Por Carlos Romero, 12/11/2016
El Poder Electoral tiene la responsabilidad de
organizar, administrar, supervisar y vigilar los procesos electorales y también
referendarios. Desde que la Constitución entró en vigencia el cómo y cuándo se
realizan esos procesos electorales ha quedado siempre en manos del Consejo
Nacional Electoral (CNE), actuando como órgano rector del Poder Electoral.
La preservación de la voluntad del pueblo,
expresada a través del voto, se asume constitucionalmente como el principio
fundamental del Poder Electoral; a lo largo de estos años, el Poder Electoral,
lejos de asumir la tarea diligente de preservar esa voluntad del pueblo, lo que
ha venido haciendo de manera sistemática es obstaculizar y complicar los
procesos electorales. Para el CNE el ciudadano se ha convertido en permanente
“sospechoso de fraude”, más que en un elector que ejerce legítimamente su
derecho soberano de expresarse a través del voto.
La discrecionalidad con la cual el Consejo Nacional
Electoral ha definido los cronogramas electorales a lo largo de estos 16 años
invita a evaluar la conveniencia de definir legalmente fechas exactas para los
procesos electorales. Veamos rápidamente lo que ha sido el cronograma y la
ejecución de los procesos electorales regionales y municipales desde que la
Constitución entró en vigencia e introdujo como Poder Público al Poder
Electoral:
Empecemos por recordar que en 16 años se han
desarrollado 3 procesos electorales regionales y municipales, los cuales se han
desarrollado en fechas que no han coincidido de manera exacta o rigurosa con el
final del período de gestión para el cual han sido elegidas las autoridades
respectivas; en tal sentido, recordemos: las megaelecciones se realizaron el 30
de julio de 2000; posteriormente se renovaron autoridades para el 30 de
octubre de 2004; luego para el 23 de noviembre de 2008 y en la
última ocasión, el proceso electoral regional se realizó el 16 de diciembre
de 2012.
Es importante destacar que, desde la megaelección
de 2000 y hasta el proceso electoral del año 2008, las elecciones regionales
incluían como opción electoral la elección de los Alcaldes. Los
Concejales y Juntas Parroquiales fueron elegidas en otros procesos electorales,
el primero se realizó el 30 de diciembre de 2000 y el segundo el 07
de agosto de 2005.
Los Concejales, atendiendo al período legislativo
local, debieron haber sido renovados en otro proceso electoral en el año 2009,
pero el mismo fue pospuesto para el último semestre del año 2010 y luego,
mediante la función legislativa de la Asamblea Nacional, se suspendió otra vez
hasta nuevo aviso y así se extendió de manera indefinida y unilateral, sin
consulta previa, el período de gestión legislativa de los Concejales y de los
Alcaldes.
Ese nuevo aviso lo hizo el CNE para el mes de abril
de 2013, pero luego se pospuso nuevamente para el 8 de diciembre del 2013
cuando finalmente los venezolanos tuvimos la oportunidad, porque así lo dispuso
el CNE, de participar en el proceso electoral municipal.
En ese proceso electoral de 2013, se unieron la
elección de Alcaldes y Concejales, pero se eliminaron las Juntas Parroquiales
como opción electoral para la consulta de los electores. Es decir, hubo un
retroceso importante y se redujeron las opciones para elegir autoridades
locales.
El ciudadano, como fuente de la legitimidad, ha
sido ignorado en las decisiones del Consejo Nacional Electoral y ahora,
nuevamente, el ente rector electoral, sin consulta previa y de manera
unilateral, pospone hasta finales del primer semestre del año 2017 las
elecciones regionales, que formalmente y respetando los tiempos, debieron
realizarse a finales de 2016. Por segunda vez en 16 años, se
extiende unilateralmente el período de gestión de autoridades electas,
desconociéndose el mandato originario del pueblo soberano.
Esa suspensión del proceso electoral regional, vino
acompañada de la decisión de suspender el proceso de recolección del 20% de las
firmas para activar el Referendo Revocatorio contra el Presidente Nicolás
Maduro, la razón que argumenta el CNE tiene que ver con las decisiones que
tomaron tribunales penales de distintos estados del país.
Ese CNE, quien previamente había validado y
reconocido la legalidad del 1% de las firmas recibidas, lejos de preservar la
voluntad del pueblo, principio fundamental que constitucionalmente sustenta su
actuación, prefirió asumir el principio de “sospecha permanente” y suspender el
proceso convocado para recabar el 20% de las firmas de los venezolanos.
No es la primera vez que se impide a los
venezolanos ejercer el derecho a participar mediante el uso de herramientas
como el referendo, recordemos la decisión de la Sala Electoral de enero de 2003[1], cuando se ordenó
al CNE suspender el Referendo Consultivo que se había solicitado formalmente
ante el Consejo Nacional Electoral con el respaldo del 10% de los electores,
proceso que había iniciado en los primeros meses del año 2002[2].
El ciudadano venezolano, a lo largo de estos 16
años, ha sido irrespetado por el Poder Electoral, que no ha sabido cumplir su
deber moral y ético de preservar la voluntad popular expresadas oportunamente y
soportadas con firmas legítimamente consignadas. Este Consejo Nacional
Electoral lo que ha sabido hacer en estos años ha sido introducir procesos y pasos
con la firme intención de impedir el avance efectivo de la voluntad del pueblo
en actos soberanos reconocidos por la Constitución vigente.
En tal sentido, recordemos el firmazo de enero de
2003, el reafirmazo celebrado entre noviembre y diciembre de 2003, el reparo
realizado en mayo de 2004 y finalmente el proceso de recolección del 1% de las
firmas para iniciar el proceso de recolección del 20% de las firmas necesarias
para activar el Referendo Revocatorio.
El ciudadano, frente a ese Poder Electoral, no ha
hecho otra cosa que reivindicar el principio de participación electoral y
cuando ha podido, ha demostrado que la voluntad del pueblo se impone de manera
contundente, pacífica y cívica.
En 2004, el Poder Electoral no pudo evitar el
Referendo Revocatorio al fallecido Hugo Chávez, en 2007 no pudieron imponer la
reforma constitucional; pese a ser indefinida la suspensión de las elecciones
municipales, tuvieron que hacerla en 2013 y ello contribuyó a relegitimar al
Poder Público Municipal, acosado y atacado por el modelo comunal; en el 2015 no
pudieron evitar el rescate de la Asamblea Nacional, la única Asamblea no
oficialista que ha funcionado en los 16 años como República Bolivariana de
Venezuela.
El ciudadano ha entendido que el voto es una
herramienta indiscutible de resistencia y que el voto representa la oportunidad
real y efectiva de lograr la transformación política que el país
reclama. La defensa del voto supone la defensa de la Constitución y
la defensa de la Democracia, para ello la Asamblea Nacional propuso la
conformación de un Movimiento Cívico Nacional, tarea que hoy más que nunca es
urgente y necesaria.
_____________________________________________
[2]AVN. Solicitud de Referendo Consultivo 2002: un
caso de salida electoral. 04 de noviembre 2013. Online en:
Carlos Romero M.
@carome31
@carome31
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