ACCESO A LA JUSTICIA 02 de enero de 2018
Fueron
electos como diputados de la Asamblea Nacional (AN) por expresión de la
voluntad popular del estado Amazonas el 6 de diciembre de 2015, pero nunca han
podido ejercer su cargo por diversas sentencias del Tribunal Supremo de
Justicia (TSJ).
La
primera de ellas (sentencia 260/2015) se dictó en plenas vacaciones
judiciales el 30 de diciembre de 2015, es decir, ya hace dos años. En la
decisión, la Sala Electoral del máximo tribunal de la República ordenó la
suspensión del acto de totalización, adjudicación y proclamación de los cuatro
parlamentarios por representación indígena, circuito 1 y lista: Julio Ygarza, Nirma
Guarulla, Romel Guzamana (los 3 de oposición) y Miguel Rodríguez (Psuv). El
fallo que sólo tardó un día en emitirse favoreció la petición de quien fuera
candidata en dicha entidad por el Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv),
Nicia Maldonado, además de ex ministra del Ambiente del gobierno de Hugo
Chávez.
En su
momento Acceso a la Justicia, así como expertos juristas advirtieron que la totalización,
adjudicación y proclamación constituían actos ejecutados y ya cumplidos, con lo
cual resultaba imposible, material y legalmente, suspender o retrotraer sus
efectos a través de la medida cautelar dictada por la Sala Electoral. Por ello,
la AN recién electa juramentó a todos sus diputados, incluidos los de Amazonas,
al instalarse en enero de 2016.
Por
ello, el TSJ a través de su Sala Electoral en su sentencia nº 1 de 2016, por solicitud nuevamente de
Maldonado y en sólo 4 días, ordenó a la AN desincorporar a los diputados, so
pena de desacato.
Como
consecuencia de este nuevo fallo, la AN desincorporó a los diputados de
Amazonas. La Sala Constitucional (SC) reconoció en su sentencia nº 3 que había cesado el
desacato, por lo que el presidente de la República, Nicolás Maduro, podía
presentar su memoria y cuenta ante la AN, tal como establece la Constitución.
Sorprendentemente,
pese al reconocimiento de la AN por parte de la SC, esta empezó a dictarsentencias que indicaron lo contrario y sin
causa clara. Por ejemplo en su decisión nº 4 declaró constitucional el estado
de excepción invocado por el Jefe de Estado antes del pronunciamiento de la AN
como exige la Constitución y en la nº 7 anuló el acuerdo de la AN que lo desaprobaba. Poco tiempo
después, en su decisión nº 9 desconoció la función contralora del parlamento, cambiando
el texto constitucional sin justificación alguna.
Mientras
tanto, la directiva de la AN y los diputados suspendidos de Amazonas acudieron
al TSJ para oponerse a la medida cautelar en su contra y los magistrados se
tomaron 211 días para decirles que seguían suspendidos , lo contrario a la justicia exprés a favor del Psuv. También se esperaba en
2016 la orden para que se repitieran los comicios en Amazonas, la cual nunca
llegó, dejando a una población tan vulnerable como la indígena y a 116. 216 votantes
sin representación política en el parlamento.
Tira y
encoje Aún a la espera de la repetición de los comicios en
Amazonas y como reacción a las sentencias de desconocimiento de sus actos del
TSJ, la AN bajo el mando de Henry Ramos Allup (AD) entregó de nuevo sus
credenciales a los diputados en pugna el 28 de julio de 2016 sobre la base
siguiente: “Nunca van a resolver el tema de la incorporación de los diputados
de Amazonas. No vamos a acatar ninguna decisión (del TSJ) que viole la
Constitución”. Por su parte, el TSJ insistió a los pocos días (2 de agosto) con
el desacato (sentencia 108/2016) y declaró “la invalidez, inexistencia e
ineficiencia jurídica” de la nueva juramentación y de todos los actos
siguientes del parlamento.
Probablemente,
en vista de la guerra judicial del 2016 en contra de la AN a raíz del
desacato, en enero de 2017 la nueva directiva de la AN, encabezada por el
diputado Julio Borges tomó como primera medida la desincorporación de los
diputados de Amazonas, a solicitud de los mismos afectados, por las
repercusiones que estaba teniendo el supuesto desacato para la democracia
venezolana.
A
pesar de ello, el TSJ consideró que la manera en que la AN había desincorporado
a los diputados y elegido a la nueva directiva no era la adecuada y volvió a declararla en desacato, ordenando que se volviera
a incorporar la vieja directiva, lo cual viola la Constitución que establece
que a partir del 5 de enero la directiva anterior no puede ejercer funciones de
ningún tipo. La AN no hizo lo que le pidió la SC por lo que el TSJ consideró
que estuvo en desacato todo el 2017.
Falsa
alarma A principios de diciembre de 2017, el TSJ declaró
concluido un caso judicial relacionado con Amazonas, una de las siete causas
que se originaron a partir de esas elecciones y que no tuvo que ver con la
sentencia 260 que suspendió a los cuatro diputados. Se trató del caso de la
diputada Guarulla (sentencia 221/2017), el cual pereció por desinterés del
demandante en el juicio y que en nada cambió su situación de exclusión de la
AN, ni la de los otros 3 diputados de Amazonas.
De lo
anterior queda claro que de nada han servido las entradas y salidas de los
diputados de Amazonas de la AN, pues seguimos con un Poder Legislativo atado de
manos con las consecuencias ya conocidas hasta la fecha, derivadas de la
completa anulación de sus competencias. Dicha problemática se agravó con la
llegada de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), quien pretende fungir como
un legítimo parlamento nacional, además con poderes supraconstitucionales.
¿Y a
ti venezolano, cómo te afecta? Al impedir el ejercicio de la
representación política de Amazonas y la Región Indígena Sur de dicha entidad
que también abarca el estado Apure, por parte de los diputados electos, el TSJ
violó los derechos políticos más básicos de sus habitantes, así como la
voluntad popular de todos los venezolanos al desconocer además por esa causa
todos los actos de la AN.
El
Gobierno nacional tiene como una de sus banderas a los indígenas, pero al
apoyar las acusaciones de fraude electoral en las elecciones parlamentarias en
ese estado y pedir a través del Psuv que se repitieran los comicios para que
nunca se hicieran, demostró junto al Poder Judicial que poco le importa esta
población, ni la democracia en Venezuela y por ello es que no hay defensa
alguna del colectivo, aunque sostenga siempre lo contrario.
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