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martes, 29 de abril de 2014

La Resolución 058 y la Consulta Nacional por la Calidad Educativa



Por José Ignacio Hernández G. | 21 de Abril, 2014

0. ¿De nuevo la Resolución 058? Diversas noticias han reflejado las protestas realizadas en contra de la Resolución No. 058, que regula a los Consejos Educativos. No es un tema nuevo: esta resolución fue dictada por el Ministerio del Poder Popular para la Educación en octubre de 2012 y, poco después, explicamos el alcance práctico de esos Consejos en Prodavinci.

¿Por qué vuelve a aparecer el tema en la opinión pública?

Además de ser un tema importante por afectar a la educación básica, la Resolución Nº 058 es noticia nuevamente porque el Ministerio de Educación ha iniciado la llamada “Consulta Nacional por la Calidad Educativa”, cuya finalidad última no es otra que amoldar la educación al modelo socialista, tal como éste es definido en el Plan de la Patria.

1. La reforma de la educación y el currículo nacional bolivariano. La aprobación del llamado Primer Plan Socialista (2007-2012), llevó al Gobierno a proponer una ambiciosa reforma de la educación media a través del llamado Diseño Curricular del Sistema Educativo Venezolano o  Currículo Nacional Bolivariano.

En resumen, la propuesta de reforma pretendía amoldar la educación media al Primer Plan Socialista. Por ello, su propuesta podía resumirse en la siguiente frase: “la Educación Bolivariana se define como un proceso político y socializador”.

Esto no sólo implica que el Estado regulará la educación. En realidad, la propuesta iba más allá: el Estado amoldaría la educación de acuerdo con los fundamentos del modelo socialista, tal y como estaban contenidos en el Plan.

Aun cuando se insistió que se trataba solo de un proyecto, en la práctica, el Currículo Nacional Bolivariano fue implementado. Incluso la organización del Ministerio de Educación se adecuó al nuevo diseño curricular.

El siguiente paso se dio en 2009.

2. La Ley Orgánica de Educación y el Estado docente. Cuando en 2009 fue promulgada la nueva Ley Orgánica de Educación, nuevamente se planteó el debate en torno al rol del Estado en la educación. La Ley, finalmente aprobada, recoge la figura del Estado docente que, como es sabido, fue desarrollada por Luis Beltrán Prieto Figueroa.

Sin embargo, en la Ley, esta figura del Estado docente se asumió desde Estado socialista. Aunque, paradójicamente, la palabra “socialismo” no aparece en la Ley, hay que saber leer entre líneas. Por ejemplo, la expresión “trabajo liberador” que se emplea en la Ley conecta directamente con el modelo socialista.

3. Consejos Educativos y Estado Comunal. El siguiente paso fue crear a los Consejos Educativos, en 2012.  Técnicamente, esos Consejos no son más que la organización jurídica de la comunidad educativa. La Resolución No. 058 fue redactada en términos tan amplios que permite una aplicación aceptable de los Consejos Educativos. Al mismo tiempo, esa Resolución permite reforzar la concepción de la educación al servicio del modelo socialista.

Por ello, también hay que leer entre líneas a la Resolución No. 058. Por ejemplo, en su exposición de motivos, se alude a la estrategia del “Punto y Círculo”. Esa estrategia es uno de los fundamentos del modelo productivo socialista, con lo cual queda en evidencia que la educación, para la Resolución, es un instrumento al servicio de ese modelo.

No está de más recordar que el “Consejo Educativo” es una de las instancias del Poder Popular reguladas en la Ley Orgánica del Poder Popular. De acuerdo a esa Ley, todos los “consejos” deben tener, como única finalidad, promover el socialismo (artículos 5 y 7.1).

4. La Consulta Nacional por la Calidad Educativa. Fue así como, en febrero de este año, se inició la Consulta Nacional por la Calidad Educativa, que formaliza la intención de reformar el contenido curricular de la educación.

