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viernes, 8 de noviembre de 2013

“Maduro no solicita una Habilitante, sino poderes especiales”

Macky Arenas 31 de octubre de 2013

Entrevista a Jorge Pabón Raydan – Exdecano de Derecho de la UCV

La democracia no puede mantenerse sin separación de poderes. Las Constituyentes siempre son de facto. En Venezuela los poderes se combinan para actuar de común acuerdo, señala el constitucionalista.

Se graduó de abogado en la Universidad Santa María y obtuvo su título en Ciencias Políticas en la UCV. Allí ejerció como Decano de la Facultad de Derecho (2004-2008) y es profesor titular. Fue presidente del Tribunal Disciplinario de la Asociación de Profesores de la UCV y primer presidente del Colegio de Politólogos. Formó parte de la Comisión de Estudio para el Cambio Constitucional de la Facultad de Ciencias Políticas y Jurídicas de la UCV. Estas son sus reflexiones para los lectores de ABC de la Semana.

—  ¿Cuál es el panorama de la oposición para después de las elecciones del 8D?
—  La oposición se plantea tres vías para actuar: una reforma constitucional, el referéndum revocatorio o la Asamblea Nacional Constituyente. La reforma constitucional es un planteamiento ilógico pues, independientemente de los resultados que se obtengan el 8D, por muy favorables que sean para la oposición, es una opción que presenta varias limitaciones. Una de ellas es lo que se puede hacer con tal reforma. En primer lugar, no se pueden cambiar ni los principios ni la estructura fundamental, con lo cual la interpretación del TSJ minimizará todo aquello que se pretenda en lo teórico; adicionalmente, una reforma sólo puede aprobarse con las dos terceras partes de la Asamblea Nacional y nada asegura que la oposición, por más saltos de talanquera que ocurran, obtenga esa cifra.

— Eso, sin mencionar las limitaciones por la vía del CNE en el caso de los revocatorios…
—  El CNE aprobó unas normas para la recepción de las manifestaciones de voluntad  para los referéndums revocatorios. Ya no será por recolección de firmas, sino ajustadas a ese reglamento establecido por el organismo electoral. Allí se fijan unos lugares para recibir las manifestaciones de voluntad, con presencia de funcionarios del CNE, y en horarios predeterminados donde la gente debe ir a poner su firma y su huella digital. Entre 8:00 y 12:00 a.m. y 1:00 a 4:00 p.m., en tres días consecutivos sin prórroga…


— Lo cual hace prácticamente imposible que esas firmas se recojan
—  Sólo imagina el RR para Presidente de la República, donde existen 20 millones de electores, se trata de recoger el 20% de las firmas, es decir, 4 millones de personas que deben ir  a manifestar su voluntad. Esto, con el antecedente de la Lista de Tascón, de las amenazas, de que te sacan de las misiones, de que te quitan los contratos y para de contar. La alta abstención que caracteriza estos procesos hace improbable alcanzar esas metas.

—  Muchos son los que piensan que, de permanecer estructurado tal y como está el CNE, toda vía que implique manifestación de voluntad, sea a través de firma o de voto, está de antemano perdido
—  Estoy totalmente de acuerdo y le agregaría que aparte del CNE, los poderes fácticos como el TSJ, interpretarían las cosas siempre a conveniencia del gobierno. Lo mismo la Defensoría del Pueblo que, ante atropellos a la gente no saldría. Los motorizados que sueltan para amedrentar a la gente. Todo ello conforma un cuadro que imposibilita un proceso, por lo tanto niega, desde mi perspectiva, la viabilidad de todas esas alternativas, aunque ellas estén contempladas en la Constitución.

Asamblea Constituyente

—  ¿Y la Constituyente?
—  Las Constituyentes siempre son de facto: se derroca un gobierno y quienes siguen llaman a una Constituyente. Hay procesos, como el colombiano, donde se ponen de acuerdo para convocarla, de acuerdo a lo que establece la Constitución de ese país. En la venezolana se introdujo esta figura, completamente dictatorial, pues elimina a todos los poderes, no tiene límites de tiempo y quienes ganan allí pueden hacer lo que les viene en gana, no hay restricciones constitucionales. Esta vía está vedada para la oposición pues entre los requisitos que se establecen figura que quien convoca establece unas bases y ellas, avaladas por los poderes adosados al Ejecutivo, siempre favorecerán al gobierno.

—  El Presidente también tiene ventajas en la convocatoria…
—  Puede hacerlo en un día, lo que implica que, después de un esfuerzo titánico por parte de la oposición al reunir manifestaciones de voluntad, si es que las logra, el Presidente, en consejo de ministros, puede convocarla en un día y establecer de inmediato las bases comiciales. Así que sobre la iniciativa popular que es a lo que apuntan quienes desde la oposición acarician la idea, vale la pena analizarla de manera realista para evaluar sus posibilidades, ventajas o desventajas. Con esto puede pasar como con  la Ley Orgánica de Procesos Electorales que eliminó la representación proporcional de las minorías y, al hacerlo, le da la posibilidad de manipular los circuitos electorales y lograr que una minoría se convierta en mayoría.

—  Lo que pasó en las elecciones parlamentarias del 2010…
—  Exactamente. Sacas más votos y obtienes menos diputados. Y también acaba de pasar en las elecciones para los consejos legislativos en los Estados Miranda y en Lara, pues la ley permite eso y, además, eliminó un principio constitucional que es la representación de las minorías. Son desventajas imposibles de vencer.

