Macky Arenas 20 de diciembre de 2022
@MackyArenas
Hay una actitud deliberada que obedece al
juego de intereses que subyace en el G4
PROCURADOR
ESPECIAL PARA LA DEFENSA DEL ESTADO, FUE DESIGNADO EL 23 DE JUNIO DE 2020 POR
EL PRESIDENTE (E) DE VENEZUELA, JUAN GUAIDÓ, CON LA AUTORIZACIÓN DEL
PARLAMENTO. SÁNCHEZ FALCÓN OCUPA EL CARGO EN REEMPLAZO DEL ABOGADO JOSÉ IGNACIO
HERNÁNDEZ, QUIEN RENUNCIÓ OFICIALMENTE A SUS RESPONSABILIDADES COMO PROCURADOR
EL PASADO 18 DE JUNIO DE 2020. SÁNCHEZ FALCÓN ES ABOGADO Y PROFESOR EN DERECHO
CONSTITUCIONAL EN LA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICA DE LA
UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA (UCV) Y EN LA MAESTRÍA EN DERECHO
CONSTITUCIONAL EN LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRÉS
BELLO DE CARACAS (UCAB). CUENTA CON UN POSTGRADO DEL INSTITUTO INTERNACIONAL DE
ADMINISTRACIÓN DE PÚBLICA, EN PARÍS, FRANCIA (1971). DE ACUERDO CON SU HOJA DE
VIDA, FUE DIRECTOR EN LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA HASTA 1985. DESDE
FEBRERO DE 2019 ES CONSULTOR JURÍDICO DE LA ASAMBLEA NACIONAL (AN).
No
decidir la continuación constitucional del Gobierno Interino es desacatar la
Constitución
Hay
una actitud deliberada que obedece al juego de intereses que subyace en el
G4
Me he
preguntado a veces ¿habrán tomado conciencia de la imagen que de ellos está
percibiendo la opinión pública venezolana?
Personalmente,
me siento satisfecho de haber hecho lo que me corresponde, dentro de lo que he
podido. No me he faltado a mi mismo.
ENTREVISTA
DE Macky Arenas/EncuentroHumanista.org
_ El pasado 28 de octubre usted, como Procurador Especial designado por la legítima Asamblea Nacional, se dirigió a ese órgano legislativo con el fin de señalar las consecuencias que traería para el país el cese del Gobierno Interino. ¿Podría precisar las más significativas?
Desde
esa condición que destaca la pregunta, estimo que las consecuencias más
significativas del cese del gobierno interino serían: el decaimiento de la
autoridad de las personas que actualmente gestionan exitosamente los activos
del pueblo venezolano en el exterior, Citgo especialmente, así como el fin de las
representaciones judiciales que defienden a esos activos de las múltiples
demandas de acreedores que persiguen ejecutarlos para cobrar sus acreencias;
incluyo aquí también la de la única demanda que ha intentado Venezuela en el
caso de los Bonos 2020. Tales autoridad y representaciones existen porque
existe el gobierno interino. Si éste deja de existir aquellas también dejan de
existir. Ello podría representar que se afecten, gravemente, la posibilidad de
mantener a Citgo como empresa de los venezolanos así como la incontestable
recuperación que ha exhibido últimamente y por lo que es vista por algunos
expertos como pieza clave de una futura recuperación de la industria petrolera
venezolana. Podría representar, también, que se impida liberar al país de una
cuantiosa obligación que sería un pesado fardo para la superación de la crisis
humanitaria compleja que vivimos y respecto de la cual existe en este momento
la posibilidad de llevarla a cero, me refiero al caso del laudo arbitral a
favor de Conoco, cuya nulidad ha sido solicitada por la Procuraduría Especial.
_ Como
abogado, puede explicarnos cuál sería el acto formal para derogar esa ley.
¿Cómo se entiende jurídicamente?
