Caraota Digital 30 de diciembre de 2021
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La
Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) legítimo notificó formalmente
a Juan Guaidó la sentencia dictada por la Sala Electoral. La misma, ratifica y
ordena su deber de ejercer todas las atribuciones y obligaciones de la
Presidencia (E) y de la Asamblea Nacional, en concordancia del artículo 233 de
la Constitución.
A través de una sesión vía online se dio a conocer la decisión. Al respecto, el presidente TSJ, Antonio Marval, dejó claro la razón de la decisión, mientras no haya elecciones presidenciales y parlamentarias auténticas, libres, verificables, arbitradas por un CNE legítimamente designado, “Juan Guaidó seguirá siendo el Presidente (E). De igual manera, los diputados electos el 6 de diciembre del año 2015, siguen siendo representantes valido en el órgano legislativo venezolano.
Además,
sostuvo que la referida decisión fue tomada por la Sala Electoral y
posteriormente, aprobada por unanimidad por la plenaria integrada por los
Magistrados del órgano judicial. Lo que “ordena mantener a Juan Guaidó frente
al Gobierno Interino y la plena vigencia de la Asamblea Nacional electa en el
año 2015, que profundiza el mandato de hacer cumplir las obligaciones de
presentación de Memoria y Cuenta como lo establece la Carta Magna. Además, se
cumple el principio de separación de poderes, un equilibrio necesario para
evitar una tiranía”.
Marval
aseguró que la Constitución y las leyes han sido “la brújula de todas nuestras
actuaciones y decisiones que están enmarcadas precisamente en instaurar el
Estado de Derecho en Venezuela”.
DETALLES
DE LA SENTENCIA A FAVOR DE GUAIDÓ
Por su
parte, el magistrado Alvaro Marín vicepresidente de la Comisión de la Sala
Electoral del TSJ, leyó la notificación de la decisión por la referida Sala
contenido por el expediente N° SE- 2021-0003. Este, dictó que de conformidad
226 de la Constitución el Presidente de la República es el Jefe de Estado y del
Gobierno que lo ejerce a través de su vicepresidente Ejecutivo y de los
ministros designados por estos, distante del sistema parlamentario que viola el
principio constitucional de separación e incorrecta interpretación del artículo
233.
Instaron
al presidente de la Asamblea Nacional separarse de sus atribuciones como
parlamentarias y asumir la presidencia encargada de la República hasta la
Juramentación y posesión del Presidente constitucional de la República, que sería
a través de elecciones libres y justas por voto universal, directo y secreto.
Los
magistrados exigen la continuidad administrativa de la Junta Directiva de la
Asamblea Nacional electa en el período 2019-2020. Hasta tanto la referida
instancia en sesión plena decida lo conducente en los términos que se refiere
al artículo 194 de la Constitución y el Reglamento de Interior y Debates de la
AN.
De
igual manera, reiteran que debe mantenerse la continuidad constitucional de la
Asamblea Nacional electa en el año 2015, hasta que sean celebradas unas
elecciones auténticas en plena garantía al derecho sufragio consagrado en el
artículo 63 de la Constitución.
En la
sesión especial estuvo presente el presidente (E) y de la Asamblea Nacional
Juan Guaidó quien agradeció la celebración de la reunión del Poder Judicial que
está apegada a la Constitución la cual la calificó de “especial” pues se
realiza en tiempos de dictadura, y aplaudió la labor de los Magistrados, en
aras de la defensa de la República.
Guaidó
enfatizó que la continuidad del Parlamento y del Gobierno Encargado es
constitucional. Al tiempo que afirmó que pidió iniciar una consulta pública a
las facultades jurídicas venezolanas para discutir sobre el proyecto de reforma
del Estatuto de Transición, con el fin de hacer las modificaciones pertinentes
que permita fortalecer y ajustar la Ley.
Relevó
Guaidó que dicho documento fue remitido al TSJ legítimo para que evalúe y emita
opiniones al respecto.
Tomado
de: https://adncaraota.xyz/venezuela/tsj-ratifico-presidencia-e-de-guaido-y-continuidad-de-la-an-de-2015
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