LA
ASAMBLEA NACIONAL
DE LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En
Rescate de la Constitución, la Democracia y los Derechos Humanos
ACUERDO
EN DESCONOCIMIENTO DE LOS FRAUDULENTOS RESULTADOS ELECTORALES DEL 30 DE JULIO
DE 2017 CON LOS CUALES SE PRETENDIÓ IMPONER UNA ILEGÍTIMA ASAMBLEA NACIONAL
CONSTITUYENTE, Y EN REIVINDICACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE 1999 COMO FUNDAMENTO
DEMOCRÁTICO DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CONSIDERANDO
Que el
30 de julio de 2017 el régimen de Nicolás Maduro, con el apoyo de la mayoría de
los rectores del Consejo Nacional Electoral, magistrados del Tribunal Supremo
de Justicia y la alta cúpula de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, avanzó
en el fraudulento proceso constituyente iniciado el 1° de mayo de 2017, al
realizar una supuesta e ilegítima “elección” de los miembros de tal ilegítima
constituyente;
CONSIDERANDO
Que
las autoridades de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana han asumido el
protagonismo en los anuncios relativos al proceso electoral, invirtiendo el
principio constitucional de sujeción de la autoridad militar a las autoridades
civiles; lo cual es una muestra del militarismo que se nos pretende imponer, en
contravención a los valores cívicos y republicanos plasmados en la Constitución
vigente de 1999;
CONSIDERANDO
Que
como esta Asamblea Nacional lo ha señalado en diversos Acuerdos, y como fue
ratificado por el pueblo venezolano en la consulta popular del 16 de julio de
2017, la asamblea nacional constituyente es un fraudulento e ilegítimo proceso
que solo pretende derogar la Constitución de 1999 por mecanismos distintos a
los previstos en ella, con el propósito de instaurar en Venezuela una dictadura
de corte totalitaria, en razón de lo cual, todos los actos y procesos derivados
de tal constituyente deben ser desconocidos por los ciudadanos y los
funcionarios públicos, quienes están en el deber de restablecer la vigencia de
la Constitución de 1999, todo ello, conforme a sus artículos 333 y 350;
CONSIDERANDO
Que la
fraudulenta elección del 30 de julio pretendió dar legitimidad al proceso
constituyente, a pesar de que tal procedimiento se inició con la usurpación de
la soberanía popular, la cual nunca fue consultada sobre la convocatoria de la
asamblea constituyente, según lo ordena el artículo 347 constitucional;
CONSIDERANDO
Que
además de lo anterior, la fraudulenta elección del 30 de julio se realizó al
margen de garantías internacionales y constitucionales mínimas que deben estar
presentes en cualquier elección democrática, muestra de lo cual es que a pesar
de la alta abstención en los irregulares centros de votación admitidos para esta
elección, quien ocupa la presidencia del Consejo Nacional Electoral anunció una
supuesta y falsa participación de Ocho Millones Ochenta y Nueve Mil,
Trescientos Veinte (8.089.320) de electores, lo que hace todavía más evidente
el fraude cometido;
CONSIDERANDO
Que el
pueblo de Venezuela, en ejercicio de su derecho a la resistencia, realizó
diversas protestas pacíficas durante la jornada del 30 de julio de 2017, con el
deplorable saldo de 16 personas asesinadas, cientos de heridos y numerosas
personas detenidas de manera arbitraria, ante la represión a la cual ha acudido
el régimen de Nicolás Maduro para tratar de imponer su fraudulenta e ilegítima
Asamblea Nacional Constituyente;
CONSIDERANDO
Que la
comunidad internacional, con países como Argentina, Colombia, España, Estados
Unidos de Norteamérica, México, al igual que organismos internacionales como la
Organización de Estados Americanos (OEA) y el Parlamento Europeo, manifestaron
su desconocimiento al fraudulento proceso constituyente del régimen de Nicolás
Maduro;
CONSIDERANDO
Que la
fraudulenta elección de la ilegítima Asamblea Nacional Constituyente del 30 de
julio de 2017, implica un cambio importante en el escenario político y
constitucional venezolano, al representar el intento definitivo de instaurar la
dictadura de corte totalitario amparada en la figura de la Asamblea Nacional
Constituyente, todo lo cual exige la articulación de acciones efectivas e
inmediatas orientadas a deponer tal forma despótica de gobierno, contribuyendo
así al restablecimiento efectivo de la Constitución en Venezuela, en marco de
los artículos 333 y 350 de esa Constitución, con la legitimidad democrática
derivada de la consulta popular del 16 de julio y el apoyo de la comunidad
internacional comprometida con la defensa universal de los derechos humanos y
de la democracia constitucional.