Ciertamente,
el principio general es que las leyes se derogan por otras leyes. Pero cuando
es la propia ley la que establece el término de su vigencia no haría falta una
ley derogatoria. Y este es el caso del Estatuto de la Transición. Tal como
quedó establecido en la última reforma de dicho Estatuto, concretamente en su
artículo 12, “la continuidad constitucional del Poder Legislativo será ejercida
por la Asamblea Nacional electa el 6 de diciembre de 2015, la cual funcionará a
través de la Comisión Delegada hasta por doce (12) meses continuos a partir del
4 de enero de 2022 o hasta que, dentro de ese lapso, se restablezca el orden
constitucional y democrático”. Siendo así que nada indica -cuesta decirlo pero
es así- que antes del próximo 4 de enero de 2023 será restablecido el orden
constitucional, podría suceder que llegados a esa fecha, si no hay una decisión
al respecto, el Estatuto de la Transición pierda su vigencia, la Asamblea
Nacional desaparezca y el gobierno interino como emanación de la Asamblea
desaparezca también. Sin embargo, en lo personal creo que los factores
políticos no tienen alternativa. No decidir la continuación constitucional del
Gobierno Interino es desacatar la Constitución. No hacerlo es ponerse de
espaldas a la Constitución y al mandato contenido en sus artículos 333 y 233,
para cubrir la inexistencia de un Presidente electo. Deberán actuar como lo
hicieron en diciembre de 2020 y en enero de 2022. Es decir, invocar
el principio de la continuidad constitucional el cual postula que no existe
sino una sola forma de colmar el vacío de un órgano constitucional que llega al
término de su vigencia sin que exista el que lo debe sustituir, esto es,
mediante la prolongación del respectivo mandato. Deben reformar el
Estatuto de la Transición y prolongar la vigencia del mandato de la Asamblea
Nacional.
_ ¿Cómo
se disuelve la transición, pueden “darle de baja” los mismos que la
aprobaron? ¿No sería una especie de capitulación ante el régimen?
Si por
“transición” se entiende la institucionalidad interina, puede disolverse, como
dijimos antes, por inacción si transcurridos los doce (12) meses que culminarán
el próximo 4 de enero de 2023, no existe pronunciamiento sobre la
prolongación de la vigencia del Estatuto de la Transición. Y, sí, estoy
absolutamente de acuerdo en que “disolver la transición”, “darle de baja” sería
una capitulación, es decir una rendición. Salvo que ello ocurra como
consecuencia de un real acuerdo en el que el régimen conceda algo de
importancia equivalente.
_ Si
los diputados de la legítima Asamblea Nacional deciden autoliquidarse, y de esa
manera extinguir al gobierno interino, los más de 50 países que han sostenido
la legitimidad de la causa democrática venezolana, ¿no quedarían
automáticamente en libertad, con la posibilidad, de actuar en función de sus
intereses nacionales y de replantearse su posición frente a la dictadura?
Es
obvio, si la propia oposición no reconoce a la institucionalidad interina
representada por la Asamblea Nacional y la Presidencia encargada y los
diputados deciden autoliquidarse, los países que dieron ese importante
paso de reconocer al Presidente interino, seguramente se replantearían su
posición frente a la dictadura. A dónde, exactamente, los llevaría ese
replanteamiento no es posible predecirlo, pero una opción es que restablezcan
el reconocimiento del gobierno de Nicolás Maduro
_ Recordemos
que fue la lucha militante de la ciudadanía la que, con su presencia en las
calles resistiendo a la represión, legitimó al Estatuto de la Transición.
¿Desmontarlo no equivaldría a un golpe de Estado? Se produciría un vacío.
¿Quién y cómo lo llenaría?
No
creo que técnicamente podamos calificar esa situación de “golpe de Estado” lo
cual supone que se desplace al detentador de un poder que controla un
territorio. Quizá valga como metáfora. Desmontarlo sería desconocer el mandato
constitucional contenido en los artículos 333 y 233.
_
En ese caso, ¿cuál sería la representación institucional de la oposición?
Si se
desmonta la institucionalidad interina, la oposición quedaría sin
representación institucional. Por eso he dicho antes, los factores de la
alternativa democrático no tienen otra opción que prolongar la vigencia del
Gobierno Interino mediante una reforma del Estatuto de la Transición que
haga desaparecer ese término de vigencia de las funciones de la Asamblea
Nacional electa en 2015 calculado a partir del período anual de sesiones
ordinarias de ese cuerpo legislativo, y lo vincule a la realización de
elecciones nacionales libres, justas y verificables.
_
¿Debe ser Guaidó el que permanezca como presidente interino?
Puede
ser Guaidó, pero eso será una decisión política de los integrantes de la
Asamblea electa en 2015. La aplicación del artículo 233 de la Constitución en
caso de cobertura de la falta absoluta del Presidente electo, asigna la función
de Presidente encargado al Presidente de la Asamblea, no a un diputado
personalmente considerado. Será el diputado electo Presidente de la Asamblea
Nacional, cuando ello corresponda.
_ En
ese nuevo escenario Maduro podría obtener la titularidad de todos los recursos
venezolanos ubicados en el extranjero y manejar a discreción los bienes
venezolanos depositados en el exterior ¿Quién se encargaría de los juicios de
Citgo? ¿En manos de quién queda la decisión sobre el oro custodiado en
Londres? ¿Quedaría sólo Maduro como parte del juicio?
