Econ. Jesús Alexis González, 06/02/2014
Una reflexión de inicio: 1.- El ideal por una sociedad donde
brille, tanto la equidad socioeconómica como la igualdad de oportunidades
educativas de inicio, no es monopolio
ideológico de partido político alguno; 2.- Basándonos en la obviedad de que
el contexto lo informa todo, se puede afirmar que el Plan de la patria (Pp.) constituye el eje transversal del modelo
político, económico y social que adelanta el Gobierno Nacional (sin basamento
constitucional) a la luz de un Acuerdo de la Asamblea Nacional para que “surta
efecto jurídico y sea de obligatorio cumplimiento en todo el territorio de la
República Bolivariana de Venezuela” (¡sin ser ley!); con un elemento adicional: soslayando la voluntad expresada por el pueblo
en el referéndum de 2007.
Resulta evidente entonces,
que el Pp. no es más que la instrumentación
jurídica de la rechazada reforma constitucional de 2007,
en su afán de materializar un Estado
Comunal (Comuna o nada), plasmando variadas rutas de actuación tal como la centralización del sistema económico en
torno al poder comunal, dentro de un marco de rígido control de las importaciones
donde se favorece al sector público ( y para tal fin crearon recientemente el
Centro Nacional de Comercio Exterior y la Corporación de Comercio Exterior)
teniendo como intención abiertamente expresada de “continuar construyendo el socialismo bolivariano del siglo XXI, como
alternativa al sistema destructivo y salvaje del capitalismo”; a la par de la insensatez
de querer refundar una “ conciencia de
clase entre asalariados y burgueses”. Hacemos un alto reflexivo: ¿los venezolanos deseamos ese u otro tipo
de socialismo? A tenor de tal interrogante, estimamos pertinente reinsertar en nuestras mentes algunas propuestas, que teniendo la intención
de conformar un Estado socialista en Venezuela fueron presentadas en dos
bloques (A Y B) y dos opciones (SI y NO) para reformar 69 artículos de nuestra Constitución (33 presentados por el
Presidente de la República y 36 por la Asamblea Nacional), los cuales fueron rechazados en el referéndum constitucional del
02/12/2007; tal y como mostró un “Segundo Boletín del CNE con el 94% de la
transmisión” (a la fecha no se ha presentado un tercer y definitivo Boletín)
donde en ambos bloques (50,65% del A y 51,01% del B) Venezuela dijo ¡NO! al
establecimiento al establecimiento de un
modelo socialista.
Del total
de artículos presentados y rechazados, nos resulta trascendente mencionar los
siguientes: 16: El territorio nacional
estará integrado por comunas, las cuales a su vez se conformarán en comunidades
que constituirán el núcleo territorial básico e indivisible del Estado
Socialista Venezolano; 18: El Estado
desarrollará una política integral para articular un Sistema Nacional de
Ciudades, donde se incorporará un nuevo poder: el Poder Popular; 70: Como medio de participación y
protagonismo del pueblo para la construcción del socialismo, se incorporan los
Consejos del Poder Popular y los Consejos Comunales; 112: En relación a las actividades económicas, se promocionará el
desarrollo de empresas y unidades económicas comunales, estatales y mixtas con
el sector privado; 115: Establecimiento de cinco formas de propiedad:
pública, social, colectiva, mixta y privada; 136: añadir el Poder Popular como un nuevo Poder Público; 158: Reemplazar la descentralización
como política nacional para dar paso a la participación protagónica del pueblo;
168: Otorgar participación en las
competencias municipales a los Consejos del Poder Popular; 184: Descentralización de los municipios para incorporar los
Consejos Comunales; 225: El cargo de
Vicepresidente se denominará Primer Vicepresidente, y el Presidente tendrá la
facultad de nombrar cuantos Vicepresidentes considere necesarios. (Sea oportuno
señalar que en la G. O. del 20/01/2014 la Presidencia de la República publicó
el nombramiento de ¡107 Viceministros en
29 Ministerios!); 318: Se
elimina la autonomía al Banco Central de Venezuela y se supedita al Poder
Ejecutivo; 321: Las reservas internacionales
serán administradas por el Presidente de la República en coordinación con el
Banco Central de Venezuela; 299: Se modifican los fundamentos del
régimen socioeconómico para basarlos en los principios socialistas,
antiimperialistas y de cooperación.
Resulta
de perogrullo afirmar, que el espíritu y propósito de la casi totalidad de los
artículos antes citados (y otros) ya
fueron incorporados jurídicamente al accionar de la vida nacional (haciendo
eco de lo expresado por el entonces Presidente: “no retiro ni una sola coma de
esta propuesta, esta propuesta sigue viva”) en aras de continuar construyendo
ese “socialismo rechazado”, hasta
procurar alcanzar el Estado Total
Comunal que, entre otros aspectos, resta importancia a las gobernaciones y
municipios en función a la demolición
del Estado Constitucional. En fin, y desde nuestra permanente visión de optimista preocupado, observamos que
aún es posible una ruta de entendimiento
para una mejor Venezuela mediante una vía
bidireccional: (A) El Gobierno
ha de aceptar que la mayoría nacional no
desea un Estado Total Comunal (ni la economía lo soporta), siendo necesario una inflexión ideológica; y (B)
Las oposiciones han de internalizar que a la materia del Estado Comunal debe prestársele importante e inmediata
atención, incluida la obligatoriedad de ofrecer un modelo socioeconómico
concreto que atienda a todos los
venezolanos, con especial énfasis en los estratos menos favorecidos; y en ambos
casos dentro del marco de nuestra
Constitución.
Econ. Jesús Alexis González
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