Por Rafael Viloria
“Las cooperativas son
asociaciones abiertas y flexibles, de hecho y de derecho cooperativo, de la
economía social y participativa, autónomas de personas que se unen mediante un
proceso y acuerdo voluntario, para hacer frente a sus necesidades y
aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes, para generar bienestar
integral, colectivo y personal, por medio de procesos y empresas de propiedad
colectiva, gestionadas y controladas democráticamente…”
En el orden expuesto: el
cooperativismo venezolano viene desde 1960 desarrollando un proceso importante
de promoción, organización de cooperativas en todos los campos de la economía
social solidaria
Hay que destacar que a lo
largo y ancho de la geografía venezolana, el cooperativismo ha dado muestras de
ser un modelo de organización social y económico alternativo en materia de
servicios sociales y económicos comunitarios.
Miles de familias
organizadas en la economía solidaria en materia financiera (Ahorro y créditos),
las ferias de consumo familiar, servicios funerarios, servicios médicos de
hospitalización, maternidad, atención medica general y especializada, cirugía,
servicios técnicos, etc.
Más de un 10% de la
población venezolana han encontrado en la cooperación, la forma autogestionaria
de mejorar su propio bienestar social y económico.
Para el venidero año 2020,
el cooperativismo venezolano, estará arribando a 60 años del proceso de
organización social, económico y político. En su trayectoria ha desarrollado
una gama de experiencias, además de su carácter social y económico, en materia
de transporte de carga, pasajeros, producción agrícola y pecuaria, mecánica en
general. Ello en síntesis da muestras de la existencia de un conjunto de
experiencias de corte social, económico y político; que a la postre ha
contribuido a lo largo de 60 años con el desarrollo del país.
Naturalmente es bueno
destacar de manera particular la presencia del marco constitucional y legal, la
Constitución Bolivariana de la República de Venezuela, en sus artículos: 70°,
118°, 184° y 308°, que reserva al cooperativismo venezolano, así como La Ley
Especial de Asociaciones Cooperativas.
Ambos instrumentos de
carácter jurídico han acompañado al cooperativismo en su coherente desarrollo.
Hoy el mismo país, donde el
cooperativismo ha desarrollado roles de organización en las mismas seis (6)
décadas; presenta un cuadro de crisis integral, que obliga a los venezolanos a
plantearse desarrollar una verdadera revolución social democrática de cambios
innovaciones y transformaciones en el marco de una nueva visión y misión.
El cooperativismo por
razones obvias conocidas, no solo estaría, sino que está obligado a participar
en el proceso de transición que las circunstancias políticas del momento así lo
indican.
Salir de la crisis no
resultará fácil, si al proceso de transición “… acción de pasar gradualmente de
un estado a otro o de una situación a otra, estado intermedio entre una
anterior y el estado al que se cambió…” no concurre la voluntad y disposición
suficiente a la unión de voluntades hacia una causa común que es la democracia
En ese contexto: el
cooperativismo con sus sesenta (60) años de experiencia acumulada deberá dar
pasos decididos a la participación activa y protagónica en la reconstrucción de
la democracia social, hoy seriamente lesionada.
Reconstruir y rescatar a
Venezuela no será fácil, imposible tampoco lo será. Para ello habrá que
invocar lo dispuestos en los artículos 2 y 3° de nuestra carta magna:
Artículo 2. Venezuela
se declara República Bolivariana, irrevocablemente libre e independiente y
fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y
paz internacional, en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador.
Artículo 3. El Estado tiene
como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a
su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción
de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y
bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos
y deberes consagrados en esta Constitución.
“Lo contrario del bien no es
el mal, sino la indiferencia.”
Es la que tenemos que
combatir uniendo nuestras voluntades y disposiciones al margen de nuestras
diferencias sociales, políticas económicas y religiosas en la gesta libertaria
que hay que emprender, todo ello solo dependerá de la unión de todos.
08-03-19
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Para comentar usted debe colocar una dirección de correo electrónico