Por Jesús Alexis
González, 21/03/2014
Un previo: no existe un concepto unitario
de verdad; algunos la entienden como un juicio
que no se puede negar racionalmente, otros como el resultado eficaz que se obtiene al
alcanzar un grado aceptable de concordancia
entre los pensamientos, las ideas, las conclusiones y los datos objetivos que
la realidad proporciona. Bajo tal ausencia abordamos este artículo.
Verdad Económica Constitucional:
Artículo 299.- “El régimen socioeconómico de la
República Bolivariana de Venezuela se fundamenta en los principios de justicia
social, democracia, eficiencia, libre competencia, productividad y solidaridad
(…)”. “El Estado, conjuntamente con la iniciativa privada, promoverá el
desarrollo armónico de la economía nacional con el fin de generar fuentes de
trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de la población
y fortalecer la soberanía económica del país (…). Artículo 318.- “Las competencias monetarias del Poder Nacional
serán ejercidas de manera exclusiva y obligatoria por el Banco Central de
Venezuela. El objetivo fundamental del Banco Central de Venezuela es lograr la
estabilidad de precios y preservar el valor interno y externo de la unidad
monetaria”. “(…) el Banco Central de Venezuela tendrá entre sus funciones las
de formular y ejecutar la política cambiaria (---) administrar las reservas
internacionales (…)”. Artículo 320.- “El
Estado debe promover y defender la estabilidad económica, evitar la
vulnerabilidad de la economía y velar por la estabilidad monetaria y de
precios, para asegurar el bienestar social”. “(…) armonización de la política
fiscal con la política monetaria (…)”. “En el ejercicio de sus funciones el
Banco Central de Venezuela no estará subordinado a directivas del Poder
Ejecutivo y no podrá convalidar o financiar políticas fiscales deficitarias”.
Verdad Económica
Gubernamental: La finalidad ulterior del “proceso
revolucionario”, consiste en la fundación de un Estado Comunal Socialista (a todas luces anticonstitucional)
apoyándose en la Ley Orgánica del Poder
Popular, y para lo cual ya han perfilado un Sistema Económico Comunal mediante la instauración de un tejido
productivo basado en nuevas relaciones de producción sustentadas en la propiedad pública, social y colectiva de
los medios de producción y en un sistema de integración de redes
productivas donde se sustituye al mercado por cadenas de distribución
estatales, comunales y mixtas; para de tal forma, sostienen, evitar las
ganancias de las clases dominantes y la explotación prolongada de los
trabajadores (¿?). Sobre tal argumento descansa el rechazo al modelo capitalista (es decir, al mercado) y a la
participación de la iniciativa privada habida cuenta de considerarlos como
generadores de desigualdades; siendo las Comunas quienes coordinarán las
actividades productivas para su sustento, teniendo como centro ejecutor a los Consejos Comunales.
Verdad Económica
Empresarial: Al momento de instalarse la Comisión en
comento (27/02/14), un muy alto vocero gubernamental ratificó el socialismo del
siglo XXI como “objetivo de la revolución”, para luego señalar: “Queremos que
nos den sus propuestas y el Gobierno decidirá sobre la base de lo que vamos a
discutir, sin pactos”. A pesar de ello, un importante empresario expresó que
“se necesita instrumentar de forma ágil
y rápida un conjunto de medidas muy concretas que conduzcan al país de regreso
al camino del crecimiento” (¿hacia el socialismo?). De inmediato propuso una
agenda de 12 puntos, en su mayoría con fundamento estructural
de difícil alcance al mediano plazo, y por obvio nada posible de activar en “forma ágil y rápida “tal
y como exige la situación económica y política del momento. Los puntos son los
siguientes: 1.- Incremento de la
producción nacional para combatir la escasez y las colas; 2.- Sustituir importaciones públicas y privadas; 3.- Revisar los niveles de producción
de las empresas estatales; 4.- Involucrar
al Estado y al sector privado en la atención de los grupos vulnerables en
materia de seguridad alimentaria; 5.- Asegurar
un sistema de acceso a las divisas dinámico, transparente y eficiente; 6.- Honrar la deuda en divisas que
tiene el Estado con el sector productivo; 7.-
Combatir la inflación, la escasez y el congelamiento de precios; 8.- Analizar las causas macroeconómicas y microeconómicas de la
inflación, como el financiamiento del gasto público con dinero inorgánico; 9.- Revisar la situación laboral, de
manera de acabar con el ausentismo; 10.-
Considerar la implementación de un programa que conecte a la juventud
venezolana con el empleo formal de calidad; 11.- Garantizar los derechos de propiedad de todos los venezolanos;
y 12.- Crear las condiciones para
que los productos hechos en Venezuela sean competitivos con el objeto de
estimular las exportaciones no tradicionales.
Reflexión final. La realidad de
los hechos nos induce a expresar un juicio
de entrada múltiple: a) Basta
cumplir con la CRBV para enrumbar la economía nacional (sin necesidad de
ninguna Comisión); b) La Comisión en
comento se perfila como una tramoya para engañar; c) La asistencia (sumisa) a la Comisión sólo ha contribuido como
“amortiguador mediático “de la crisis económica; d) El Gobierno está negado a reorientar su “modelo económico”(¿?); e) El diálogo implica una actitud de respeto entre las partes; y f) Emite tu propio juicio.
Economista Jesús Alexis González
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