Carlos Romero Mendoza 27 de abril de 2013
@carome31
En
el año 1986, la Comisión Presidencial para la Reforma del Estado -COPRE- envió
un documento sobre propuestas de reformas viables que el país requería para ese
momento al entonces Presidente Jaime Lusinchi (1983-1988), en ese documento y
particularmente sobre el tema del Municipio se señaló:
“El
régimen municipal ha llegado a constituir una suerte de pesadilla en el proceso
político venezolano. A la par que la mayoría de los dirigentes políticos
ha expresado la disposición de acometer la realización de los cambios
necesarios, la opinión pública se siente confundida ante la falta de capacidad
que se ha demostrado para instrumentar las reformas convenidas. Frente a
estas de expectativas es de suponer que el logro de las realizaciones concretas
en la dirección indicada tendrá importantes efectos sobre la credibilidad de
que se debe gozar el sistema político[1]”.
Para
ese 1986 los problemas que atentaban contra el municipio era el excesivo
centralismo que ejercía una creciente injerencia en los diversos aspectos de la
vida local, generándose confusión en materia de su competencia y limitando
claramente la autonomía municipal. Además, la ineficiencia y el
clientelismo se habían unido en las gestiones locales causando entonces un
importante nivel de desinterés de los ciudadanos sobre los asuntos locales.
Las
propuestas que la COPRE planteó en el año 1986 eran: -la creación de un sistema
efectivo de transferencia de competencia y de recursos a nivel local; -la
separación de poderes a nivel municipal; -la elección del Alcalde; -la
incorporación de un sistema de méritos que permitiera una administración sana y
eficiente; -la modernización del sistema tributario municipal; -el
fortalecimiento del municipio como espacio para la participación ciudadana y
preservación del ambiente; -la renovación del mandato a mitad del período
Presidencial y por último, -un régimen de revocación del mandato a los
concejales.
En
1998 la COPRE presenta su balance de gestión por el período 1994 y 1998, en el
mismo cuando se aborda el tema municipal, planteó la necesidad de revisar la
Ley Orgánica del Régimen Municipal de 1989, pero no para modificar uno u otro
artículo, como entonces se estaba sugiriendo por algunos sectores, sino que por
el contrario, planteó una reforma que resultara de la necesaria tarea de “repensar
el municipio”.
La
tarea de "repensar al municipio" significaba superar el modelo que se
implantó en 1978 bajo el cual el municipio era “una entidad territorial
aislada de su contorno, que en el mejor de los casos realizan tales o cuales
tareas, prestan tales o cuales servicios, recaban tales o cuales impuestos o
generan tales o cuales ingresos”; para la COPRE el municipio debía asumirse
como un factor dinamizador “del desarrollo político, social y económico
de la comunidad, adecuándolos, integrándolos y coordinándolos coherente y
definitivamente al proceso de descentralización en el que se ignoró la
existencia de los municipios.[2]”
Tanto
en el escrito de 1986, como en el documento publicado en el año 1998, las
propuestas realizadas por la COPRE tenían como finalidad impulsar, promover y
desarrollar un Municipio que realmente expresara o concretara su rol como unidad
política primaria y autónoma más cercana al ciudadano.
Han
pasado más de 25 años y no cabe duda que sigue vigente la tarea de “repensar
al municipio” para hacerlo más protagonista del desarrollo integral
de la nación, desde lo local y como actor de la descentralización.
La
Constitución de 1999 introduce importantes cambios orientados a resaltar el rol
del Municipio en la estructura del Estado Venezolano, desde el punto de vista
político empieza a hablarse de Poder Público Municipal; al describir la
organización política-territorial del Estado marca una importante diferencia
entre los estados, dependencias federales, distrito capital, con los
municipios, pues lo distingue como la expresión política territorial como se
organiza el territorio nacional; además de ello introduce al Consejo Local de
Planificación Pública como instancia para el debate y el diálogo
gobierno-ciudadanos en relación a la planificación del desarrollo local.
Es
en el año 2005 se reforma la Ley Orgánica del Régimen Municipal de 1989 y se
aprueba una Ley Orgánica del Poder Público Municipal que adecua el diseño
municipal a la Constitución de 1999. Se pensó que esas reformas
impulsarían el desarrollo del municipio, pero la realidad ha demostrado otra
cosa.
El
centralismo y el clientelismo traducido en un diseño de Estado Comunal, ha
venido “expropiando” al municipio como la unidad política primaria y
autónoma.
La
indiferencia ciudadana por los asuntos locales, identificada ya en el año 1986,
y el vacío que dejó el no haber profundizado de la descentralización, más allá
de las reformas estrictamente electorales, facilitó el camino para que el
diseño de transformación del Estado desde lo local se impulsara bajo los
lineamientos que el entonces Presidente Chávez impuso vía el plan conocido como
“Un Salto Adelante” del año 2004.
Desde
1986 y hasta el 2013, han pasado 27 años exactamente, hoy está más vigente que
nunca la tarea de “repensar al municipio”, pero a diferencia de 1986 y de 1998,
la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, nos presenta un diseño de
municipio con muchos elementos favorables para esta tarea
pendiente.
La
imposibilidad de cumplir la constitución con la convocatoria de elecciones
locales, ha sido una clara expresión del desinterés en el municipio y el gran
reto de los partidos políticos, dirigentes, candidatos y ciudadanos en general,
es precisamente plantearle al país un municipio que recupere su rol protagónico
en el desarrollo integral de la Nación y que permita recuperar el diseño
constitucional del Estado que se propuso por voluntad popular en la
Constitución de 1999.
[1] Comisión Presidencial para la Reforma
del Estado. Propuesta para reformas políticas inmediatas.
En: Reformas para el Cambio Político. Volumen 3 Caracas
1993. 1986. Pp 35-47.
[2] Comisión Presidencial para la Reforma
del Estado. Contribuciones a la descenralización. En: COPRE
1994-1998 Balance y Legado. Caracas 1999. P. 109.
@carome31
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Para comentar usted debe colocar una dirección de correo electrónico