Oscar
Bastidas
La solidaridad como valor está
presente en infinitas actividades humanas y, con mayor razón, en las
Organizaciones de Economìa Social (OESs), aquellas emprendidas por grupos de
personas para enfrentar problemas comunes; a propósito de su presencia como
valor en las organizaciones han surgido dos términos que pretenden explicarla:
Economía Solidaria y Economía de Solidaridad. Tan variadas son sus acepciones
como los temas con los que se relaciona, es frecuente relacionarla con la
bondad, la generosidad, el amor, la caridad, el respeto mutuo, la tolerancia, y
la justicia; también, coloquialmente, y particularmente en Venezuela, se usa
hasta para referirse a los precios bajos o “solidarios” de ciertos artículos.
En
un sentido etimológico, la solidaridad
aparece en el lenguaje jurídico en el S. XV “siendo común a muchos, cada uno responde por todos”, afirmación
ésta que de alguna manera aborda el tema
de la dependencia reciproca. Le Petite Larousse Illustré la señala
como “dependencia mutua entre personas”;
agrega que involucra también un sentimiento que impulsa a las personas a
establecer ayuda mutua o un deber asistencial hacia quienes están en peligro;
por extensión se relaciona con solidez.
Javier
de Lucas en su libro El Concepto de
Solidaridad, reflexiona sobre el concepto: 1.- Gramaticalmente al
calificarlo como un “sustantivo abstracto
formado a partir del adjetivo solidario, derivado a su vez inicialmente de la
expresión latina in solidum, que equivale a totalidad, al todo”; 2.-
presentándolo como “una categoría
específica de relaciones obligatorias caracterizada por la unidad-integridad
del vínculo obligatorio y la pluralidad de sujetos” … “precisamente las
características de las obligaciones solidarias”… categoría jurídica de la que
derivará la noción de solidaridad, …”; y 3.- otras acepciones.
Agrega
De Lucas que Comte la define como “consenso
entre unidades semejantes que solo puede ser asegurado por el sentimiento de
cooperación que deriva necesariamente en la jurídica de la que derivará la
noción de solidaridad, …”; y 3.-
otras acepciones.
Estas
nociones corroboran las dificultades para comprender la Solidaridad, existen
otras asimiladas a una dimensión ética que la entiende como valor y es la que
domina por su uso frecuente en el mundo de las cooperativas, las mutuales y las
asociaciones.
La
dificultad mayor consiste en identificar hasta donde llega la relevancia del
“nosotros”. ¿Dónde está la frontera
entre los deberes morales de la solidaridad y las exigencias jurídicas
derivadas de ella?; la relevancia del “nosotros” es clave para comprender el
espíritu de grupo de las organizaciones autogestionarias. Un punto de partida
de esa identificación puede ser el reconocimiento de las diferencias por todas
y todos; para De Lucas ese reconocimiento está en la base jurídica de la
autonomía moral y la libertad personal.
Como
se observa, la solidaridad en lo organizacional puede expresarse de diferentes
maneras pero, para alcanzar su plena realización debe extenderse en lo interno
y en el entorno de la organización, debe generalizarse por una suerte de oleaje sinérgico (intercooperación e
integración en el caso de las cooperativas), e impregnar con solidaridad otras
organizaciones, sectores, y regiones hasta copar la sociedad entera. La
solidaridad no puede generarse entre egoístas orientados solo por la racionalidad
económica.
Esa unión de esfuerzos y acciones por un objetivo común debe
apuntar en el mundo de las Organizaciones de Economía Social (OESs) a una
marcha común que respete la diversidad. Todo proyecto de OES debe ser ante todo
un estado de espíritu, de ánimo de equipo, que surge de una participación
colectiva y se concreta con una movilización del conjunto hacia un “nosotros”
dispuesto a realizar esfuerzos, a desbloquear conflictos, a construir una
identidad colectiva, no un “nosotros” interesado en prebendas individuales.