Una primera lectura de los materiales que el Ministerio ha editado para adelantar esa Consulta podría arrojar comentarios positivos. Por ejemplo: la Consulta insiste en la necesidad de revisar el proceso educativo en Venezuela, para fortalecer su universalización y mejorar la calidad, creando de esa manera “buenas escuelas”. Un planteamiento que, así formulado, luce bastante razonable.

Sin embargo, nuevamente, tenemos que leer entre líneas.

Al explicar los principios de la Consulta, se sostiene que las líneas orientadoras del currículo se enmarcan en el Plan de la Patria. Alguien probablemente dirá que tal afirmación nada tiene de extraordinario, pues la educación debe ser consistente con el Plan de Desarrollo Económico y Social. El punto es que el Plan de la Patria no es, solamente, un Plan de Desarrollo. Es mucho más.

En efecto, el Plan de la Patria se fundamenta en el modelo socialista como modelo único, exclusivo y excluyente. De hecho, el Plan detalla en qué consiste ese modelo socialista. Por ello, en realidad se parece más a un programa político que a las líneas generales de un plan democrático y plural.

Dentro de los objetivo del Plan de la Patria encontramos “Desarrollar en el Currículo Nacional Bolivariano los contenidos de la educación integral y liberadora con fundamento en los valores y principios de la Patria”. No se refiere el Plan a la palabra “Patria” entendida en su sentido general. Aquí, en realidad, la Patria es, única y exclusivamente, la Patria Socialista.

De allí que el concepto de “calidad” que maneja la Consulta parece definirse en función a la adecuación de la educación a los fines del Plan de la Patria. Es decir: a los fines del Estado socialista.

5. Los 10 temas propuestos para la Consulta Nacional. La Consulta se basa en 10 grandes temas sobre los cuales descansa la propuesta de reforma curricular. Algunos de esos temas no presentan una conexión evidente con el Plan de la Patria, mientras que otros se basan, en realidad, en la proyección de ese Plan sobre la educación.

Sucede así, particularmente, con el décimo tema: “la educación, sociedad y trabajo de lógica de educación permanente”. Allí se explica que la educación debe ser un proceso permanente, pero —obsérvese bien— para la formación del “trabajo productivo, liberador y creativo”, enmarcados en el Plan de Desarrollo Nacional. ¿Es decir? En el Plan de la Patria.

Por ello vuelvo sobre la idea principal que quiero destacar: más allá de las propuestas de reforma en las cuales se basa la Consulta (algunas, incluso, bastante interesantes), su fundamento último es promover la reforma curricular para adecuar la educación al Plan de la Patria o, en otras palabras, al modelo socialista.

Esto, por supuesto, no solamente viola la Constitución. También viola tratados de Derechos Humanos.

6. El derecho preferente de los padres a la educación de los hijos. La propuesta de Consulta parece olvidar que la educación es, en primer término, un derecho de libertad, tanto en el sentido del derecho a ser educado como en el sentido del derecho a educar. En suma: el ciudadano debe ser autónomo a la hora de decidir el tipo de educación que recibirá.

Ello no se opone a que el Estado intervenga en la educación, bien sea prestando ese servicio (por se trata de un “servicio público”) o bien regulando el derecho a educar. Pero la Constitución es muy específica al señalar cuál debe ser el basamento de esa regulación: debe basarse en criterios técnicos y objetivos, en tanto la educación se concibe como “instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico” (artículo 102). Y en ninguna parte la Constitución señala que la educación es un proceso político, socializador, orientado al trabajo libertador ni enmarcado en el socialismo.

La educación de los niños tiene una arista especial. Además de regirse por el marco constitucional —que ya hemos explicado, en apretado resumen—, la educación de los niños se basa en un derecho fundamental: el derecho preferente de los padres a la educación de sus hijos (artículo 26, Declaración Universal de los Derechos Humanos).

Este derecho es desconocido por la Ley Orgánica de Educación y por la propuesta de reforma curricular, ahora contenida en la mencionada Consulta. Así, el noveno tema de la Consulta concibe a la educación como corresponsabilidad de la familia, la comunidad (en la cual se incluyen consejos comunales y obreros, entre otros) y el Ejecutivo Nacional.

