Por Alfredo Infante S.J.
Durante la pandemia de
la “gripe española”, que azotó al mundo y a nuestro país en el siglo XX (1918 y
1919), Venezuela vivía bajo la dictadura de Juan Vicente Gómez, quien pese a su
férreo control sobre la población, permitió que desde un sector clave de la
sociedad civil -como lo era para entonces la novel Academia de Medicina- se
organizara la “Junta de Socorro Nacional”, coordinada desde Caracas y con sede
en algunas regiones del país, para afrontar la enfermedad y la crisis
humanitaria resultado de la misma. Si bien desde las instituciones oficiales se
mantuvo un control informativo y se le restó importancia al virus y su impacto
en la calidad de vida de la población, la sociedad civil y la Iglesia jugaron
un papel protagónico en la respuesta humanitaria de aquel momento.
Para entonces, nuestro
beato José Gregorio Hernández, uno de los fundadores de la Academia,
“Recién llegado de sus
estudios de posgrado en Estados Unidos y España, se integró a la Junta de
Socorro Nacional, conformada por el arzobispo Felipe Rincón González y los
médicos Vicente Lecuna Torres, Santiago Vegas, Antonio Rísquez, entre otros, y
coordinada por el Dr. Luis Razetti, todos miembros de la Academia Nacional de
Medicina. La junta de Socorro tuvo como misión coordinar la respuesta ante la
pandemia y educar a la población…montó una estrategia de Información, Formación
ciudadana, y organizó el sistema de salud para afrontar institucionalmente la pandemia”.
[1]
A propósito de esta
anécdota histórica, hace unos meses leí un tuit de Laureano Márquez, quien con
su lúcido sentido del humor comparaba aquel momento con nuestra actualidad.
Como no tengo a mano el contenido exacto de aquel mensaje, parafraseo lo que
dijo: “en aquel momento fue Luis Razetti, José Gregorio Hernández, la Academia
de Medicina. Hoy son los hermanos Rodríguez y el presidente Maduro los que
coordinan las políticas de salud ante la pandemia del Coronavirus”. Tamaño
contraste que pone en evidencia el desamparo en que se encuentra hoy el pueblo
venezolano.
Este hecho es revelador
de un ejercicio antidemocrático de la política que busca controlar todas las
dimensiones de la vida, rayando en la incompetencia y sacrificando vidas
humanas a contra vía de la Constitución. Así lo plantea el documento Rescatemos
el derecho a vivir en democracia: decálogo para la acción, hoja
de ruta que presentó la UCAB junto a Provea y Espacio Público para orientar a
la ciudadanía en la defensa del Estado de derecho y la recuperación de las
condiciones de vida.
El tercero de sus 10
principios, titulado “Hay oportunidades para la libre formación de la opinión
pública”, subraya lo siguiente, citando nuestra Carta Magna: “Las
organizaciones no gubernamentales, los sindicatos y las distintas modalidades
asociativas del ámbito empresarial, económico, cultural y religioso son
igualmente indispensables para la preservación de la democracia (arts. 52, 59,
95 y 112 CRBV)”. A lo que yo añadiría: para participar corresponsablemente ante
los desafíos informativos, educativos y humanitarios en contextos como los que
vivimos con la pandemia.
Pero no es así. Más que
facilitar la corresponsabilidad y la creación de iniciativas favorables a la
vida, el Gobierno ha impuesto -y volvemos a citar el Decálogo- “prácticas
que dificultan la creación de nuevas asociaciones o que ponen cortapisas a las
actividades y al financiamiento de las ya existentes, en especial de
organizaciones no gubernamentales”. Un ejemplo es la reciente «Providencia
Administrativa No. 001-2021 para el Registro Unificado de Sujetos Obligados
ante la Oficina Nacional Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al
Terrorismo«, publicada en Gaceta
Oficial N° 42.098 del 30 de marzo de 2021,
que obliga a las ONG a declarar ante el Ministerio de Interior y Justicia desde
el origen de sus fondos hasta sus beneficiarios o participantes.
