Páginas

viernes, 7 de febrero de 2014

Venezuela ya dijo ¡NO! al Estado Comunal, @jagp611


Econ. Jesús Alexis González, 06/02/2014

Una reflexión de inicio: 1.- El ideal por una sociedad donde brille, tanto la equidad socioeconómica como la igualdad de oportunidades educativas de inicio, no es monopolio ideológico de partido político alguno; 2.- Basándonos en la obviedad de que el contexto lo informa todo,  se puede afirmar que el Plan de la patria (Pp.) constituye el eje transversal del modelo político, económico y social que adelanta el Gobierno Nacional (sin basamento constitucional) a la luz de un Acuerdo de la Asamblea Nacional para que “surta efecto jurídico y sea de obligatorio cumplimiento en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela” (¡sin ser ley!); con un elemento adicional: soslayando la voluntad expresada por el pueblo en el referéndum de 2007.

Resulta evidente entonces, que el Pp. no es más que la instrumentación jurídica  de la  rechazada reforma constitucional de 2007, en su afán de materializar un Estado Comunal (Comuna o nada), plasmando variadas rutas de actuación tal como la centralización del sistema económico en torno al poder comunal, dentro de un marco de rígido control de las importaciones donde se favorece al sector público ( y para tal fin crearon recientemente el Centro Nacional de Comercio Exterior y la Corporación de Comercio Exterior) teniendo como intención abiertamente expresada de “continuar construyendo el socialismo bolivariano del siglo XXI, como alternativa al sistema destructivo y salvaje del capitalismo”; a la par de la insensatez de querer refundar una “ conciencia de clase entre asalariados y burgueses”. Hacemos un alto reflexivo: ¿los venezolanos deseamos ese u otro tipo de socialismo? A tenor de tal interrogante, estimamos pertinente reinsertar en nuestras mentes  algunas propuestas, que teniendo la intención de conformar un Estado socialista en Venezuela fueron presentadas en dos bloques (A Y B) y dos opciones (SI y NO) para reformar 69 artículos de nuestra Constitución (33 presentados por el Presidente de la República y 36 por la Asamblea Nacional), los cuales fueron rechazados en el referéndum constitucional del 02/12/2007; tal y como mostró un “Segundo Boletín del CNE con el 94% de la transmisión” (a la fecha no se ha presentado un tercer y definitivo Boletín) donde en ambos bloques (50,65% del A y 51,01% del B) Venezuela dijo ¡NO!  al establecimiento  al establecimiento de un modelo socialista.

Del total de artículos presentados y rechazados, nos resulta trascendente mencionar los siguientes: 16: El territorio nacional estará integrado por comunas, las cuales a su vez se conformarán en comunidades que constituirán el núcleo territorial básico e indivisible del Estado Socialista Venezolano; 18: El Estado desarrollará una política integral para articular un Sistema Nacional de Ciudades, donde se incorporará un nuevo poder: el Poder Popular; 70: Como medio de participación y protagonismo del pueblo para la construcción del socialismo, se incorporan los Consejos del Poder Popular y los Consejos Comunales; 112: En relación a las actividades económicas, se promocionará el desarrollo de empresas y unidades económicas comunales, estatales y mixtas con el sector privado; 115:  Establecimiento de cinco formas de propiedad: pública, social, colectiva, mixta y privada; 136: añadir el Poder Popular como un nuevo Poder Público; 158: Reemplazar la descentralización como política nacional para dar paso a la participación protagónica del pueblo; 168: Otorgar participación en las competencias municipales a los Consejos del Poder Popular; 184: Descentralización de los municipios para incorporar los Consejos Comunales; 225: El cargo de Vicepresidente se denominará Primer Vicepresidente, y el Presidente tendrá la facultad de nombrar cuantos Vicepresidentes considere necesarios. (Sea oportuno señalar que en la G. O. del 20/01/2014 la Presidencia de la República publicó el nombramiento de ¡107 Viceministros en 29 Ministerios!); 318: Se elimina la autonomía al Banco Central de Venezuela y se supedita al Poder Ejecutivo; 321: Las reservas internacionales serán administradas por el Presidente de la República en coordinación con el Banco Central de Venezuela;  299: Se modifican los fundamentos del régimen socioeconómico para basarlos en los principios socialistas, antiimperialistas y de cooperación.

Resulta de perogrullo afirmar, que el espíritu y propósito de la casi totalidad de los artículos antes citados (y otros) ya fueron incorporados jurídicamente al accionar de la vida nacional (haciendo eco de lo expresado por el entonces Presidente: “no retiro ni una sola coma de esta propuesta, esta propuesta sigue viva”) en aras de continuar construyendo ese “socialismo rechazado”, hasta procurar alcanzar el Estado Total Comunal que, entre otros aspectos, resta importancia a las gobernaciones y municipios en función a la demolición del Estado Constitucional. En fin, y desde nuestra permanente visión de optimista preocupado, observamos que aún es posible una ruta de entendimiento para una mejor Venezuela mediante una vía bidireccional: (A) El Gobierno ha de aceptar que la mayoría nacional  no desea un Estado Total Comunal (ni la economía lo soporta), siendo necesario una inflexión ideológica;  y (B) Las oposiciones han de internalizar que a la materia del Estado Comunal debe prestársele importante e inmediata atención, incluida la obligatoriedad de ofrecer un modelo socioeconómico concreto que atienda a todos los venezolanos, con especial énfasis en  los estratos menos favorecidos; y en ambos casos dentro del marco de nuestra Constitución.


Econ. Jesús Alexis González

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Para comentar usted debe colocar una dirección de correo electrónico