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sábado, 7 de noviembre de 2015

¿Cuáles son las circunscripciones que decidirán la elección del 6D? por @puzkas


Por Eugenio Martínez


La complejidad de las elecciones parlamentarias del 6 de diciembre de 2015 genera todo tipo de análisis sobre los posibles resultados de estos comicios.
¿Quiere comprender lo que puede ocurrir está en los distintos tipo de elección que se celebrarán simultáneamente? Empecemos por entender que para que una fuerza política pueda obtener, al menos, la mayoría simple del Parlamento (es decir: 84 curules) la clave podría encontrarse en el comportamiento electoral que se registre en 39 de las 87 circunscripciones de votación.


¿Cómo se eligen  a los 167 diputados que integrarán la próxima Asamblea Nacional? 

En su Artículo 186, la Constitución Nacional detalla la composición de la Asamblea Nacional de la siguiente manera:

a. La Asamblea Nacional estará integrada por diputados y diputadas elegidos o elegidas en cada entidad federal por votación universal, directa, personalizada y secreta con representación proporcional, según una base poblacional del uno coma uno por ciento de la población total del país.
b. Cada entidad federal elegirá, además, tres diputados o diputadas.
c. Los pueblos indígenas de la República Bolivariana de Venezuela elegirán tres diputados o diputadas de acuerdo con lo establecido en la ley electoral, respetando sus tradiciones y costumbres.

Además, el Artículo 63 de la Carta Magna indica que “El sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas. La ley garantizará el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional”; al igual que el Artículo 293 sostiene que “Los órganos del Poder Electoral garantizarán la igualdad, confiabilidad, imparcialidad, transparencia y eficiencia de los procesos electorales, así como la aplicación de la personalización del sufragio y la representación proporcional”.



Aunque constitucionalmente se indica que Venezuela tiene un sistema de representación proporcional, los resultados de la elección parlamentaria de 2010 demostraron que desde que en 2009 aprobaron la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) en Venezuela pasamos a tener un sistema mayoritario, provocando que el país tenga uno de los sistemas más desproprorcionados en el mundo, si obviamos algunos casos de países anglosajones.

Lo hemos explicado antes: la Ley Electoral establece varios tipos de circunscripciones. Para la elección de Presidente de la República, por ejemplo, la circunscripción es todo el territorio nacional. En el caso de los comicios para elegir a gobernadores, la circunscripción es el estado o la entidad federal, así como para las elecciones de alcaldes son cada uno de los municipios.



Sin embargo, en el caso de los cuerpos deliberantes las circunscripciones se definen de acuerdo con el tipo de elección.

Para las elecciones parlamentarias las circunscripciones son de dos tipos: por un lado está la Elección Estadal (conforme a la división político territorial), donde los diputados se eligen por listas cerradas y bloqueadas. Es decir: los electores no votan por un candidato, sino por la tarjeta de un partido. Y por el otro lado está la Elección Nominal, que corresponde a las circunscripciones que se crean dentro de los estados uniendo municipios y parroquias. Esas Circunscripciones Nominales pueden ser, a su vez, de dos tipos: Uninominal (cuando se escoge un solo diputado) o Plurinominal (cuando se escogen dos o más diputados).

Para la elección parlamentaria del 6 de diciembre se fijó la cantidad de diputados que deben integrar la Asamblea Nacional en 167. Estos diputados se deben escoger de la siguiente manera: 113 serán electos en 87 circuncripciones de votación, 51 serán electos en listas cerradas por estados y 3 serán electos en regiones conformadas por estados donde existe población indígena.



¿Cómo se diseña una circunscripción de votación y cómo saber cuántos diputados elige un estado?

Aunque esa Ley Electoral que se aprobó en 2009 establece que se debe utilizar un índice poblacional para crear las circunscripciones, no se precisa cómo se controlará la delimitación de esas circunscripciones ni quiénes participan en el control de este procedimiento. Además, la Ley Electoral establece en su exposición de motivos que las circunscripciones deben “armonizar el territorio y la población al permitir la conformación de circunscripciones que respondan a nuevas realidades geohumanas”.