ACUERDA
Primero:
Ratificar que todos los actos relacionados con la Asamblea Nacional
Constituyente incluyendo la supuesta elección de 30 del julio de 2017, deben
ser desconocidos, al tratarse de un proceso basado en la usurpación de la
soberanía popular y del Poder Constituyente Originario que reside
exclusivamente en el pueblo de Venezuela. Asimismo, se ratifica el derecho de
resistencia del pueblo de Venezuela frente a esa fraudulenta e ilegítima
Asamblea Nacional Constituyente, así como el deber de los funcionarios e
integrantes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana de desobedecer todos los
actos derivados de la fraudulenta constituyente, y contribuir activamente para
restablecer la vigencia efectiva de la Constitución de 1999.
Segundo:
Desconocer la elección realizada el 30 de julio de 2017 de los integrantes de
la fraudulenta e ilegítima Asamblea Nacional Constituyente, convocada sin
referendo popular, en contra de la voluntad del pueblo y en contravención del
artículo 347 de la Constitución.
Tercero:
Rechazar la masacre y los delitos aberrantes cometidos contra los venezolanos,
quienes en ejercicio legítimo de su libertad de expresión, de protesta y de
resistencia, manifestaban en rechazo de ese fraude constituyente y expresar la
solidaridad de este cuerpo parlamentario para con las víctimas de la represión,
los detenidos y los familiares de los fallecidos, así como con todo el pueblo
de Venezuela.
Cuarto:
Ratificar el mandato derivado de la consulta popular del 16 de julio de 2017,
en virtud de lo cual, esta Asamblea Nacional, como legítimo y exclusivo
representante del pueblo de Venezuela, adoptará todas las medidas y acciones
orientadas a deponer a la Asamblea Nacional Constituyente como poder ilegítimo
y de facto, para restablecer efectivamente la vigencia de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela.
Quinto:
Exhortar a la ciudadana Luisa Ortega Díaz, en su condición de Fiscal General de
la República, a investigar especialmente los actos criminales contra los
manifestantes, así como los delitos cometidos en la organización y realización
del proceso electoral del 30 de julio de 2017, y ejercer las acciones que
corresponda contra los funcionarios y personas que ordenaron y ejecutaron tales
delitos, a los fines de hacer efectiva las responsabilidades penal,
administrativa y disciplinaria de quienes hayan ordenado y ejecutado los actos
de represión contra el pueblo y de quienes hayan participado en el fraude
constitucional de la asamblea nacional constituyente.
Sexto:
Exhortar al Ministerio Público a que adelante investigaciones y diligencias
orientadas a establecer la responsabilidad penal de todos los funcionarios
públicos y personas inmersas en el fraudulento proceso constituyente que se
pretende imponer para cambiar violentamente la Constitución y cambiar la forma
republicana de la Nación.
Séptimo:
Agradecer la solidaridad expresada por la comunidad internacional para con el
pueblo venezolano en rechazo del fraude constituyente, y coordinar las
reuniones necesarias para conformar un frente de acción común de los Estados
comprometidos con la defensa universal de los derechos humanos y los organismos
internacionales correspondientes, para que a través de los mecanismos admitidos
en el Derecho Internacional Público, contribuyan a deponer a la fraudulenta e ilegítima
Asamblea Nacional Constituyente y a restablecer la vigencia efectiva de la
Constitución de 1999.
Octavo:
Apoyar al pueblo venezolano en el ejercicio de su derecho de resistencia frente
al despotismo que pretende imponerse a través de la Asamblea Nacional
Constituyente, a través de acciones organizadas y planificadas que contribuyan
a deponer a tal ilegítima constituyente, realizando las acciones necesarias
para restablecer la vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, conforme al mandato de la consulta popular del 16 de julio de 2017.
Noveno:
Ratificar que el pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana,
desconocerá toda forma de gobierno despótico que derive de la asamblea nacional
constituyente, sin que el pueblo quede vinculado a deber de obediencia alguna
frente a tal constituyente y quienes contribuyan a su instalación h
funcionamiento. Solo serán reconocidas a las autoridades que surjan de
elecciones democráticas y libres.
Décimo:
Remitir copia del presente Acuerdo al Secretario General y al Consejo
Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA), a la Organización de
Naciones Unidas (ONU) a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y
a los miembros del cuerpo diplomático, en especial a los representantes de
aquéllos Estados que se han pronunciado desconociendo la elección de la
asamblea nacional constituyente.
Décimo
Primero: Dar publicidad al presente Acuerdo.
Dado,
firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea
Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en Caracas, al primer día de
agosto de dos mil diecisiete. Año 207° de la Independencia y 158° de la
Federación.
JULIO ANDRÉS BORGES JUNYENT
Presidente de la Asamblea Nacional
FREDDY GUEVARA CORTÉZ
Primer Vicepresidente
|
DENNIS FERNÁNDEZ LÓRZANO Segunda Vicepresidenta
|
JOSÉ IGNACIO GUÉDEZ
Secretario
|
JOSÉ LUIS CARTAYA
Subsecretario
|
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Para comentar usted debe colocar una dirección de correo electrónico