Casa Blanca 03 de marzo de 2022
@WhiteHouse
TO THE CONGRESS OF THE UNITED STATES:
Section 202(d) of the National Emergencies Act (50
U.S.C. 1622(d)) provides for the automatic termination of a national emergency
unless, within 90 days prior to the anniversary date of its declaration, the
President publishes in the Federal Register and transmits to the
Congress a notice stating that the emergency is to continue in effect beyond
the anniversary date. In accordance with this provision, I have sent to
the Federal Register for publication the enclosed notice stating that
the national emergency declared in Executive Order 13692 of March 8, 2015, with
respect to the situation in Venezuela is to continue in effect beyond March 8,
2022.
The situation in Venezuela continues to pose an
unusual and extraordinary threat to the national security and foreign
policy of the United States. Therefore, I have determined that it is
necessary to continue the national emergency declared in Executive Order 13692
with respect to the situation in Venezuela.
JOSEPH R. BIDEN JR.
THE WHITE HOUSE,
March 3, 2022.
Traducción
libre:
Aviso
sobre la Continuación de la Emergencia Nacional Respecto de Venezuela
03 DE
MARZO DE 2022
•
DECLARACIONES
Y RENUNCIAS
El 8
de marzo de 2015, el Presidente emitió la Orden Ejecutiva 13692, declarando una
emergencia nacional con respecto a la situación en Venezuela, incluida la
erosión de las garantías de los derechos humanos por parte del Gobierno de
Venezuela, la persecución de los opositores políticos, la restricción de la
libertad de prensa, el uso de la violencia y violaciones y abusos de los
derechos humanos en respuesta a las protestas antigubernamentales, y el arresto
y la detención arbitrarios de manifestantes antigubernamentales, así como la
presencia exacerbada de una importante corrupción gubernamental.
El
Presidente tomó medidas adicionales de conformidad con esta emergencia nacional
en la Orden Ejecutiva 13808 del 24 de agosto de 2017; Decreto Ejecutivo 13827
de 19 de marzo de 2018; Decreto Ejecutivo 13835 del 21 de mayo de 2018; Decreto
Ejecutivo 13850 del 1 de noviembre de 2018; Decreto Ejecutivo 13857 del 25 de
enero de 2019; y Decreto Ejecutivo 13884 del 5 de agosto de 2019.
Las
circunstancias, tal como se describen en la Orden Ejecutiva 13692 y en las
Órdenes Ejecutivas posteriores emitidas con respecto a Venezuela, no han
mejorado y continúan representando una amenaza inusual y extraordinaria para la
seguridad nacional y la política exterior de los Estados Unidos. Por lo tanto,
de acuerdo con la sección 202(d) de la Ley de Emergencias Nacionales (50 U.S.C.
1622(d)), continuaré durante 1 año la emergencia nacional declarada en la Orden
Ejecutiva 13692.
Este
aviso se publicará en el Registro Federal y se transmitirá al Congreso.
JOSEPH R. BIDEN JR.
LA
CASA BLANCA,
3 de marzo de 2022.
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