Sobre la conformación de las circunscripciones en la Ley Electoral, se mantienen algunos de los lineamientos consagrados en el Artículo 186 de la Constitución Nacional:

“En cada estado y en el Distrito Capital, se elegirán tres diputados o diputadas a la Asamblea Nacional, más un número de diputados y diputadas igual al resultado de dividir el número de su población entre una base de población igual al uno coma uno por ciento (1,1%) de la población total del país”

Además se incluye la siguiente explicación (Artículo 10 de la Lopre):

“se eligen tres diputados por los pueblos indígenas, a cuyo efecto se delimitan tres zonas del país, en cada una de las cuales se efectúa la elección de un diputado mediante el sistema uninominal simple, por lo que en este aspecto no se aplica en ninguna medida la representación proporcional”

Y según la Ley Electoral:

“el total de diputados de cada entidad federal que resulte de la aplicación de la base de población, más el número de fijo de tres diputados, se elegirá así: cuando el número de diputados a elegir sea igual o mayor a diez, se elegirán tres cargos por lista, de acuerdo al principio de representación proporcional, y los demás en circunscripciones nominales, según el principio de personalización. Cuando el número de diputados a elegir es inferior a diez, se elegirán 2 diputados por lista y los demás por circunscripciones nominales”

De allí resulta que solamente en 3 entidades federales se eligen 3 diputados por lista (Zulia, Miranda y Carabobo), mientras que en las otras 21 entidades se eligen 2 diputados en esta forma. De modo que, aunque se supone que Venezuela tiene un sistema de representación proporcional, en la práctica esto no ocurre.

Y eso es algo que puede verse claramente en el caso del estado Zulia: de los 15 diputados que deben elegirse, sólo 3 se escogen por criterios de representación proporcional y el resto se eligen en circunscripciones. En otras palabras: sólo se aplica la representación proporcional al 20% de los diputados de esta entidad.

¿Cuáles son las características básicas de las 87 circuncripciones? 

Según el Registro Electoral para el 6 de diciembre podrán votar 19.496.365 ciudadanos, de los cuales 10.091.717 (51,76%) están inscritos entre el Distrito Capital y cinco estados (Zulia, Miranda, Carabobo, Lara y Aragua). Sin embargo, en estas jurisdicciones sólo se elegirán a 64 diputados (39% del total de curules de la Asamblea Nacional). Y de esos parlamentarios 15 se escogerán tipo lista y los 49 restantes electos por nombre y apellido.

En las otras 18 entidades, en las cuales están inscritos sólo 9.412.389 electores (48,26% del total), se elegirán 100 diputados. Y de esa centena, 36 se elegirán por listas y 46 por circunscripciones.

Estos datos ilustran a la perfeccción por qué se argumenta que los sufragios en Venezuela para comicios parlamentarios tienen un valor distinto según la zona geográfica en la que se emitan.

El sistema electoral venezolano siempre ha sufrido de esta distorsión que, técnicamente, se conoce a como malapportionment, pero fue agravada después de que la Asamblea Nacional Constituyente aprobara eliminar la Cámara del Senado y, luego, con la aprobación de la Ley de Procesos Electorales de 2009.

Ese desequilibrio numérico entre población y cantidad de diputados a elegir se puede ilustrar con los Índices Poblacionales publicados por el CNE. Por ejemplo: mientras en el estado Amazonas (que es el que tiene menos electores, con el 0,52% del total del RE), cada diputado electo representará a 160.548 ciudadanos; pero en el estado Zulia (la entidad con más electores habilitados para el 6 de diciembre, con el 12,34% del total del RE) cada diputado electo representará a 342.653 habitantes. Visto de otro manera: para que una fuerza política gane un diputado en el Zulia, requiere, aproximadamente, el triple de votos de los que se requieren en Amazonas.

En el caso concreto de las 87 circuncripciones de votación, se debe alertar que no todas tienen una cantidad similar de votantes ni en todas se se elige la misma cantidad de diputados:

De las 87 circunscripciones, 66 son uninominales. Es decir: eligen un solo diputado.

