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viernes, 4 de agosto de 2017

Sobre las elecciones regionales por @ignandez


Por José Ignacio Hernández G.


De manera simultánea a los anuncios de la elección de la fraudulenta Constituyente, el Consejo Nacional Electoral (CNE) informó también la fecha de las elecciones regionales. De acuerdo con el CNE, las elecciones se realizarán el 10 de diciembre mientras que las postulaciones de candidatos se realizarán entre el 8 y el 12 de agosto. En la noche del 31 de julio, Maduro “retó” a la oposición a “medirse” en esas elecciones.

Al día de hoy, la página del CNE no refleja ni la convocatoria ni el cronograma de esas elecciones, aún cuando sí han comenzado a publicarse algunas decisiones relacionadas con las mismas. Todo ello plantea una suerte de dilema: ¿debe la oposición participar en esas elecciones?

Más que responder a esta pregunta –que atiende más a consideraciones políticas– queremos presentar los pros y contras que, desde el punto de vista constitucional, implicaría la decisión de participar o no en esas elecciones. 

1. ¿Elecciones sin garantías?

Las elecciones realizadas por el CNE el pasado 30 de julio, junto al anuncio de resultados poco creíbles, terminó de minar la poca credibilidad del CNE. No solo la mayoría de los rectores de ese Consejo convalidaron el fraude de la Constituyente, sino que además, condujeron dicha “elección” violando garantías básicas de todo el proceso electoral. La parcialidad política de esos rectores quedó al descubierto. A ello debe agregársele las declaraciones de la empresa Smartmatic, que demuestran la vulnerabilidad de nuestro sistema electoral.

Debe considerarse también que la mayoría de los partidos se encuentran “ilegalizados” por una fraudulenta decisión de la Sala Constitucional, mientras que una parte importante de los líderes de la oposición se encuentran inhabilitados, arbitrariamente detenidos o exiliados por abusivas decisiones de la Contraloría. Asimismo, es importante recordar que la Asamblea Nacional ha cuestionado la legitimidad de origen de los rectores del CNE. Finalmente, debemos recordar que el actual Tribunal Supremo de Justicia, como ya ha hecho, puede desconocer cualquier resultado electoral, e incluso, fabricar excusas para remover a funcionarios de elección popular.


En estas condiciones institucionales, no parece posible acudir a un proceso electoral regional con garantías mínimas. Vale decir, no es factible que en Venezuela se realicen “elecciones libres y transparentes”, de acuerdo con la tercera pregunta de la consulta del 16 de julio. Para cumplir esas condiciones, haría falta una reforma integral del sistema electoral venezolano, que va más allá de la designación de rectores del CNE.

Sin embargo, diferir toda participación en elecciones a esa reforma electoral integral podría en la práctica llevar a la oposición a no participar en elecciones por una buena temporada, dado que es imposible implementar reformas inmediatas que garanticen elecciones libres y transparentes. Estas condiciones son, más bien, un punto de llegada, luego de un complejo proceso de reformas institucionales.

En conclusión: en Venezuela no existen garantías electorales mínimas que aseguren elecciones regionales libres y transparentes. Pero esa es una condición permanente de nuestro sistema electoral, que más que impedir definitivamente toda participación en elecciones, debe ser tomada en cuenta para planificar, cuidadamente, la ruta de acción sobre qué hacer para proteger, en lo posible, los resultados electorales de las regionales.

2. ¿Son relevantes las elecciones regionales?

De acuerdo con la Constitución, las elecciones regionales constituyen un evento comicial muy relevante, pues se orientan a fortalecer la descentralización, que es una eficaz técnica de democratizar el poder y controlar al Gobierno Nacional.

Pero la Constitución perdió vigencia debido al golpe de Estado permanente promovido desde el Poder Ejecutivo, el Tribunal Supremo de Justicia y el propio CNE. Golpe de estado que pretende consolidarse a través de la fraudulenta Constituyente.

Además, téngase en cuenta que desde el 2010, diversas Leyes han reducido la autonomía de las autoridades regionales. Y el poco margen de autonomía que subsiste, con toda seguridad, será eliminado por la ilegítima Asamblea Nacional Constituyente, pues ésta pretende imponer el modelo del Estado Comunal, en el cual no hay descentralización sino centralización a favor de las llamadas comunas socialistas controladas por quien ejerza el Gobierno.

En este escenario, la relevancia de las elecciones regionales es mucho menor. El objetivo hoy no es fortalecer la descentralización, sino rescatar la vigencia de la Constitución, lo que pasa –entre muchas condiciones– por deponer a la ilegítima Constituyente, como lo ordena el artículo 333 constitucional y como lo reiteró la Asamblea Nacional en el Acuerdo aprobado el 1° de agosto.

Pero una cosa es afirmar que las elecciones regionales hoy no son tan relevantes como el pasado, y otra cosa es creer que son completamente irrelevantes. Ninguna elección es irrelevante, incluso, cuando el marco institucional le resta efectividad.

Esto obliga a cambiar la perspectiva de estas elecciones. Si la oposición decide postular candidatos, no puede hacerlo solamente con base en programas sobre todas las políticas públicas que las autoridades regionales electas implementarán para fortalecer la descentralización. Pues lo más probable es que, si hay elecciones, esas autoridades tengan, a lo sumo, un margen real de competencias muy reducido.

Por el contrario, la participación en las elecciones regionales debería valorarse como un simple instrumento dentro del proceso, más complejo, de restablecer la vigencia de la Constitución. Desde la interpretación del artículo 333 constitucional, no habría aquí contradicción alguna, pues es posible definir una línea de acción basada en el derecho a la rebelión civil que incluya, como medio, la participación en elecciones, así sean fraudulentas.

