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viernes, 24 de agosto de 2012

Saliente en preaviso



Por Laureano Marquez, 24/08/2012

Al que te conté está a puntico de vencérsele el contrato colectivo y como lo que es igual no es trampa, la misma Ley del Trabajo que él ha promulgado se le podría aplicar perfectamente, porque él es un trabajador, como cualquier otro, y el pueblo su patrono. La Ley Orgánica del Trabajo es muy clara en cuanto a causas justificadas de despido:

Artículo 102. Serán causas justificadas de despido los siguientes hechos del trabajador:

a) Falta de probidad o conducta inmoral en el trabajo; (el trabajador ha dicho cosas en horario protegido bastante cuestionables, por la cuarta parte de lo que en cadena se ha dicho seguramente habría cerrado algún medio de comunicación).

b) Vías de hecho, salvo en legítima defensa; (la fuerza se ha empleado en contra de manifestantes, trabajadores, empleados públicos, trabajadores petroleros, medios de comunicación, jueces, periodistas y pare usted de contar…).

c) Injuria o falta grave al respeto y consideración debidos al patrono, a sus representantes o a los miembros de su familia que vivan con él; (el patrono también ha sido gravemente injuriado. Se le han dicho cosas como “fascista”, “golpista”, “escuálido”, “majunche” y muchas otras calificaciones de un tenor más elevado, que por ser tan numerosas, no pueden ser enumeradas en su totalidad. Los representantes del patrono en la Asamblea también han recibido lo suyo. Los miembros de su familia ni se diga).

d) Hecho intencional o negligencia grave que afecte a la seguridad o higiene del trabajo; (aquí la enumeración de faltas sería también demasiado larga. La seguridad en Venezuela está gravemente afectada, comenzando con el derecho a la vida, a la salud, a la educación con las universidades sometidas a la asfixia financiera y continuando con la seguridad alimentaria que depende de las importaciones. El trabajador ha regalado material de trabajo perteneciente al patrono sin su consentimiento, en fin).

e) Omisiones o imprudencias que afecten gravemente a la seguridad o higiene del trabajo; (omisiones en materia de lucha contra el delito, mantenimiento de infraestructura, vialidad y en lo que respecta a la higiene del trabajo: la falta de pulcritud en eso que llaman la cosa pública hará historia).

f) Inasistencia injustificada al trabajo durante tres (3) días hábiles en el período de un (1) mes; (inasistencias las ha habido, suponemos que plenamente justificadas).

La enfermedad del trabajador se considerará causa justificada de inasistencia al trabajo.

El trabajador deberá, siempre que no existan circunstancias que lo impidan, notificar al patrono la causa que lo imposibilite para asistir al trabajo (ni qué decir que las causas de las ausencias justificadas no han sido presentadas al patrono, al punto de que parte del patrono piensa que el trabajador nunca estuvo enfermo. Hermetismo total).

g) Perjuicio material causado intencionalmente o con negligencia grave en las máquinas, herramientas y útiles de trabajo, mobiliario de la empresa, materias primas o productos elaborados o en elaboración, plantaciones y otras pertenencias; (fallas en el sistema eléctrico, puentes caídos, empresas cerradas, obras sin concluir, makledes, expropiaciones, comida podrida, fuga de talento, etc., etc., etc.).

h) Revelación de secretos de manufactura, fabricación o procedimiento; (uno nunca sabe, como es secreto. Aunque en honor a la verdad, con este trabajador ha sido todo bastante secreto).

i) Falta grave a las obligaciones que impone la relación de trabajo; y j) Abandono del trabajo (las faltas graves saltan a la vista cuando todas aquellas cosas en contra de las cuales una vez insurgió, no han hecho sino agravarse. Con los mayores ingresos de nuestra historia, el país se cae a pedazos).

En definitiva, llega la hora de la evaluación, de discutir el contrato. El trabajador ha defraudado al patrono, encima se cree dueño de la empresa. No admite la posibilidad de que se le sustituya. No se cae el mundo el 7O, sucede lo que pasa en cualquier relación de trabajo y más tratándose de un trabajo tan importante y delicado. Cuando el empleado no da la talla, no cumple lo que promete, no se atiene a la normativa de trabajo y la manipula a su capricho, el dueño del negocio, en este caso el pueblo, le da la oportunidad a otra persona.

¿Por qué a algunos gobernantes les costará tanto entender que son nuestros empleados, que trabajan para nosotros, que pagamos su sueldo y sobre todo, que podemos rescindir el contrato con el colectivo cuando este se vence, en el papel y en el corazón?

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