De las 87 circunscripciones, 21 son son plurinominales. Es decir: eligen dos o tres diputados.

De esas 21 circunscripciones, en 16 se escogen a dos diputados.

Y de esas mismas 21 circunscripciones en 5 se escogen tres diputados.

Además, de las 87 circunscripciones de votación hay 31 que tienen menos de 150 mil electores. Visto desde otra perspectiva: en 31 circunscripciones, que en conjunto totalizan a 20% de los electores, se escogen 28% de los diputados. En los resultados de 2010, en estas circunscripciones con menos de 150 mil votantes el PSUV obtuvo 26 diputados y la oposición capitalizó sólo 6 diputados.

¿Entonces hay circunscripciones más importantes que otras? 

No. Existen circunscripciones en las que se necesitan mas votos para ganar que en otras, porque concentran más población. Pongamos un ejemplo práctico: en la Circunscripción 2 del estado Delta Amacuro se escoge 1 diputado nominal el 6 de diciembre. Según los datos poblacionales del CNE, en esta circunscripción conformada por los municipios Antonio Díaz y Casacoima habitan 74.420 ciudadanos, lo que se traduce en un Promedio de Diputados por Habitantes (PDH) de 0,68, donde el índice poblacional del estado es de 110.020.

Sin embargo, la Circunscripción 10 del estado Zulia, conformada por los municipios Miranda, Cabimas y Santa Rita, concentra a 473.121 habitantes. Y ellos también elegirán 1 diputado. En este caso, el PDH  de la circunscripción es de 1,33 mientras el índice poblacional calculado para el estado corresponde a 342.653

La importancia electoral de una circunscripción u otra se le confiere su comportamiento electoral histórico. No necesariamente las circunscripciones focales o importantes que define la oposición son iguales a las que define el PSUV.

Si se utilizan los resultados históricos de las últimas cinco elecciones (es decir: las parlamentarias de 2010, la presidencial de 2012, las regionales de 2012, la presidencial de 2013 y las municipales de 2013), se pueden dividir las circunscripciones con base en tres criterios:

Circunscripciones con un comportamiento histórico favorable al oficialismo.
Circunscripciones con un comportamiento histórico favorable a la oposición.
Circunscripciones que alternan triunfos de la oposición y el oficialismo (o donde el margen de victoria de algunos de estos bloques nunca representa brechas superiores a los 10 puntos).

Estos tres criterios pueden servir para identificar las circunscripciones que representan un “puesto salidor” para el oficialismo y la oposición. Claro: este análisis parte de la premisa que sostiene que el comportamiento histórico de esa circuncripción ampliamente favorable para el oficialismo o para la oposición no va a cambiar el 6 de diciembre.

Pongamos un ejemplo: la Circunscripción 2 del estado Miranda está conformada por los municipios El Hatillo, Baruta, Chacao y la parroquia Leoncio Martínez del municipio Sucre. Esta circunscripción se considera “salidora” para la oposición en función de los resultados previos. Es decir:
En las municipales de 2013 la oposición obtuvo 67% de los votos válidos.
En la presidencial de 2013 la oposición obtuvo 81% de los votos válidos.
En las regionales de 2012 la oposición obtuvo 82% de los votos válidos.
En la presidencial de 2012 la oposición obtuvo 80% de los votos válidos.
En las parlamentarias de 2010 la oposición obtuvo 83% de los votos válidos.

Por otra parte, la Circunscripción 6 del estado Miranda, conformada por los municipios Simón Bolívar, Lander, Urdaneta y Cristóbal Rojas, se considera una circunscripción “salidora” para el oficialismo en función de sus resultados previos.
En las municipales de 2013 el oficialismo obtuvo 76% de los votos válidos.
En la presidencial de 2013 el oficialismo obtuvo 66% de los votos válidos.
En las regionales de 2012 el oficialismo obtuvo 68% de los votos válidos.
En la presidencial de 2012 el oficialismo obtuvo 69% de los votos válidos.
En las parlamentarias de 2010 el oficialismo obtuvo 63% de los votos válidos.

