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miércoles, 29 de diciembre de 2021

Sánchez Falcón: “La reforma al Estatuto para la transición será negada o modificada”, por @endsequera


Enderson Sequera 28 de diciembre de 2021

@endsequera

La política venezolana no descansa ni en navidad. La Comisión Delegada de la Asamblea Nacional aprobó en primera discusión una Reforma al Estatuto de la Transición que garantiza la continuidad de la presidencia encargada por un año más, pero limita sus funciones a los juicios y litigios en el exterior. La representación internacional quedaría en manos de la Delegada. Aún no se conoce una versión oficial del texto.

Por otra parte, las reacciones no tardaron en llegar. Juristas de la talla de José Ignacio Hernández y Allan Brewer-Carías calificaron la reforma de “inconstitucional”, al no respetar el principio de separación de poderes. Otros analistas aplauden la continuidad de la presidencia encargada y cuestionan el excesivo rol que asumirán los partidos del G4.

En general, reina la confusión. Esta reforma, ¿es constitucional? ¿contribuirá al cambio político? ¿Hará más ágil la toma de decisiones? ¿Promoverá la transparencia? Para despejar estas dudas, conversamos con el Procurador Especial, Enrique Sánchez Falcón, abogado, exdirector de la Contraloría General de la República y profesor de Derecho Constitucional (UCV y UCAB). La entrevista fue editada por motivos de extensión.

-Se aprobó en primera discusión la Reforma al Estatuto para la Transición con los votos del G4. Esta acordó la continuidad de la presidencia encargada, pero limita sus competencias a los juicios y litigios sobre los activos en el exterior. ¿Cuál es su opinión sobre esta propuesta?

Se trata de una propuesta que disminuye sobremanera las funciones del presidente Guaidó. Y lo hace de manera inaceptable al expresarlo. No se puede aceptar que al funcionario a quien la constitución asigna la función de “dirigir la acción de gobierno” se le pretenda limitar a solo una actividad.

-El exprocurador especial, José Ignacio Hernández, y el reconocido jurista, Allan Brewer-Carías, calificaron la reforma de “inconstitucional”. ¿Usted coincide en esta valoración?

Por supuesto que coincido en esa valoración. Pero agregaré que no solo es inconstitucional sino también subversiva, pues desconoce plenamente lo dispuesto en el artículo 236 del texto fundamental, reitera en mayor medida la asignación de funciones ejecutivas a la Comisión Delegada en violación del principio de la separación de poderes y desconoce la actuación del presidente encargado al derogar la mayoría de los decretos y medidas importantes de su gobierno.

-Hace días, propuso una Reforma al Estatuto de la Transición para rescatar las atribuciones del presidente encargado. ¿Cuáles eran los principales cambios que planteaba su reforma?

La propuesta de la Procuraduría Especial sugiere cambios dirigidos a equilibrar las funciones de la Asamblea Nacional y del presidente encargado, con base en las previsiones de la distribución de competencias entre esos órganos establecidos en la constitución.

"Estamos convencidos de que la sensatez prevalecerá y en esa segunda discusión la referida propuesta será negada o modificada"

El presidente, como cabeza del Poder Ejecutivo, podrá, efectivamente: 1) dirigir la acción de gobierno; 2) preparar el proyecto de presupuesto de ingresos y gastos para la aprobación del Poder legislativo y ejecución por el Ejecutivo en cuanto administrador de la Hacienda Pública Nacional (art. 236. 11; 313 y 187.6 y .22); 3) ejercer la potestad reglamentaria (art. 236.10); y 4) nombrar y remover funcionarios (art. 236.16) conforme a un sistema de méritos que respete los principios contenidos en los artículos 141 y 145.

-En su propuesta, dijo que los “excesivos controles” que el Estatuto le otorga a la AN frente al presidente encargado han contribuido “en gran medida” a que aún no se haya logrado el cese de la usurpación. ¿La reforma aprobada por el G4 fortalece o debilita esos controles?

Lógicamente, debería responder que no los fortalece, pero solo porque elimina las funciones sobre las cuales se ejercían esos controles. Si ya no puede nombrar ni remover funcionarios es obvio que ya no tendrá esos controles, pero lo que es aún peor tampoco habrá quien los ejerza sobre la Asamblea.

-¿Podría mencionar un caso en el que estos “excesivos controles” han limitado el accionar de la presidencia encargada?

Creo que el caso Monómeros, en el cual el presidente Guaidó no pudo lograr la reestructuración de la dirección y administración de esa empresa, es un ejemplo emblemático de cómo esos controles actuaron.

-“Nada justifica una presidencia disminuida”, afirmó en el texto de su propuesta. Sin embargo, la reforma aprobada disminuye la facultades de la presidencia encargada. ¿Por qué los partidos del G4 han disminuido deliberadamente la presidencia de Guaidó? ¿Qué buscan?

