Por Luis M. García P.
Recientemente hemos oído al
Presidente de la República, en su afán de evadir contarse en un eventual
referendum revocatorio a realizarse este 2016, decir que este recurso es una
“opción”, con lo cual pretende desestimarlo y presentarlo como un requisito
accesorio al cual los ciudadanos podrían tener acceso, pero no supondría la
obligación de instrumentación y acatamiento por parte de los poderes públicos:
nada más falaz.
Cuando el extinto Presidente
Hugo Chávez presentó su proyecto de constitución ante la Asamblea Nacional
Constituyente, allá por los inicios de 1999, anunció igualmente, una plataforma
jurídico-institucional que pudiera justificar históricamente, su impaciencia
por desplazar del poder a destiempo al gobierno presidido por Carlos Andrés
Pérez, lo cual intentó ese 4 de febrero de 1992. La fórmula constitucional para
ello se llamó “Referendum Revocatorio”, que, de haber existido en 1992 -diría
Chávez- se hubiera activado ahorrándonos el episodio de la intentona de golpe
de estado de entonces.
También los golpistas del
92, luego gobernantes, intentaron otra justificación moral y política a la
ruptura de su juramento de emplear las armas sólo para la defensa de la
república. Esa norma justificatoria tiene una cifra, y se llama artículo 350.
Para dar un radical mentís a
las elucubraciones presidenciales, es la propia constitución, “la bicha”, como
irreverentemente la denominara el comandante presidente, la que establece,
desde su título I, referido a los principios fundamentales, en su artículo
seis, que “El gobierno de la República… es y será siempre democrático,
participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista
y de mandatos revocables”. ¿Cuántos de estos principios se cumplen hoy?.
A renglón seguido, el
artículo 7 establece que ésta, la constitución, es la norma fundamental y tanto
las personas como los poderes públicos están sujetos a ella y, desde luego, a
su cumplimiento.
Más adelante, el artículo 25
fija, de manera palmaria, los límites del poder cuando dispone que “Todo acto
dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos
garantizados por esta Constitución y la Ley es nulo, y los funcionarios
públicos que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y
administrativa según los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes
superiores”. ¿Qué responsabilidad puede atribuirse entonces a quienes hoy,
desde la cúpula de los poderes del Estado torpedean el derecho ciudadano, ya
ratificado de convocar un referendum revocatorio?.
Adicionalmente, el texto
constitucional atribuye a los órganos del Poder Público (Art. 62) la obligación
de facilitar los mecanismos de participación popular en orden al ejercicio de
los derechos políticos de los ciudadanos.
Más adelante, y en coherente
secuencia, el artículo 70 enumera cada uno de los mecanismos de participación a
través del sufragio, entre los que cita el referendo y la revocatoria del
mandato, entre otros.
El artículo 72 es la clara y
diáfana norma que en los días que corren algunos intentan obviar: “Todos los
cargos y magistraturas de elección popular son revocables”. Más claro
no canta un gallo. Y de seguida, en un capítulo destinado a la figura del
referendum popular, el mismo artículo pasa a explicar lo relativo al 20 % y al
lapso para la revocatoria que incluye a todos los funcionarios electos, incluso
al Presidente de la República.
Y si la norma constitucional
no fuera suficiente, ya el mismo Chávez probó de su propio brebaje cuando,
también a regañadientes, debió someterse a un revocatorio cuyos resultados
oficiales lo favorecieron, estableciendo así un precedente político y jurídico
a esta práctica cívica a la cual hoy se le teme tanto.
Ahora bien, ¿Qué es el
referendum en términos prácticos? Es un examen a la gestión, una evaluación
popular al proceso revolucionario que, según sus mentores, ha mejorado
sustancialmente la calidad de vida del pueblo, que en la versión de los voceros
políticos del chavismo, el país ha avanzado y cuentan con el apoyo de la gente.
Si esto es así, entonces, ¿cuál es el miedo?.
El Ejecutivo y el resto de
los poderes públicos -salvo la Asamblea Nacional- se han puesto a la defensiva:
dicen que estudiaron y se niegan a presentar examen; se atribuyen el apoyo
popular y se abstienen de consultarlo, aún en el marco de la democracia
participativa y protagónica que también prescribe la Carta Magna. ¿Por qué esta
contradicción?.
Es obvio que el asunto no es
jurídico, ni tiene relación alguna con el ejercicio de los derechos
constitucionales como el revocatorio. En Miraflores leen las encuestas donde el
presidente va cuesta abajo irremisiblemente. También, aunque no las difunden los
medios oficiales, en el alto gobierno ven y saben de las diarias protestas y
movilizaciones que no obedecen a la conspiración, la desestabilización ni algún
otro de los clichés oficiales como la guerra económica. En las cúpulas
cívico-militares saben que no los quieren y apuestan a la represión
generalizada y a la censura de los medios de comunicación.
Represión en las colas, en
la discriminación política, en el reparto de alimentos, persecución incluso a
la disidencia venida de sus filas, extorsión y hostigamiento a los pocos medios
de comunicación independientes que aún guapean, y por supuesto, censura en
todas sus formas, por las buenas, las regulares y las malas.
Todo esto en un marco de
insatisfacción creciente, de hambre y de angustia que, en la práctica,
constituyen la más explícita invitación al referendum revocatorio que, como los
purgantes, ocasionará algunos trastornos, no mayores que los que ahora vivimos,
pero nos evitará la tragedia de “remedios milagrosos” que la historia nos
enseña que son mucho peores que la enfermedad que ofrecen curar.
18-07-16
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