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sábado, 25 de septiembre de 2021

Mutuales y la reciente aprobación de una ley en Colombia por @oscarbastidas25

Por Oscar Bastidas Delgado

El mutualismo como valor poseído por personas que se reconocen como afectadas por problemas comunes relacionados con la calidad de la vida en cuanto a salud, medicamentos, accidentes y riesgos, previsión, retiro, vivienda y créditos hipotecarios, servicios funerarios y otras actividades, personas que deciden superar con recursos y esfuerzos propios esos problemas gracias a las mutuales como organizaciones que no persiguen fines de lucro por lo que no deben pagar impuestos sobre rentas, tiene origen antiquísimo.

Sus experiencias se remontan a comunidades que necesitaron unir esfuerzos para enfrentar catástrofes, sean éstas climáticas como las inundaciones del Nilo tres mil años antes de Cristo; de protección de caravanas de los mercaderes de la antigua Palestina; de ayudas en casos de indigencia o enfermedad como las “Hetairas” griegas; y otras como las Guildas de la Edad Media en la antigua Germania, los “montepíos” en España, las sociedades italianas de socorros mutuos y muchas otras.

Hoy el mutualismo, movimiento sinérgico generado al integrar sus acciones, posee un cuerpo integrado de valores y principios que les conceden fisonomía propia diferenciándolas de las empresas de seguro capitalistas y públicas: sus principios son: adhesión voluntaria; organización democrática; neutralidad institucional: política, religiosa, racial y gremial; contribución acorde con los servicios a recibir; capitalización social de los excedentes; educación y capacitación social y mutual; integración para el desarrollo.

Posee también dimensiones mundiales gracias a organismos propios de integración; solo en Europa más de cien millones de personas pertenecen a él. En Bélgica no existe un Instituto Belga de Seguridad Social sino un conjunto de mutuales que protege su población desde 1864. En Francia cubren casi 40 millones de personas gracias a sus más de 2.000 puntos de atención. En Canadá, USA, Argentina, Colombia, Perú, Chile y algunos países africanos se promueve el mutualismo desde hace decenios. La Unión Africana de la Mutualidad (UAM) representa 21 países de ese continente.

En nuestra América Latina esta figura realza su vigencia con la reciente sanción por el gobierno colombiano de la Ley 2143 de 2021 que dota a las mutuales de identidad y relativa autonomía en el ámbito de lo que en ese país hermano se denomina Economía Solidaria.

Ese reconocimiento abre compuertas para que ellas fortalezcan su imagen y sus procesos en cuanto a, emprendimientos asociativos y promoción de los servicios de previsión y protección social propios de estas organizaciones. En el marco de la nueva ley se contemplan aspectos relativos a constitución, registro, derechos y deberes de asociados, responsabilidades y prohibiciones, régimen económico, fondos mutuales, procesos formativos gestión, control y relaciones del Estado. Por tal motivo se declara el próximo día 5 de octubre como el Día Nacional de la Mutualidad.

En Venezuela esta importante y útil figura asociativa adquirió rango constitucional, junto al término Economía Social, al ser impulsada en un conjunto de ocho artículos propuestos a la Asamblea Constituyente Nacional de 1999 gracias a movilizaciones de la Central Cooperativa Nacional de Venezuela (Ceconave) y de las federaciones nacionales de transporte y de servicios: Fecotrave y Fecoseven.

Con la figura de mutuales pudiesen reestructurarse debidamente los servicios médicos y farmacéuticos de los institutos de previsión del profesorado de las universidades autónomas, el Servicio de Protección Social de Ceconave que es el mayor servicio funerario del país y otras opciones de previsión que adquirirían fisonomía propia y operatividad.

Esa figura redimensionaría el funcionamiento de actuales clínicas, farmacia, servicios auto-administrados de seguro y salud y cooperativas de seguros al oxigenar con participación y aportes dinerarios asociativos algunas deficiencias financieras y acercar de mejor forma estas organizaciones a sus relacionados agregando el sentido de propiedad al de pertenencia.

En nuestro país alguna organización asociativa debe tirar la primera piedra y constituir una mutual. Liberar esa figura del secuestro de las grandes empresas de seguro privadas y públicas es tarea perentoria del cooperativismo venezolano, otros movimientos sociales y ONGs ante la sindemia o sinergia de pandemias – coronavirus, hiperinflación, pobreza y militarismo entre otras –, ese recate cobra mayor importancia pues las mutuales apuntan justamente a la calidad de la vida y la salud de quienes deben estar más interesados que los populistas del desgobierno actual: los propios ciudadanos.

Oscar Bastidas es cooperativista, consultor y facilitador en Emprendimiento Asociativo y Microempresas.

24-09-21

https://talcualdigital.com/mutuales-y-la-reciente-aprobacion-de-una-ley-en-colombia-por-oscar-bastidas-delgado/

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