— ¿A estas alturas, uno lo que se pregunta es qué fue de aquél pueblo, el constituyente originario?
—  Aunque el 347 establece que “el pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario” y que, “en ejercicio de dicho poder, puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución”, de inmediato, el 348 lo contradice al indicar que no sólo el pueblo puede convocarla, sino también el Presidente de la República, la Asamblea Nacional y los Concejos Municipales. Esta contradicción que cambia el sentido del 347 crea un desbalance de tal magnitud que parece ser una figura consagrada para uso exclusivo del Presidente de la República quien la puede impulsar con gran facilidad, en contraposición a las dificultades jurídicas y fácticas que tienen los otros posibles convocantes.

Abusos y ventajismo

—  Algunos considerarán estos inconvenientes como exageraciones
— A ellos cabe recordarles que la Constituyente, máxime en un país polarizado como el nuestro, es un juego suma cero, de vida o muerte, es preferible perder la Presidencia o cualquier otra elección, la Constituyente por decirlo de alguna manera lo puede todo, destituir al Presidente, eliminar o sustituir cualquier o todos los poderes del Estado, las leyes, y demás.  

—  En cada elección se denuncian abusos y ventajismo, sin estar en juego la integridad del régimen…
— ¿Cómo será para la de la Constituyente, cuya convocatoria por la oposición significa, para ellos, “vamos por ustedes, por sus bienes, a liquidarlos”? Así necesariamente lo entenderían quienes detentan el poder. Si la oposición ha defendido la vigencia y permanencia de la Constitución, es lógico que se pregunten a qué vienen, obviamente no a establecer otra Constitución, lo que convertiría el juego político en una guerra a muerte.

—  Cada una de las opciones mencionadas nos conduce a caer en el mismo embudo…
—  Correcto. Y estaríamos a tiempo de convocar revocatorio pues ya transcurrió más de la mitad del período de los parlamentarios. Para revocar cuerpos colegiados se necesita una ley que no se ha hecho. Pero como es un derecho, el CNE los ha reglamentado, no obstante, lo hace por la vía de recolección de firmas o manifestaciones de voluntad. La última ley, como disposición transitoria, establece que mientras no se dicte otra es el CNE el que resuelve.

—  ¿Qué pasa con los parlamentarios elegidos uninominalmente?
—  De hecho, puedes revocarlos, pero colocan al suplente que es de la misma tolda y sigue las mismas directrices políticas. Entonces, ¿qué ganas con revocarlo? Venezuela es el único país del mundo en que los representantes uninominalmente electos tienen suplentes que automáticamente suben al cargo, sin que nadie los haya elegido, sin que se sepa quienes son pues ni aparecen en las listas. Lo mismo pasa con los diputados de lista. Es todo un entramado que favorece un esquema determinado.

—  La raíz de todo esto es la ausencia de separación de poderes y tal vez su manifestación más patética sea la Habilitante, la cual el Presidente no parece estar solicitando sino ordenando se le apruebe…
—  Lo aclara muy bien el hecho de que el Presidente no está solicitando una Habilitante, sino poderes especiales, que es otra cosa. La Constitución, en su artículo 203, es muy clara respecto a las habilitantes: se trata de facultar al Presidente para que haga determinadas leyes, en determinada materia, en un determinado contexto y tiempo. Los parámetros en los cuales debe moverse están establecidos. Aquí se está dando un cheque en blanco al jefe de Estado: “En el ámbito de la economía, haga lo que le parezca”, lo cual refleja el drama de la ausencia de separación de poderes.

—  Montesquieu…
—  Es por ello que las habilitantes en Venezuela no pueden ser generales y abiertas, sino dentro de unas condiciones que determina la misma Asamblea Nacional. Montesquieu, uno de los grandes pensadores sobre la libertad, diseñó unos poderes compenetrados de  manera dinámica. El sabía que el enemigo de la libertad era el poder y se preguntaba cómo hacer para que el poder no aplastara la libertad. Llegó a la conclusión de que la única manera era controlar al poder con el poder. ¿Cómo hacerlo? Dividiendo ese poder para que cada una de las partes controle a la otra. Cuando los poderes están en manos de uno solo, ya no hay opciones, es la tiranía. La teoría de Montesquieu prevaleció y es la base de la democracia.

—  Lo tragicómico de todo esto es que la Habilitante, en esos términos, la concede el parlamento, vale decir que entrega su facultad de legislar. ¿Con esto, de alguna manera, no se está configurando, no sólo un fraude al pueblo sino que los propios parlamentarios podrían estar violando la Constitución al evadir la responsabilidad para la que fueron electos?
—  Seguro. Lo  que sucede es que en Venezuela los poderes se combinan para actuar de común acuerdo. A Hitler se le habilitó en 1933 con aquella famosa ley que lo convirtió en dictador con plenos poderes, con la venia del parlamento. Cuando acabó ese régimen, los legisladores se preguntaron qué hacer para que no volviera a ocurrir y es por ello que se especifica que las habilitantes deben ser concedidas bajo condiciones muy bien determinadas. Aquí se ha llegado al extremo de que el parlamento entregue las funciones de control, lo cual es grave. Lo que llamamos cheque en blanco, que se le dio a Chávez y ahora lo quiere Maduro.

— Es el rol del contrapeso, sin él no hay democracia…
—  Y el contrapeso funciona de diferentes maneras, la prensa –por ejemplo- es un poder que controla al poder. El poder Judicial, “la boca que pronuncia la palabra de la ley”. Pero si controlas o mediatizas todo eso eliminas el contrapeso. En los Estados Unidos, Franklin D. Roosevelt comenzó a actuar para salir de la depresión y hacia el año 1933 tenía poderes que el parlamento le otorgaba, pero la Corte Suprema salió al paso y determinó que el Congreso no podía entregarle sus poderes al Presidente. Y hasta allí llegó la cosa. Y es la democracia no puede mantenerse sin separación de poderes.


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