuela, Estados
Unidos mantiene un amplio exenciones y autorizaciones que permiten la prestación
de asistencia humanitaria y la venta comercial y exportación de productos
agrícolas, alimentos, medicinas y dispositivos médicos, a Venezuela.
Preguntas frecuentes (FAQ): Las siguientes preguntas
frecuentes de OFAC proporcionan información sobre prestación de asistencia
humanitaria a Venezuela.
• FAQ 519 – Orientación relacionada con ayudar al pueblo
venezolano.
• Preguntas frecuentes 520: orientación relacionada con
el envío de alimentos o medicamentos de origen estadounidense a Venezuela.
• Preguntas frecuentes 521 – Orientación relacionada con
el financiamiento a largo plazo al Gobierno de Venezuela para ayuda con la
exportación o reexportación de alimentos, medicamentos, dispositivos médicos y
artículos relacionados a Venezuela.
• Preguntas frecuentes 665: orientación relacionada con
el apoyo a los esfuerzos humanitarios tras el bloqueo de El Gobierno de Venezuela.
Licencias generales (GL) y licencias específicas: las siguientes son GL
emitidas por OFAC relacionado con la asistencia humanitaria y el comercio con
Venezuela
• La Licencia General 4C autoriza ciertas transacciones
que normalmente son incidentes y necesarias para la exportación o reexportación
de productos agrícolas, medicamentos, dispositivos médicos, piezas de repuesto
y componentes para dispositivos médicos, o actualizaciones de software para
dispositivos médicos dispositivos a Venezuela, o a personas en terceros países
que compran específicamente para reventa a Venezuela. Esto incluye kits de
prueba, dispositivos respiratorios, equipo de protección personal, y medicina
utilizada en la prevención, diagnóstico, tratamiento y recuperación de COVID-19.
• La Licencia General 16C autoriza todas las
transacciones y actividades que normalmente inciden y necesario para procesar
remesas personales no comerciales que involucran ciertas instituciones,
incluyendo Banco de Venezuela, S.A.Banco Universal (Banco de Venezuela), Banco
Bicentenario del Pueblo, de la Clase Obrera, Mujer y Comunas, Banco Universal
CALIFORNIA. (Banco Bicentario del Pueblo), Banco del Tesoro, C.A. Banco
Universal (Banco del Tesoro) y Banco Central de Venezuela (BCV). Además, no se
prohíben las remesas con instituciones financieras venezolanas no bloqueadas.
• La Licencia General 20B autoriza actividades oficiales
de ciertas organizaciones internacionales. como las Naciones Unidas, incluidos
sus Programas y Fondos, y sus Agencias y organizaciones relacionadas, así como
el Comité Internacional de la Red Cruzar, entre otros, para realizar
transacciones que involucren BCV o que involucren a otro Personas del gobierno
de Venezuela en la medida en que las transacciones estén sujetas a EE. UU. jurisdicción.
• La Licencia General 26 autoriza la provisión y
recepción de emergencias no programadas servicios médicos y la provisión de
otros servicios médicos que involucran al Gobierno de Venezuela.
• La Licencia General 29 autoriza a las organizaciones no
gubernamentales a realizar transacciones involucrando al Gobierno de Venezuela
en apoyo de proyectos humanitarios, democracia proyectos de construcción,
educación, desarrollo no comercial que benefician directamente a Pueblo
venezolano y protección del medio ambiente en Venezuela.
• La Licencia General 30 autoriza actividades que
involucran al Gobierno de Venezuela que son ordinariamente incidentes y
necesarios para operaciones o uso de puertos y aeropuertos en Venezuela.
• La Licencia General 33 autoriza, entre otras
actividades, todas las transacciones que involucran Gobierno de Venezuela
necesario para proporcionar ambulancia aérea y servicios médicos relacionados
servicios, incluida la evacuación médica desde Venezuela, para personas en Venezuela.
• Licencias específicas: para transacciones no
autorizadas por las licencias generales de la OFAC, OFAC considera solicitudes
de licencia específicas caso por caso y prioriza la licencia solicitudes,
preguntas de cumplimiento y otras solicitudes relacionadas con el apoyo
humanitario para el pueblo venezolano.
Asesorías u otras orientaciones: Las siguientes son
asesorías u otras orientaciones emitidas por OFAC
relacionado con la asistencia humanitaria para Venezuela.
• “Orientación relacionada con la provisión de asistencia
humanitaria y apoyo a la Pueblo venezolano ”(agosto de 2019) Órdenes ejecutivas
(E.O.): Las siguientes son E.O.s relacionadas con la asistencia humanitaria
para Venezuela.
• E.O. 13884 del 5 de agosto de 2019, que bloquea la
propiedad e intereses en la propiedad del El Gobierno de Venezuela, incluye la
Sección 5, exime las transacciones que involucran al Gobierno de Venezuela que
se relacionan con el suministro de artículos tales como alimentos, ropa, y
medicamentos destinados a aliviar el sufrimiento humano.
The U.S. is committed to ensuring that humanitarian assistance reach at risk populations through legitimate and transparent channels as countries across the globe fight COVID-19. See OFAC’s NEW Fact Sheet here: https://t.co/uJ1DfB1qXh— Treasury Department (@USTreasury) April 16, 2020
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