Por Laureano Marquez, 24/08/2012
Al que te conté está a puntico de
vencérsele el contrato colectivo y como lo que es igual no es trampa, la misma
Ley del Trabajo que él ha promulgado se le podría aplicar perfectamente, porque
él es un trabajador, como cualquier otro, y el pueblo su patrono. La Ley
Orgánica del Trabajo es muy clara en cuanto a causas justificadas de despido:
Artículo 102. Serán causas justificadas de
despido los siguientes hechos del trabajador:
a) Falta de probidad o conducta inmoral en
el trabajo; (el trabajador ha dicho cosas en horario protegido bastante
cuestionables, por la cuarta parte de lo que en cadena se ha dicho seguramente
habría cerrado algún medio de comunicación).
b) Vías de hecho, salvo en legítima
defensa; (la fuerza se ha empleado en contra de manifestantes, trabajadores,
empleados públicos, trabajadores petroleros, medios de comunicación, jueces,
periodistas y pare usted de contar…).
c) Injuria o falta grave al respeto y
consideración debidos al patrono, a sus representantes o a los miembros de su
familia que vivan con él; (el patrono también ha sido gravemente injuriado. Se
le han dicho cosas como “fascista”, “golpista”, “escuálido”, “majunche” y
muchas otras calificaciones de un tenor más elevado, que por ser tan numerosas,
no pueden ser enumeradas en su totalidad. Los representantes del patrono en la
Asamblea también han recibido lo suyo. Los miembros de su familia ni se diga).
d) Hecho intencional o negligencia grave
que afecte a la seguridad o higiene del trabajo; (aquí la enumeración de faltas
sería también demasiado larga. La seguridad en Venezuela está gravemente
afectada, comenzando con el derecho a la vida, a la salud, a la educación con
las universidades sometidas a la asfixia financiera y continuando con la
seguridad alimentaria que depende de las importaciones. El trabajador ha
regalado material de trabajo perteneciente al patrono sin su consentimiento, en
fin).
e) Omisiones o imprudencias que afecten
gravemente a la seguridad o higiene del trabajo; (omisiones en materia de lucha
contra el delito, mantenimiento de infraestructura, vialidad y en lo que
respecta a la higiene del trabajo: la falta de pulcritud en eso que llaman la
cosa pública hará historia).
f) Inasistencia injustificada al trabajo
durante tres (3) días hábiles en el período de un (1) mes; (inasistencias las
ha habido, suponemos que plenamente justificadas).
La enfermedad del trabajador se
considerará causa justificada de inasistencia al trabajo.
El trabajador deberá, siempre que no
existan circunstancias que lo impidan, notificar al patrono la causa que lo
imposibilite para asistir al trabajo (ni qué decir que las causas de las
ausencias justificadas no han sido presentadas al patrono, al punto de que
parte del patrono piensa que el trabajador nunca estuvo enfermo. Hermetismo
total).
g) Perjuicio material causado
intencionalmente o con negligencia grave en las máquinas, herramientas y útiles
de trabajo, mobiliario de la empresa, materias primas o productos elaborados o
en elaboración, plantaciones y otras pertenencias; (fallas en el sistema
eléctrico, puentes caídos, empresas cerradas, obras sin concluir, makledes,
expropiaciones, comida podrida, fuga de talento, etc., etc., etc.).
h) Revelación de secretos de manufactura,
fabricación o procedimiento; (uno nunca sabe, como es secreto. Aunque en honor
a la verdad, con este trabajador ha sido todo bastante secreto).
i) Falta grave a las obligaciones que
impone la relación de trabajo; y j) Abandono del trabajo (las faltas graves
saltan a la vista cuando todas aquellas cosas en contra de las cuales una vez
insurgió, no han hecho sino agravarse. Con los mayores ingresos de nuestra
historia, el país se cae a pedazos).
En definitiva, llega la hora de la
evaluación, de discutir el contrato. El trabajador ha defraudado al patrono,
encima se cree dueño de la empresa. No admite la posibilidad de que se le
sustituya. No se cae el mundo el 7O, sucede lo que pasa en cualquier relación
de trabajo y más tratándose de un trabajo tan importante y delicado. Cuando el
empleado no da la talla, no cumple lo que promete, no se atiene a la normativa
de trabajo y la manipula a su capricho, el dueño del negocio, en este caso el
pueblo, le da la oportunidad a otra persona.
¿Por qué a algunos gobernantes les costará
tanto entender que son nuestros empleados, que trabajan para nosotros, que
pagamos su sueldo y sobre todo, que podemos rescindir el contrato con el
colectivo cuando este se vence, en el papel y en el corazón?
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