El Grupo de Trabajo sobre la detención
arbitraria del CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS DE LA ONU estudia el caso de
Leopoldo López y emite la siguiente decisión:
60. En merito a lo expuesto, el Grupo de Trabajo es de la opinión que
la detención del Señor Leopoldo López constituye una detención arbitraria según
las Categorías II y III de sus Métodos de Trabajo. Por consiguiente, recomienda al Gobierno de la República
Bolivariana de Venezuela que disponga la inmediata libertad del Sr. Leopoldo
Lopez, y que se le otorgue una reparación integral, incluida la compensación de
carácter indemnizatorio y moral, así como las medidas de satisfacción como
pudiere ser una declaración pública de desagravio en su favor.
26 de agosto de 2014
*Las
negritas son nuestras
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