Héctor Faúndez 22 de diciembre de 2020
La
Corte Internacional de Justicia ha dictado sentencia sobre su jurisdicción para
conocer de la controversia sobre el Esequibo. Por catorce votos contra cuatro,
la Corte ha decidido que es competente para conocer de la demanda interpuesta
por Guyana en contra de Venezuela, pidiendo a la Corte que declare la validez y
efecto vinculante del Laudo de París, del 3 de octubre de 1899. Venezuela
decidió no comparecer en el procedimiento ante la CIJ, aunque, en un
memorándum, hizo saber sus objeciones a la competencia de la misma.
La Corte ha respondido, en forma razonada, a cada una de las objeciones de Venezuela a la competencia de la Corte, y las ha desestimado como carentes de fundamentos. En algunos casos, esa respuesta era previsible; en otros, no ha sido porque a Venezuela no le asistiera la razón, sino porque argumentó esas objeciones de manera deficiente. Había otras razones para sostener que la Corte carecía de competencia; si, desde la Cancillería, se hubiera prestado más atención a este asunto, y si se hubieran esgrimido otros argumentos, con toda certeza, la sentencia de la Corte también los hubiera examinado.
Ahora estamos en una nueva fase del procedimiento ante
la Corte, y Venezuela tendrá que reevaluar su estrategia y pulir sus
argumentos. Ya no sirve insistir en que Venezuela no reconoce la jurisdicción
de la Corte. De acuerdo con un principio bien establecido de Derecho
Internacional, que se hizo explícito desde fines del siglo XVIII por las
Comisiones Mixtas creadas por el Tratado Jay, es al tribunal internacional al
que le corresponde decidir sobre su propia competencia; sobre esto la Corte ya
emitió su veredicto, y no hay nada más que discutir.
Una vez que la Corte ha establecido su competencia
para conocer del caso, tal vez, Venezuela debería reconsiderar su decisión de
no participar en el procedimiento, y debería proceder a designar un juez ad
hoc. Ahora, lo que está en discusión es la nulidad o validez del Laudo, y sería
bueno que los argumentos de Venezuela se hicieran oír en los estrados
judiciales. Pero, cualquiera que sean los pasos a seguir, ellos tendrían que
ser debidamente meditados y compartidos con los distintos sectores nacionales,
incluyendo -por supuesto- a la Asamblea Nacional y a todos los partidos
políticos. Un comunicado oficial de la Cancillería, adoptado en forma soberbia
y apresurada, descartando de plano algunas opciones que deberían
reconsiderarse, y sin haber sido consensuado, no es el camino más acertado.
El Laudo de París no es nulo como consecuencia de lo
que pueda revelar el memorándum de Mallet-Prevost, sino porque,
independientemente de la existencia de ese documento, el laudo fue adoptado por
una instancia más política que judicial, en donde una de las partes en la
controversia estuvo representada y la otra no. El juicio arbitral se
caracterizó por no respetar el debido proceso y la igualdad de las partes,
ocultando pruebas a los abogados de Venezuela, e impidiendo que evidencia
relevante se ventilara en el Tribunal. El laudo estuvo irremediablemente
viciado desde su inicio; al leerlo, salta a la vista su desprecio por las
reglas acordadas por las partes, por el exceso de poder, por decidir sobre
asuntos que no se habían sometido al conocimiento del tribunal, y por una falta
absoluta de motivación de lo decidido. El memorándum de Mallet-Prevost es, a lo
sumo, una prueba adicional de alguna de esas irregularidades. La nulidad de un
laudo así viciado no tenía que ser alegada ni, mucho menos, declarada por un
tribunal. Un laudo de esas características es inexistente, y tiene el mismo
valor que un billete de 34 dólares, emitido por el Banco Central de Ciudad
Caribe, con errores ortográficos y una tinta que se corre, y firmado por
Cristóbal Colón. Ahora, la Corte pide que se le muestre porqué ese billete es
falso.
Siendo éste un asunto de Estado, no es algo que se
pueda manejar con ligereza, dentro de las cuatro paredes de un salón oscuro en
la Cancillería o en el Palacio de Miraflores. Quienes representan al Estado
tienen la responsabilidad de adoptar una estrategia apropiada, que responda a
lo que ahora está planteado ante la Corte y a lo que es el interés nacional,
buscando el consenso de los representantes de los sectores políticos,
académicos, religiosos, sindicatos independientes (si todavía existe alguno), y
las organizaciones empresariales que hacen vida en el país. De lo contrario, un
resultado adverso, que se traduzca en la pérdida definitiva de una porción del
territorio venezolano, será responsabilidad única y exclusivamente de quienes,
de facto, hoy ejercen el poder en Venezuela.
Héctor
Faúndez
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Para comentar usted debe colocar una dirección de correo electrónico