Estas circunscripciones ilustran además el impacto del cambio en la cantidad de diputados que deben escogerse en cada una de ellas, si se comparan las elecciones parlamentarias de 2010 con las elecciones parlamentarias de 2015.

En 2010 en la Circunscripción 2 de Miranda se eligieron 2 diputados nominales (los dos diputados los ganó la oposición), pero el 6 de diciembre se escogerá un solo diputado. En 2010 en la Circunscripción 6 de Miranda se eligió 1 diputado nominal (el oficialismo ganó ese diputado), pero el 6 de diciembre se escogerán dos (2) diputados nominales.

¿Cuáles son las circunscripciones históricamente favorables al oficialismo? 

La respuesta a esta pregunta variará en función del criterio utilizado para analizar los resultados históricos disponibles por circunscripciones. Si se utilizan los resultados disponibles de las últimas cinco elecciones, pueden encontrarse 38 circunscripciones que eligen a 46 diputados:

Por otra parte, si se analizan los resultados de las últimas cinco elecciones, pueden identificarse 17 circunscripciones ampliamente opositoras. En estas jurisdicciones se elegirán 18 diputados de la próxima Asamblea Nacional.

¿Qué ocurre en el resto de las circunscripciones? 

En las circunscripciones restantes es más complejo identificar comportamientos electorales. Dependiendo del criterio que se use para analizar los datos disponibles se podría inferir que los resultados históricos sugieren que la tendencia es favorable al chavismo o a la oposición. No obstante, en estos casos es preferible asumir que el comportamiento histórico (en función de los resultados de las últimas cinco elecciones) puede interpretarse como peleable para ambos bloques políticos. En este listado se pueden circunscripciones que en total escogerán 49 diputados.

¿Cuáles son las circunscripciones que pueden definir la elección? 

Responder esta pregunta también depende del criterio que se utilice para el análisis. Se puede inferir que donde siempre ha ganado el chavismo y la oposición se mantendrá la tendencia histórica, por lo tanto la duda electoral se debe trasladar hacia las circunscripciones con un comportamiento electoral claramente identificado con algún bloque político.

No obstante, los estudios de opinión podrían sugerir que el chavismo no está en capacidad de mantener el control de las circunscripciones que históricamente le han favorecido.  Si se toman como referencia los resultados electorales previos (desde 2010) y se consideran además otras variables como la coyuntura política del Estado y el comportamiento en encuestas focales, entonces podrían identificarse 33 circunscripciones focales o importantes para ambos bloques.

El criterio para esta división sería, por ejemplo, atender aquellas circunscripciones donde la oposición no ha logrado ganar, pero que exhiben en este momento tendencias de opinión pública desfavorables al Ejecutivo Nacional, especialmente en los referente a la valoración que hacen los electores de la jurisdicción de la gestión de Nicolás Maduro. En este caso se trata de 3 circunscripciones en las que deben elegirse tres (3) diputados.

GUÁRICO: Circunscripción 3. Un 66% valora negativamente la gestión del presidente Nicolás Maduro.
DISTRITO CAPITAL: Circunscripción 4. Un 65% valora negativamente la gestión de Maduro.
FALCÓN: Circunscripción. El 62% valora negativa la gestión del Presidente.
También se podrían incluir en este listado otras 12 circunscripciones donde se elegirán 22 diputados:
DISTRITO CAPITAL: Circunscripción 2. Un 69% valora negativamente la gestion del Presidente
DISTRITO CAPITAL: Circunscripción 5. El 69% valora negativamente la gestion del Presidente
BARINAS: Circunscripción 1. El 54% valora negativamente la gestión del Presidente
BARINAS: Circunscripción 2. El 71% valora negativamente la gestión del Presidente
CARABOBO: Circunscripción 1. Un 59% valora negativamente la gestión del Presidente
CARABOBO: Circunscripción 5. El 74% valora negativamente la gestión del Presidente
FALCÓN: Circunscripción 2. Un 62% valora negativamente la gestión del Presidente.
LARA: Circunscripción 2. El 68% valora negativamente la gestión del Presidente.
MIRANDA: Circunscripción 4. Un 65,5% valora negativamente la gestión del Presidente.
MONAGAS: Circunscripción 1. El 65% valora negativamente la gestión del Presidente.
TRUJILLO: Circunscripción 2. Un 58% valora negativamente la gestión del Presidente.
YARACUY: Circunscripción 2. Con 63% que valora negativamente la gestión del Presidente.

