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sábado, 25 de octubre de 2014

El cambio climático y la ley como expresión de compromiso político, por @carome31

Carlos Romero Mendoza 23 de octubre de 2014
@carome31

Dos países latinoamericanos han logrado concretar su compromiso para enfrentar los efectos del Cambio Climático a través de la aprobación de leyes nacionales;  el primero de ellos fue México en el año 2012 cuando aprueba la Ley General de Cambio Climático y el segundo es Guatemala, que en el 2013 aprobó la Ley marco para regular la reducción de la vulnerabilidad, la adaptación obligatoria ante los efectos del cambio climático y la mitigación de gases de efecto invernadero.

El caso de México resulta interesante, pues ha logrado impulsar dos ediciones de lo que han llamado Programa Especial de Cambio Climático, la primera edición, se desarrolló entre 2009-2012[1] y la segunda se ha venido desarrollando este año, con la promesa de presentar resultados concretos para el año 2018[2].

También en México los Estados han impulsado sus propias leyes estadales sobre la materia, un ejemplo de ello es el Estado de Chihuaha[3] y en un futuro cercano, San Luis de Potosí, probablemente contará con su propia ley en materia de Cambio Climático[4].

En estas experiencias, las autoridades locales mexicanas  no han estado aisladas, su participación se ha concretado a través del Programa Especial de Cambio Climático, y desde el propio Gobierno Federal se ha buscado fortalecer esa participación local activa y efectiva a través de la Guía Municipal de Acciones Frente al Cambio Climático[5], publicada en el 2012 por la Secretaria de Desarrollo Social de México.

Todos estos esfuerzos que buscan desarrollar la Ley General de Cambio Climático, se fundamentan, como lo advierte el propio texto legislativo, en las normas constitucionales mexicanas que garantizan la protección del ambiente, el desarrollo sustentable, la preservación y la restauración del equilibrio ecológico.

La Ley mexicana reconoce la corresponsabilidad entre el Estado y los ciudadanos en las acciones para enfrentar el cambio climático y en tal sentido la propia norma busca construir las bases para la concertación con la sociedad.

En este sentido, el texto legal recuerda que los ciudadanos deben participar en las distintas etapas de los planes y programas de mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático; y por ello, ordena que los distintos niveles de gobierno deben facilitar y fomentar la toma de conciencia de la población, garantizando la información suficiente sobre el cambio climático y proporcionándoles acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos pertinentes.

Entre los otros principios que según la Ley deben inspirar las políticas públicas en materia de Cambio Climático, se pueden mencionar: la sustentabilidad en el aprovechamiento o uso de los ecosistemas y los elementos naturales que los integran; la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad en general; la prevención y precaución, cuando haya amenaza de daño grave o irreversible; la integralidad y transversalidad, adoptando un enfoque de coordinación y cooperación entre órdenes de gobierno, así como con los sectores social y privado para asegurar la instrumentación de la política nacional de cambio climático; etc.

En el caso de la Ley sobre el Cambio Climático en Guatemala, el texto legal advierte que su objeto es impulsar las regulaciones necesarias para prevenir, planificar y responder de manera urgente, adecuada, coordinada y sostenida a los impactos del cambio climático en ese país de Centroamérica.

El Estado de Guatemala también reconoce la corresponsabilidad del Estado en todos sus niveles políticos territoriales y de la sociedad a través de sus distintas expresiones, en la tarea de adoptar prácticas orientadas a reducir la vulnerabilidad, mejorar las capacidades de adaptación y desarrollar propuestas de mitigación de los efectos del cambio climático producto de las emisiones de gases de efecto invernadero.

En el texto legal que se comenta de Guatemala, se plantea la necesidad de un Plan de Acción Nacional de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático, que según la ley debe actualizarse conforme a los resultados de las comunicaciones nacionales de cambio climático.

También ese texto legal del país centroamericano, incluyó una norma a través de la cual se exhorta a las instituciones públicas a promover una mayor sensibilización y educación al ciudadano en materia del impacto del cambio climático, buscando con ello promover una mayor participación de la población desde sus distintos roles en acciones concretas orientadas a enfrentar los efectos del Cambio Climático.

Actualmente tanto Costa Rica, como El Salvador están buscando aprobar su respectiva ley nacional como herramienta para concretar su compromiso en acciones para enfrentar el impacto del Cambio Climático.

La ONU a través de su Secretario General pidió mayor voluntad política para lograr en el 2015 un nuevo acuerdo mundial, pero mientras otros países avanzan en la búsqueda de soluciones creativas e incluyentes, en Venezuela, el Plan de la Patria se limita a presentar el problema del Cambio Climático como una consecuencia del “modelo capitalista depredador” y pretende usarlo como excusa para intentar imponer un sello para el mercadeo político llamado Ecosocialismo, profundizando así la división que hoy rompe la armonía y la cohesión social entre los venezolanos.

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[1] Globe International. Programa especial de cambio climático. Recuperado el 20 de octubre de 2014. Online en: http://mexico.globeinternational.org/index.php/2013-08-07-21-45-57/programa-especial-de-cambio-climatico
[2] Diario Oficial de la Federación. Programa Especial de Cambio Climático. 2014-2018. 28 de abril 2014. Recuperado el 20 de octubre de 2014. Online en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5342492&fecha=28/04/2014
[3] Congreso de Chihuahua.  Ley de Cambio Climático del Estado de Chihuahua. 2013.  Recuperado el 20 de octubre 2014. On line en: http://www.congresochihuahua.gob.mx/biblioteca/decretos/archivosDecretos/4132.pdf
[4] Plan Informativo. Proponen Ley de Cambio Climático para San Luis de Potosí. 10 de octubre de 2014. Online en: http://planoinformativo.com/nota/id/352014/noticia/proponen-una-ley-de-cambio-climatico-para-slp.html
[5] Secretaría de Desarrollo Social. Guía Municipal de Acciones Frente al Cambio Climático. México 2012. Recuperado el 21 de octubre de 2014. Online en: http://www.2006-2012.sedesol.gob.mx/work/models/SEDESOL/Resource/1867/1/images/Guia_Cambio_Climatico_26-10-12.pdf

Carlos Romero Mendoza

@carome31

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