Por Ramón Guillermo Aveledo
El proyecto de Ley de Ciudades Comunales disfraza una reforma constitucional en cuanto a derechos y garantías, distribución político territorial, orden económico y social. Contradice completamente las disposiciones fundamentales de la Carta de 1999, así como violenta el procedimiento previsto para modificarla.El argumento de
ilegitimidad del cuerpo legislativo que la discute es radicalmente insuficiente
para encararlo como posibilidad que los venezolanos podremos padecer en la vida
real.
Si estuviéramos en una
cierta normalidad jurídica y democrática, que no es el caso, dadoque desde la
Exposición de Motivos, reiteración de lugares comunes del discurso oficialista
aderezada de adulante culto a la personalidad, no cumple con los requisitos del
artículo 103 del Reglamento Interior y de Debates, el proyecto debió ser
devuelto a su presentante por la Junta Directiva. En particular me refiero a la
ausencia de una estimación de los recursos financieros exigidos para la
implementación práctica de una ley como ésta, demasiado cuantiosos para un país
en crisis. Y, por si fuera poco, adolece de fallas de técnica legislativa pues
frecuentemente peca de ausencia de claridad, precisión y concisión. Pero esos
no son inconvenientes insalvables para la noción del poder y la legislación
prevaleciente en el grupo que manda.
Mal haríamos si nos
dejamos confundir por su retórica, propia de la jerga de la neo-lengua
“revolucionaria” o por la discusión acerca de cuál es la verdadera Asamblea
Nacional. Su gravedad es su incompatibilidad radical con la Constitución,
aunque la invoque con reiteración. La lista de contravenciones a la pauta constitucional
es larga pero puede resumirse en una sola y definitiva: de modo mal disimulado,
propone un modelo de Estado “Comunal” distinto al previsto e introduce
expresamente una manera de modificar la división político-territorial de
Venezuela previsto en los artículos 16, 17 y 18 constitucionales.
En el proyecto abundan
las disposiciones de muy dudosa aplicabilidad práctica en todos los órdenes:
institucional, social, económico, fiscal, del régimen de propiedad. La ley en
su conjunto es una especie de tizana tóxica. En lógica es inaplicable, pero de
cuyo eventual intento de implantación en serio, es predecible consecuencia la
generación de un caos de proporciones desconocidas aún en un país con tan
precaria institucionalidad sobreviviente como el nuestro.
Al contrario de lo que
conviene al país, de la experiencia vivida y las intenciones que desde el mismo
poder se anuncian, el proyecto regresa a la lógica estatista y colectivista
íntimamente unida a las causas de nuestra crisis. A imagen y semejanza del modelo
de las leyes del “Poder Popular” y el “Estado Comunal” de hace más de una
década, cuando la abundancia de recursos fiscales disponibles estimulaba otras
desmesuras, se reforma de facto la Constitución, desconociendo el mandato
popular del referendo de 2007, se borra el pluralismo que no solo es político
sino también social y económico y cual zombi regresan de ultratumba la
ambigüedad sobre la propiedad privada, el socialismo como modelo de producción
basado en la propiedad social, la planificación central. Su inconsistencia
constitucional es veneno para la seguridad jurídica y por lo mismo para la
confianza de inversionistas.
Constitucionalmente, la
“ciudad comunal” es una ciudad fantasma, pero en la realidad, puede afectar
dramáticamente y para peor, la vida de todos los venezolanos.
28-03-21
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