Por Carlos Romero M., 30/07/2012
El
22 de abril del año 2009, se publica en Gaceta Oficial una reforma parcial a la
Ley Orgánica del Poder Público Municipal a través de la cual quedan diferidas
las elecciones de concejales y juntas parroquiales para el segundo semestre del
año 2010, estas elecciones debieron realizarse en el segundo semestre del año
2009.
En noviembre 2010 ante el
silencio del Consejo Nacional Electoral sobre la convocatoria a las elecciones
de Concejales y el también silencio de todos los partidos políticos, un grupo
de vecinos de los distintos municipios del área metropolitana, organizados en
un movimiento ciudadano llamado Red de Encuentro Ciudadano, luego de varias
mesas de trabajo donde se analizó el impacto en el diseño del Municipio del
entonces proyecto de Ley de Comunas, decidieron promover 4 declaraciones
elaboradas desde la sociedad civil, una de ellas tenía que ver con el tema de
las elecciones municipales.
Las Declaraciones se
entregaron en acto público a más de 20 alcaldes y a unos 3 diputados de la
Asamblea Nacional, que para entonces estaban recién electos. Una de esas Declaraciones,
como ya lo mencioné, exhortaba a los alcaldes y diputados electos a elevar ante
el CNE la exigencia de definir el cronograma de elecciones de concejales y
juntas parroquiales, porque el silencio que había para noviembre 2010 hacía
pensar que las elecciones serían obviadas nuevamente y así debilitarían aún más
al Poder Público Municipal, para entonces imponer el diseño de las Comunas.
El tema no tuvo receptividad
ni en partidos políticos, ni en alcaldes y mucho menos en la sociedad civil que
en la actualidad desconoce el rol que cumple un concejal.
Así llegó el 28 de diciembre
de 2010 y una nueva reforma legislativa, sin consulta ciudadana, delega en la
Ley de Regularización de los Períodos Constitucionales y Legales de los Poderes
Públicos Estadales y Municipales la fecha de elecciones de concejales,
suspendiéndola nuevamente para cuando el Consejo Nacional Electoral convoque la
elección de las autoridades electas del poder público municipal; por lo tanto,
hoy interpretamos que en abril 2013 también serán electos los concejales.
Esa reforma del 28 de
diciembre de 2010 es la misma que deja cesante en sus funciones a los miembros
de las Juntas Parroquiales, logrando con ello anular este espacio de
participación en la gestión local, como ha sido también anulado en la práctica
el Consejo Local de Planificación Pública y recientemente el rol de los jueces
de paz. Por cierto, el común denominador de estas figuras, es que no existieron
o nunca fueron creadas en la gran mayoría de los 335 municipios del país, por
lo tanto estas particulares reformas no tuvieron gran impacto precisamente por
la inexistencia de estas figuras en gran parte de la geografía nacional.
Los concejales que hoy
ejercen esa función deliberativa de elección popular, debieron culminar en el
año. Con la reforma de diciembre 2010 la Asamblea Nacional, sin consulta al
soberano y sin elección previa alguna, otorgó a los actuales concejales un
período adicional de 4 años de gestión en el Concejo Municipal: 2009-2013; con
ello el gobierno nacional logró vaciar de legitimidad al Concejo Municipal y
así debilitar aún más al golpeado Poder Público Municipal.
Hoy nuevamente nos olvidamos
de las elecciones de Concejales, aún cuando ya tenemos electos a los candidatos
a Alcaldes; pero nuevamente nada se dice sobre la elección de los candidatos a
concejales. No podemos subestimar esta figura.
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