Otra forma de analizar las circunscripciones claves es incluir en este análisis a las jurisdicciones en las cuales el chavismo ha perdido, al menos una vez, en las últimas elecciones. Este grupo conforma 16 circunscripciones en donde se eligirán 22 diputados nominales.

AMAZONAS: Circunscripción 1. El 59% valora negativamente la gestión del Presidente.
ANZOÁTEGUI: Circunscripción 1. Un 60% valora negativamente la gestión del Presidente.
BOLÍVAR: Circunscripción 1. Un 66,7% valora negativamente la gestión del Presidente.
BOLÍVAR: Circunscripción 2. Con 71,9% que valora negativamente la gestión del Presidente.
CARABOBO: Circunscripción 2. Un 69% valora negativamente la gestión del Presidente.
NUEVA ESPARTA: Circunscripción 1. El 66% valora negativamente la gestión del Presidente.
MÉRIDA: Circunscripción 1. El 66% valora negativamente la gestión del Presidente.
MÉRIDA: Circunscripción 4. Un 67,7% valora negativamente la gestión del Presidente.
SUCRE: Circunscripción 3. El 61% valora negativamente la gestión del Presidente.
TÁCHIRA: Circunscripción 3. Un 79% valora negativamente la gestión del Presidente.
ZULIA: Circunscripción 1. Un 44% valora negativamente la gestión del Presidente.
ZULIA: Circunscripción 2. El 69% valora negativamente la gestión del Presidente.
ZULIA: Circunscripción 4. Un 68% valora negativamente la gestión del Presidente.
ZULIA: Circunscripción 8. El 64% valora negativamente la gestión del Presidente.
ZULIA: Circunscripción 10. Un 68,8% valora negativamente la gestión del Presidente.
ZULIA: Circunscripción 12. Con 64,5% que valora negativamente la gestión del Presidente.

También hay que considerar aquellas circunscripciones donde el chavismo perdió el 26 de septiembre de 2010, pero logró recuperarse en la presidencial de 2012 y en las elecciones regionales de 2012, para volverlas a perder durante la presidencial de 2013. Esas regiones también pueden ser consideradas como decisivas. En ellas se eligen 11 diputados.

—Aragua (C1) en donde 63% valora negativamente la gestion del Presidente
—Anzoátegui (C3) en donde 67% valora negativamente la gestion del Presidente
—Anzoátegui (C2) en donde 63% valora negativamente la gestion del Presidente
—Falcón (C3) en donde 74% valora negativamente la gestion del Presidente
—Zulia (C9) en donde 70% valora negativamente la gestion del Presidente
—Zulia (C11) en donde 71% valora negativamente la gestion del Presidente

¿Qué ocurre con los 51 diputados por listas? 

La mala aplicación del sistema electoral y la polarización que existe en las tendencias de votación provocan que la asignación de los diputados por listas esté prácticamente anunciada, salvo que alguna fuerza política logre duplicar o triplicar en votación al segundo bloque.

Para el 6 de diciembre en cada estado del país se deberán escoger a 2 diputados lista (salvo en Carabobo, Miranda y Zulia, que elegirán 3). En estos casos no se vota por el nombre y el apellido de los candidatos, sino por la tarjeta de un partido político. La asignación de estos cargos se realizando utilizando el llamado Método D´Hont [1].

En el caso de la elección de cuerpos colegiados, la Ley Electoral aprobada en 2009 [2] limitó la representación proporcional al voto lista y eliminó el mecanismo correctivo de descuento de los diputados nominales al número máximo que les corresponde según la lista, llevando al país a tener en la práctica dos sistemas electorales distintos que no guardan relación entre sí. 