No me corresponde especular sobre intenciones, solo puedo constatar que la propuesta de reforma aprobada en primera discusión disminuye inconstitucional y subversivamente las funciones del presidente Guaidó.

-En su propuesta, propone crear un adecuado sistema de pesos y contrapesos entre la AN y el Poder Ejecutivo. ¿Cómo se puede crear un sistema de pesos y contrapesos cuando el Poder Ejecutivo no ejerce el poder real ni tiene control sobre el territorio?

La propuesta de la Procuraduría Especial no pretende desconocer la realidad. Somos conscientes de que vivimos tiempos de usurpación que le impiden a la institucionalidad interina ejercer plenamente la función de gobierno.

"Se trata de una propuesta que disminuye sobremanera las funciones del presidente Guaidó".

Sin embargo, tampoco se puede desconocer que la alternativa democrática le ha arrebatado a la dictadura espacios de actuación. Es dentro de esos espacios en donde hay que organizar la acción de la Presidencia Encargada y de la Asamblea Nacional.

-La legitimidad del presidente encargado emana de la Asamblea Nacional. ¿Reducir los controles parlamentarios -como plantea en su propuesta- no atenta contra el principio de rendición de cuentas?

En nuestra propuesta, hemos hablado de eliminar los excesivos “controles autorizatorios”. Para quienes conocen la materia del control es claro que los controles autorizatorios son los controles previos. En ningún caso pretendemos negar el control y mucho menos ese control posterior que es la rendición de cuentas.

-Analistas han interpretado su propuesta como una especie de carta blanca para que la presidencia encargada haga lo que quiera sin rendir cuentas. ¿Qué responde a estos señalamientos?

Creo que la respuesta anterior contesta también a esta pregunta. Nunca hemos planteado la eliminación de la rendición de cuentas. Eliminar controles previos no es eliminar la rendición de cuentas. Alguien como yo, formado en la Contraloría General de la República en los tiempos de la República Civil, dirigida por Contralores de la talla de Luis Pietri, Manuel Vicente Ledezma, José Muci Abraham, Jose Andrés Octavio y Manuel Rafael Rivero, jamás podría plantearlo.

-El diplomático Pedro Burelli publicó un supuesto texto donde la AN propone limitar la actuación de la presidencia encargada a la defensa de los activos en el exterior, supeditado a la Comisión Delegada. En su contenido, este texto coincide en lo aprobado en primera discusión por la AN. De terminar de aprobarse el 30 de diciembre, ¿Qué consecuencias políticas y jurídicas tendrá para el proceso de transición en Venezuela?

Sin duda, políticamente, desconcertaría a la comunidad internacional que ha estado apoyando al presidente Guaidó y debilitaría grandemente a ese apoyo. No sabrían cómo entender que mientras numerosos países mantienen y acrecientan ese apoyo (el Reino Unido, por ejemplo), internamente se le reste soporte al Presidente Guaidó.

"La reforma al Estatuto de la Transición no solo es inconstitucional sino también subversiva"

Jurídicamente, tampoco tengo dudas de que se resentiría la defensa de Venezuela en los juicios que actualmente se llevan a cabo en el exterior, pues disminuir las potestades presidenciales crearía incertidumbre en las firmas de abogados que nos representan en esos juicios acerca del futuro de sus representaciones, todas contratadas con el gobierno interino presidido por Guaidó.

"El caso Monómeros, en el cual el presidente Guaidó no pudo lograr la reestructuración de esa empresa, es un ejemplo emblemático de cómo esos controles actuaron"

Además, alterar el régimen jurídico de los activos en el exterior -pretensión a la que se alude con la fantasiosa propuesta del fideicomiso- podría tener efectos directos en algunos juicios importantes, tal el caso del juicio del oro en Londres en el que está  por discutirse: la validez de las sentencias del TSJ de Maduro que han pretendido anular decisiones de la AN y del presidente que han fijado las facultades del BCV ad hoc y del Procurador Especial.

-Finalmente, ¿qué cree que pasará con esta reforma el 30 de diciembre en la discusión de la plenaria de la AN?

Mis respuestas anteriores han sido proferidas bajo la hipótesis negada de que la propuesta de reforma del Estatuto de la Transición aprobada hoy, 27/12/2021, en primera discusión sea también aprobada en la segunda. Estamos convencidos de que la sensatez prevalecerá y en esa segunda discusión la referida propuesta será negada o modificada para intentar rescatar la constitución desde la constitución.

Tomado de: https://politiks.co/sanchez-falcon-la-reforma-al-estatuto-para-la-transicion-sera-negada-o-modificada/

  

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