En un comunicado difundido esta semana, más de 600 organizaciones denuncian que esta nueva normativa “coloca a las organizaciones de la sociedad civil bajo sospecha de terrorismo y restringe el acceso al registro para su legalidad». Además, sostienen que la providencia administrativa criminaliza el derecho a organizarse, porque “crea un Registro Unificado de Sujetos Obligados ante la Oficina Nacional Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, adscrita al Ministerio de Interior, Justicia y Paz”. [2]
Las organizaciones
firmantes exigen la derogación de este instrumento, porque subrayan que se
trata de “una normativa sub-legal, que regula asuntos reservados a las Leyes,
con un rango inferior incluso a reglamentos y resoluciones, que establece
procedimientos, requisitos, plazos y certificaciones para las organizaciones de
la sociedad civil, no contemplados en ningún instrumento del ordenamiento jurídico
venezolano y que, por lo tanto, son arbitrarios, intrusivos y ajenos al
supuesto fin que dicen perseguir”. Así lo resumió la ONG Acceso a la
Justicia en su cuenta de Twitter: “Eliminen la Providencia Administrativa
No. 001-2021 que al establecer la posibilidad de ilegalización e inclusive
cárcel, pone en riesgo la acción de las organizaciones que prestan apoyo a los
sectores más vulnerables de la población”.
En esta dirección de
criminalización del derecho humano a la organización, en la Asamblea Nacional
(AN) también avanza la Ley de Cooperación internacional, instrumento que, desde
2007, se pretendió aprobar como parte de la reforma constitucional y la
profundización del socialismo.
Los hechos muestran que
la pandemia, más que abrir al Gobierno a la concertación para una respuesta más
eficiente y eficaz ante la emergencia humanitaria y crear las condiciones y
reducir los daños, ha sido la ocasión para profundizar los mecanismos de
control y restringir el derecho humano y constitucional a organizarse para
hacer el bien y salvar vidas.
Por ello, el Decálogo
hace un llamado urgente a la ciudadanía para luchar por la defensa de la
Constitución y los DD.HH., pidiéndole trabajar para exigir al Estado “ponerle
coto a la obstaculización del trabajo de las organizaciones sociales,
incluyendo el cercenamiento de sus posibilidades de constitución o registro,
funcionamiento y financiamiento», y «respetar la libertad de asociación en
organizaciones comunitarias y brindar respaldo a sus iniciativas suprimiéndose
las prácticas de subordinación política o clientelar”.
Si hay un signo claro
de resurrección es la organización con vocación por la verdad, la belleza y el
bien. En la Pascua, los discípulos postrados por el dolor y la tristeza ante la
muerte de Jesús de Nazaret y paralizados por el miedo al poder que asesinó al
justo inocente, se reencuentran, se organizan y salen dignos, sin temor, a
anunciar la buena noticia, revelada en Jesucristo, el Señor
resucitado. “Como mi Padre me envió, así los envío yo” (Jn 20,21).
*Sacerdote jesuita. Párroco
en «San Alberto Hurtado», La Vega, parte alta. Coordinador del área de DDHH de
la Fundación Centro Gumilla.
Notas:
[1] Tomado del Tema IX,
titulado «JGH Profeta de la Justicia», de la serie “Venezuela camina con JGH”,
producida por la Comisión Nacional por la Beatificación.
[2]
http://espaciopublico.ong/organizaciones-de-la-sociedad-civil-declaran-su-rechazo-rotundo-y-exigen-la-derogacion-de-la-nueva-providencia-de-registro-por-terrorismo-y-otros-delitos-en-venezuela-2/
[3] Te invitamos a leer y
compartir el documento Rescatemos el derecho a vivir en democracia. Decálogo
para la acción, que puedes descargar haciendo clic en el siguiente enlace:
https://elucabista.com/wp-content/uploads/2020/11/Derecho-a-vivir-en-democracia-Decalogo-para-la-accion.pdf
Fuente:
Boletín del Centro
Arquidiocesano Monseñor Arias Blanco. 09 al 15 de abril de 2021. N ° 98.
Disponible en: https://mailchi.mp/193ecf599495/signos-de-los-tiempos-n-99-16-al-22-de-abril-2021
24-04-21
https://www.revistasic.gumilla.org/2021/organizarse-es-un-derecho-no-un-crimen/
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