Si ese
nuevo escenario al que se refiere la pregunta es el del desmantelamiento de la
institucionalidad interina, no cabe duda de que las puertas de acceso a la
titularidad y el manejo de los bienes y activos de los venezolanos en el
exterior estarían totalmente abiertas para Maduro. Puede ser que al comienzo
tenga algunas dificultades por virtud de las sanciones, pero a la larga lo
lograría. En el entretanto las autoridades designadas por el Gobierno interino
para administrar activos en el exterior quedarían cesantes o radicalmente
disminuidas en sus actividades pues faltaría la empresa matriz respectiva. Y
los juicios pendientes quedarían sin representación judicial y por ende a
merced de los acreedores. En el caso de los bonos 2020, en el cual PDVSA es
demandante, quedaríamos indefensos o incursos en desistimiento.
_ Existe
la posibilidad de que se corran arrugas, no pase nada y la dinámica fluya por
la vía de los hechos, como suele ocurrir en este país. ¿Podría leerse eso como
la intención de dejar el poder a Maduro? ¿No estaríamos asistiendo a la
confesión de una derrota?
Como
dije antes, las funciones de la Asamblea Nacional de 2015 tienen fijada una fecha
tope a partir de la cual si no ha habido un pronunciamiento que las prorrogue
fenecen por decaimiento. Esa fecha es el 4 de enero de 2023. Por manera, pues.
que la “dinámica de los hechos” no permite “correr la arruga”. Es inevitable
que no pase nada. Si el 4 de enero de 2023 no hay pronunciamiento sobre la
prórroga de la institucionalidad interina esta fenece. Si lo hay debe ser para
prorrogar su vigencia. Sobre si estamos asistiendo a la confesión velada de una
derrota o al propósito oculto de dejar el poder a Maduro no quisiera declarar
pues estaría emitiendo juicios de intención.
_ ¿Cómo
quedan las instituciones que la propia asamblea nombró y que operan en el
exilio?
Si
desaparece la institucionalidad interina desaparecen también las autoridades designadas
por el Gobierno Interino. Por tanto, todas las instituciones derivadas del
Gobierno Interino, incluidas las que operan en el exterior, desaparecerían. Por
eso, reitero, los factores de la alternativa democrático no tienen otra opción
que prolongar la vigencia del Gobierno Interino mediante una reforma del
Estatuto de la Transición.
_
Usted ha hecho unas patrióticas advertencias. Considerando la pertinencia y
gravedad de lo que expone, ¿ha recibido respuesta a esa carta?
Debo
reconocer, expresamente, que el propio Presidente Guaidó y los diputados
integrantes de la fracción de Voluntad Popular, han acompañado siempre a la
Procuraduría Especial en las solicitudes de recursos para atender los litigios
pendientes. Asimismo, la fracción 16 de julio, se ha reunido conmigo en dos
ocasiones para expresarme su solidaridad ante las advertencias hechas desde la
Procuraduría. En los otros partidos algunas individualidades, muy pocas, han
hecho lo propio.
_ ¿Qué
reflexiones le sugiere la aparente indiferencia de la dirigencia política
opositora ante semejante panorama?
Que no
se trata de simple indiferencia sino de una actitud deliberada que obedece al
juego de intereses que subyace en el G4. Pero me he preguntado a veces ¿habrán
tomado conciencia de la imagen que de ellos está percibiendo la opinión pública
venezolana?
_ A
estas alturas, ¿qué balance hace de su ejercicio como parte del gobierno
interino?
Creo
haber contribuido en algo al control de daños presentes en esa inmensa cantidad
de demandas contra el Estado venezolano y sus entes descentralizados, al
controlar la legitimidad de las mismas, suspender procesos y obtener rebajas de
intereses, costas y honorarios. Demandas que corresponden a deudas creadas, en
su mayoría, por la gestión arbitraria, irresponsable y corrupta de los
regímenes de Chávez y Maduro, las cuales sin duda habrá que pagar en algún
momento, pero en procesos de reestructuración consensuada, cuando se recupere
el Estado de Derecho en nuestro país y ello sea posible. Asimismo, creo haber
contribuido en algo a que aún se mantengan lejos de las manos de Maduro y de
los acreedores activos tan importantes como Citgo y el oro de Londres.
Personalmente,
me siento satisfecho de haber hecho lo que me corresponde, dentro de lo que he
podido. No me he faltado a mi mismo.-
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Para comentar usted debe colocar una dirección de correo electrónico