Esto significa que el total de escaños que corresponde a una agrupación política no lo determina el voto lista y, además, que los candidatos electos en circunscripciones no se restan de los que le corresponde a la agrupación política conforme al voto lista, tal y como lo establecía la anterior legislación para facilitar la presencia de minorías en el Parlamento.

La aplicación práctica de estos cambios se puede resumir de la siguiente manera: en los estados donde se escogen dos diputados lista, uno corresponderá a la MUD y el otro al Gran Polo Patriótico. Esto sólo no ocurrirá si una fuerza política logra duplicar o triplicar en votación al otro bloque. En las elecciones parlamentarias de 2010 esto sólo ocurrió en Delta Amacuro, cuando el PSUV obtuvo 71,54% de los votos y la alianza de partidos de oposición 22,81% y así el PSUV capitalizó los dos diputados listas de la entidad.

No obstante, si este efecto de duplicar en votos al contrario en algún estado en particular no ocurre el 6 de diciembre, se puede asegurar que la MUD tendrá 24 diputados listas y el PSUV obtendrá otros 24. Esto significa que todos los candidatos que encabezan las listas de los dos grandes bloques tienen prácticamente asegurada su curul en la sesión del 5 de enero de 2016.

¿Quiénes son estos candidatos? Por citar algunos ejemplos: Diosdado Cabello como cabeza de lista del PSUV en Monagas, Cilia Flores como cabeza de lista del PSUV en Cojedes, Julio Borges como cabeza de lista de la MUD en Miranda, o Enrique Márquez como cabeza de lista de la MUD en el Zulia.

En el caso de los estados Carabobo, Miranda y Zulia, como se escogen tres diputados lista, la fuerza política que obtenga la mayoría de los votos obtendrá dos de los tres diputados en disputa, dejando a la segunda fuerza más votada una curul. La posibilidad de que una fuerza política obtenga los tres diputados listas en una entidad está asociada a que pueda triplicar la votación que obtenga el segundo bloque o partido más votado.

Resumiendo entonces, de los 51 diputados por listas que deben escogerse, puede presumirse que 24 serán de la MUD y 24 serán del PSUV. La duda queda sobre el tercer diputado de Carabobo, Miranda y Zulia, que serán capitalizados por la fuerza política que registre la mayor votación en cada entidad.

¿Y los tres diputados indígenas? 

Según el Artículo 186 de la Constitución Nacional y el 180 de la Lopre, los pueblos indígenas tienen derecho a tres diputados. Y el Artículo 179 de la Lopre indica que tanto esos tres diputados como sus respectivos suplentes serán elegidos en tres circunscripciones electorales, resultado de la agrupación por región de los estados con población autóctona:

— Un diputado por la Región Occidente, conformada por los estados Zulia, Mérida y Trujillo.
— Un diputado por la Región Sur, conformada por los estados Amazonas y Apure.
— Un diputado por la Región Oriente, conformada por los estados Anzoátegui, Bolívar, Delta Amacuro, Monagas y Sucre.

Aunque son representantes de poblaciones indígenas, todos los electores de los estados que conforman las circunscripciones indígenas tienen derecho a elegir a los representantes de las comunidades indígenas a la Asamblea Nacional. En este caso, para la elección de los diputados indígenas se totalizan los votos por región que obtiene cada partido político indígena. Estos partidos se encuentran en la parte inferior de las boletas electrónicas de votación. En 2010 dos de los tres representantes indígenas fueron electos a través de tarjetas vinculadas en alianza política con el PSUV, mientras el otro diputado fue electo a través de un partido político aliado a la oposición.

¿Este sistema electoral provocó que el chavismo con menos votos obtuviera más diputados en las elecciones parlamentarias de 2010? 

No. Aunque en la opinión pública se generó la idea de que la oposición obtuvo 52% de los votos nacionales en las elecciones parlamentarias de 2010, en sentido estricto la tarjeta de la MUD capitalizó 47,1% de los votos (5.334.309 sufragios), mientras que el PSUV logró capitalizar 48,5% de los votos (5.862.244 sufragios) y el resto de los partidos políticos disidentes del chavismo e incluso de la oposición (entre ellos Patria Para Todos) obtuvieron 5% de los votos

¿Este sistema electoral fue creado para favorecer al Gobierno? ¿Siempre beneficia al PSUV? 