Tal propuesta es inconstitucional. La educación de los niños no es corresponsabilidad de varios sujetos. Es, insisto, un derecho preferente de los padres. En otras palabras: quienes tenemos el derecho a educar a mis hijos somos mi esposa y yo. No es, en absoluto, un “derecho compartido” con la comunidad ni con el Ejecutivo. Mucho menos es una educación que sólo puede orientarse a promover el modelo socialista, como éste es definido en el Plan de la Patria.

7. Reinterpretando al Estado docente. La Ley Orgánica de Educación, y en consecuencia la Consulta, se basa en la figura del Estado docente.  Se trata, recordemos, de una idea desarrollada en el siglo pasado por Prieto Figueroa y que fue plenamente asumida en la legislación educativa. De allí, por ejemplo, que los colegios privados deban ser avalados por el Gobierno.

Esta propuesta puede ser criticable, pues pone en riesgo a la concepción de la educación como derecho humano y, en especial, es un riesgo al derecho preferente de los padres a la educación de sus hijos. Sin embargo, la figura que propuso Prieto Figueroa no es el mismo Estado docente al cual se refiere esta Consulta: un Estado que hace del proceso educativo un instrumento al servicio del modelo socialista.

Me limitaré a dar tres argumentos para demostrar cómo la Consulta se aparta de la tesis de Prieto.

Prieto es el primero que, incluso dentro de su concepción estatista, reconoce la vigencia de la educación como libertad (El Estado docente, Biblioteca Ayacucho, 2006, pp. 42 y ss.). En la Consulta, sin embargo, se desdibuja esa libertad: se quiera o no, la educación es socialista.

El segundo argumento, es que Prieto insistió en que la educación se corresponde con la forma del Estado. Permítanme la licencia de transcribir directamente un pasaje de El Estado docente de Prieto para comprobar este argumento:

Depende la orientación de una escuela de la orientación política del Estado. Si el Estado es fascista, la escuela es fascista. Si el Estado es nazista, la escuela es nazista. Si el Estado es falangista, la escuela es falangista. Y si el Estado es democrático, la orientación de la escuela necesariamente tiene que ser democrática (p. 27).

Fíjese bien cómo Prieto diferencia el Estado docente democrático de la educación propia de Estados totalitarios. El Estado docente no es el Estado que dirige la educación aniquilando la libertad e imponiendo una doctrina única, pues eso sería un Estado totalitario, no uno democrático.

El tercer argumento deriva de una afirmación que encontramos en la página 47 del libro de Prieto y que demuestra la tergiversación del Estado docente en la Consulta: en el Estado democrático, como quien manda teóricamente es la totalidad del pueblo que fija las normas generales de dirección del Estado, la educación no puede ser, no debe ser la expresión de la doctrina política de un partido, sino cuando este partido, esta organización comprende a la totalidad, lo que es un imposible.

El Estado docente no puede convertir a la educación en “la expresión de la doctrina política de un partido”. Sin embargo, el punto central de la Consulta es adecuar la educación al Plan de la Patria, cuyo contenido, insisto, es más propio del programa político de un partido que de un Plan Nacional de Desarrollo formulado —como dispone la Constitución— en el marco del pluralismo democrático.

Como se ve, la propuesta de la Consulta Nacional por la Calidad Educativa pretende cambios no sólo trascendentales, sino inconstitucionales e incompatibles con la educación de una sociedad democrática. En especial, se trata de cambios que desconocen el derecho preferente de los padres a la educación de sus hijos.

Y ésa es una razón de sobra para participar activamente en esa Consulta. Dicho todo lo anterior, debo destacar que esta propuesta haya sido sometida a Consulta, a pesar de que en la práctica la reforma curricular haya venido ejecutándose.

No dudo que existe consenso en que la educación venezolana debe reformarse hacia una educación universal y de calidad. Entender ese cambio dentro del marco constitucional y de los derechos humanos aplicables es el reto que tenemos por delante.

Tomado de: http://prodavinci.com/blogs/la-resolucion-058-y-la-consulta-nacional-por-la-calidad-educativa-por-jose-ignacio-hernandez-g/

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