3. ¿Puede invocarse la desobediencia civil
postulando al mismo tiempo candidatos en elecciones injustas?

La Asamblea Nacional, en reiterados Acuerdos, ha invocado el derecho a la desobediencia civil, previsto en los artículos 333 y 350 de la Constitución. De acuerdo con la Asamblea, esto implica desconocer autoridades y procesos inconstitucionales. Ese desconocimiento, incluso, ha alcanzado a los propios rectores del CNE.

Esta desobediencia podría ser contradictoria con la postulación de candidatos en las elecciones regionales, pues esa postulación implicaría no solo reconocer al CNE sino además declarar el compromiso de obedecer las reglas electorales impuestas por el CNE. ¿No es contradictorio desobedecer obedeciendo?

Todo depende de cómo sean valoradas las elecciones regionales. Valorar esas elecciones simplemente como un evento comicial que fortalecer la descentralización constitucionalmente garantizada, implicaría de un claro error, pues en Venezuela no existen garantías constitucionales.

Pero de nuevo, si las elecciones regionales se valoran como un paso más en el complejo proceso de restablecimiento de la vigencia de la Constitución, entonces, la postulación de candidatos podría ser una decisión racional. 

4. ¿Pero en realidad existe un dilema?

Quienes me hayan seguido hasta acá, habrán comprobado que existen argumentos constitucionales racionales a favor y contra de postular candidatos en las elecciones regionales. Quizás un elemento adicional permita inclinar la balanza hacia alguna de esas dos decisiones.

Creo que en realidad, el dilema de participar o no participar en esas elecciones no existe. En realidad, que las elecciones regionales se realicen el 10 de diciembre no depende de la oposición, ni del CNE y ni siquiera de quienes hoy ocupan el Gobierno: dependerá de la asamblea nacional Constituyente, como reconoció una de las rectores de ese Consejo.

Con su fraudulento carácter originario (que no es más que una vana excusa por justificar la dictadura de corte totalitario que la Constituyente quiere imponer en Venezuela), la Constituyente podrá decidir que toda elección debe ser “diferida”, en espera de las deliberaciones constituyentes. E incluso, no hay que descartar que la constituyente intente, en el camino, designar a autoridades regionales o formalizar la creación de estructuras paralelas que terminen por minar las competencias de esas autoridades.

¿De qué depende esa decisión de la Constituyente? Creo que depende, básicamente, de lo que haga la oposición. Y este es otro fraude cometido por el CNE.

Al fijar el lapso de inscripción de las regionales en la semana siguiente a la instalación de la Constituyente, con cuatro meses de antelación a las elecciones, el CNE otorgó a la Asamblea Constituyente suficiente tiempo para decidir qué hacer con las elecciones regionales. Si la oposición inscribe candidatos, entonces, con toda seguridad la Constituyente suspenderá esa elección, en cualquier momento de aquí a diciembre. Pero si la oposición decide no participar, entonces la constituyente tolerará esas elecciones, con la seguridad que los candidatos apoyados por la constituyente ocuparán la mayoría de las plazas en disputa.

Esto, me parece, disminuye los costos de la decisión de participar en las elecciones. Valorando esa participación simplemente como un paso más dentro del proceso de restablecimiento de la Constitución, la oposición lograría evidenciar, todavía más, el fraudulento carácter de la Asamblea Constituyente, al forzarla a diferir las elecciones regionales ante la decisión de postular candidatos. Y aquí, el lapso fraudulentamente definido por el CNE puede jugar a favor de la oposición: postular candidatos durante la segunda semana de agosto daría tiempo suficiente a la fraudulenta Constituyente para diferir esas elecciones. Además, en cualquier caso la oposición siempre tendría oportunidad de retirar los candidatos postulados.

5. Sin perder el norte

Ya el lector tiene argumentos constitucionales racionales para decidir si en su opinión, la oposición debe participar o no en las elecciones regionales. Pero todavía falta un último elemento a considerar.

Durante la guerra de la independencia de Estados Unidos de Norteamérica, diversos acontecimientos sucedieron simultáneamente, haciendo muy complejo el proceso de toma de decisiones. En medio de aquella incertidumbre, John Adams insistía en una idea básica: nunca hay que perder de vista el objetivo deseado, cual es materializar la independencia y consolidar el Gobierno republicano. Toda decisión debe orientarse siempre a ese objetivo principal.

Venezuela se encuentra inmersa en un clima institucional anárquico, y que en los próximos días, con el avance de la fraudulenta Constituyente, se volverá más anárquico, impredecible y represivo. Tomar cualquier decisión en este movedizo contexto puede ser una tarea compleja.

De allí la importancia de no perder el norte. El problema de fondo a resolver no es si se participa o no en las elecciones regionales. El objetivo primario hoy día es definir y ejecutar las acciones orientadas a deponer a la fraudulenta Constituyente y a restablecer la vigencia de la Constitución. Frente a eso, todo lo demás es secundario.

Esto nos permite responder, a medias, la pregunta inicial: ¿debe la oposición participar en esas elecciones? La oposición debería participar en esas elecciones postulando candidatos, o por el contrario, debería abstenerse de participar, solo si esa decisión es parte de una estrategia más amplia orientada a restablecer la vigencia efectiva de la Constitución en los términos definidos en la consulta popular del 16 de julio, y de acuerdo con el artículo 333 constitucional.

Una decisión que, finalmente, debería ser tomada en unidad por la oposición. Pues parafraseando a Lincoln: una oposición divida consigo misma no puede subsistir.

03-08-17




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