La respuesta a esta pregunta es compleja. Los sistemas mayoritarios se usan para lograr Gobiernos estables en la misma medida que limitan a sus adversarios políticos en los cuerpos deliberantes. El sistema que se aprobó en la Ley Electoral de 2009 favoreció al Gobierno, aunque en casos concretos como los estados Anzoátegui y Zulia jugó en su contra.

Lo que aprobaron los diputados del PSUV y del Partido Comunista en 2009 fue un sistema que hizo innecesaria la figura de “las morochas electorales”, utilizadas hasta 2005 para burlar los mecanismos correctivos que establecía la derogada Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política para garantizar la representación proporcional. A partir de 2009, algunos académicos comenzaron a calificar al sistema electoral venezolano como segmentado[3] por su impacto en sobrerrepresentar a las fuerzas política mayoritarias.

Pero este sistema no siempre beneficia al PSUV, aunque en el imaginario venezolano se haya instaurado la idea de que la oposición igual sacará menos diputados obteniendo más votos.

La realidad es que el sistema ya “ayudó” a la oposición en 2010 en dos estados: en Anzoátegui la oposición obtuvo 52% de los votos, pero capitalizó 75% de los cargos a diputados. Una situación similar a la de Zulia, donde la oposición obtuvo 54,8% de los votos pero logró 12 de los 15 diputados de la entidad, lo que se traduce en 80% de los cargos.

Es evidente que el cómputo global de diputados fue favorable al Gobierno, a causa de su leve ventaja en la votación nacional (MUD: 47,1% vs. PSUV 48,5%). No obstante, queda claro con los ejemplos de Anzoátegui y Zulia que el sistema juega siempre a favor del que es mayoría, sin importar de la fuerza política que se trate. Lo importante es que asista a la contienda electoral en un solo bloque.

[1] El sistema D’Hondt es una fórmula electoral, creada por Victor d’Hondt, que permite obtener el número de cargos en proporción de los votos conseguidos. Se utiliza en los siguientes países de América: ArgentinaChileColombiaEcuador, Guatemala, Paraguay, República DominicanaUruguay y Venezuela. En Europa lo utilizan: AustriaBélgicaBulgariaCroaciaEsloveniaEspaña, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, los Países BajosPoloniaPortugal, la República Checa y Suiza. También se emplea con variantes en IsraelJapón y Turquía.
[2] Los cambios en la Ley Electoral de 2009 “legalizaron” las distorsiones en la representación proporcional que ocurrieron en el país para la elección de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) en 1999, los comicios legislativos del año 2000 y los comicios locales del año 2005. Para la elección de la ANC en 1999 el chavismo capitalizó 62% de los votos en todo el país pero obtuvo 94% de las curules que estaban en disputa para integrar la asamblea que redactaría una nueva Constitución. Visto de otra forma, de cada 20 asambleístas electos 19 pertenecían al chavismo, aunque la votación nacional sugería que la composición debería ser más proporcional.
Posteriormente el uso de una técnica de postulación conocida como “las morochas” para burlar el mecanismo correctivo previsto en la ley le valió al chavismo obtener en los comicios municipales del año 2005, 363 curules en los concejos municipales que debían corresponder a los partidos minoritarios de oposición y del propio chavismo.
La sobrerrepresentación descrita para la ANC de 1999 o los comicios locales de 2005 no se mantuvo en las elecciones parlamentarias de 2005 porque la oposición decidió no participar de este proceso, lo que se tradujo en que el Parlamento que legisló desde 2005 hasta 2010 fuese electo con una participación de apenas 24% del total de electores habilitados para sufragar.
[3] Para este tema es conveniente consultar los análisis de Dieter Nohlen: La democracia, instituciones, conceptos y contexto, con especial énfasis en el Capítulo V: “Sistema electoral y jurisdicción constitucional. El caso alemán –con una mirada a Venezuela”. Instituto Iberoamericano de Estudios Constitucionales, Sección Peruana, Lima, 2010.

05-11-15




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